¿Cuáles son las nuevas exenciones tras el RDL 1/2015?
Departamento Jurídico de SEPIN
Después de 2 años y medio
denunciando la injusticia de las tasas judiciales y el auténtico freno
que ha supuesto en el acceso a la justicia, sobre todo en la apelación o
en ámbitos como el administrativo sancionador, se modifica la Ley
10/2012; desde el 1 de marzo de 2015, las personas físicas están exentas
de abono de la tasa en todas las instancias y ya no tienen que
cumplimentar el modelo 696.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Hola, solo se podra responder a los comentarios o preguntas si nos indicas un email de contacto.