lunes, 24 de noviembre de 2014

León: la custodia monoparental, por el interes de los menores


La Audiencia de León concede a un padre la custodia exclusiva de sus 2 hijos

En 2013 la sentencia estableció como medida provisional que el padre recibiera la custodia frente a la madre por la conducta "negativa para los menores".

La Audiencia ha ratificado la sentencia al constatar que el rendimiento escolar de los menores es mejor desde que viven con su padre. La madre provocó "reiterados incumplimientos del régimen de visitas", lo que "obstaculizó las comunicaciones con los menores y fomentó absentismo escolar ".

ECO /EFE. 23.11.2014

La Audiencia de León ha ratificado la sentencia del juzgado de familia que ordenaba a un padre recuperar en exclusiva la custodia de sus 2 hijos, ya que las condiciones de vida que tenían con su madre les llevaba a un "alto absentismo escolar" y a "reiteradas faltas de indisciplina". El entorno que les ofrece él parece más beneficioso para ellos que el ritmo de vida, ambiente y entorno que les ofrece la madre. La sentencia ha confirmado la resolución judicial de abril al constatar que el rendimiento escolar de los menores desde que viven con su padre ha mejorado, por lo que se "determina que la opción más adecuada" es que mantenga la custodia concedida en 2013. La Audiencia Provincial ha indicado que "no pretenden descalificar" a la progenitora, sino que los intereses de los menores han de "hacerse primar frente a otros aún legítimos de la madre a continuar ostentando la custodia". Según el gabinete jurídico que ha llevado el caso, la sentencia "marca un antes y un después en la disputa legal española sobre la custodia en exclusiva de los hijos", sin necesidad de aplicar "la tesis de custodia compartida". De esta forma, se reconoce que una "actitud inadecuada de la madre" puede causar el cambio de custodia hacia el padre siempre que se produzca "una mayor estabilidad y se encuentre en mejores condiciones para otorgar a los hijos la quietud y el equilibrio que por su edad y circunstancia precisan".  
"Actitud inadecuada de la madre".
La sentencia de 1ª instancia, del año 2013, estableció como medida provisional que el padre recibiera la custodia de los 2 menores frente a la madre, residente en Madrid, cuya "conducta observada" durante el tiempo que sí tuvo la tutela "ha sido negativa para los menores" en varias facetas. Además, se señala que la madre provocó "reiterados incumplimientos del régimen de visitas no sólo del padre, sino también de los abuelos paternos", por lo que se considera que "obstaculizó las comunicaciones con los menores y, además, fomentó un importante absentismo escolar de los niños". La Audiencia Provincial también considera que el progenitor cuenta con "la estructura familiar suficiente para poder complementar aquellos momentos en los que, por sus ocupaciones laborales, él no los pueda atender". De esta forma se ratifica también el auto del Juzgado de Familia en el que indicaba que, "objetivamente, el entorno que les ofrece él es o parece más beneficioso para ellos que el ritmo de vida, ambiente y entorno que les ofrece la madre".

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