Para la adopción de medidas cautelares previas se ha
de ser muy cauto y riguroso puesto que el efecto que pueden lograr es
establecer una posición favorable al solicitante sin justificación
alguna.
Emilio Gude/ 7 octubre, 2014
Hace más o menos 1 año por estas fechas, escribía un artículo sobre la importancia de las formas. En él venía a comentar, haciendo un juego con las maneras sociales, que efectivamente el respeto
por las normas del proceso constituía, no sólo una obligación formal
para el letrado, sino que la inobservancia de las mismas ponía en serio
riesgo el resultado al que aspiramos en el pleito. Viene esta
introducción a cuento, para traer a colación nuevamente un caso que
recientemente he tenido que abordar donde la confusión a la hora de
respetar las normas procesales dieron al traste con las aspiraciones del
contrario, ya la solicitud de una medida cautelar en vez de presentarse
con la demanda se presentó de manera previa, sin atender los requisitos
que esta manera conlleva.
Sabemos que es el art. 730.1 de la ley adjetiva, el que determina
el momento en que deben ser solicitadas las medidas cautelares. No deja lugar a la duda en cuanto a cuando es el momento procesal oportuno: “junto con la demanda principal”.
Es en el apartado 2 del mismo artículo, donde se excepciona la regla general: “podrán
también solicitarse medidas cautelares antes de la demanda si quien en
ese momento las pide alega y acredita razones de urgencia o necesidad.”
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