viernes, 16 de mayo de 2014

Catalunya: El derecho a la tutela judicial efectiva frente a la tasa judicial

Redacción NJ /15/05/2014
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia, de fecha 30 de enero de 2014 (recurso nº 315/2013 y ponente señor López Vázquez), por la que resuelve sobre los efectos procesales del impago de la tasa judicial establecida por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.
En su sentencia, el TSJ Cataluña establece que el derecho de todas las personas a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión, determina la imposibilidad de que el impago total o parcial de cualquier tasa pueda impedir por sí solo el acceso del interesado a aquella tutela a través de la promoción del correspondiente proceso o recurso, o al trámite y resolución de cualesquiera escritos presentados en su seno. Y ello sin perjuicio de que la falta de presentación de la correspondiente autoliquidación, siendo exigible, pudiera ser comunicada, a los efectos procedentes, al organismo administrativo encargado de la gestión de la indicada tasa.
Los hechos
En el caso, un Juzgado de lo Contencioso Administrativo dictó auto archivando el procedimiento por no justificarse el pago de la tasa judicial.
Interpuesto recurso de apelación contra dicha decisión, el TSJ Cataluña lo estima, deja sin efecto el auto de archivo y obliga al Juzgado a admitir el recurso presentado y a continuar su tramitación hasta dictar en él la resolución final que resulte procedente en derecho.
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