TS Sala Primera, de lo Civil, 28-3-2014
La sentencia recurrida
elevó en apelación a 2.500 euros la cuantía de la pensión alimenticia
que la instancia fijó en 1.500 euros mensuales a cargo del padre.
Se
plantea si es correcta la aplicación de la regla de proporcionalidad
del art. 146 CC y señala el Tribunal Supremo que la sentencia motiva
adecuadamente las cantidades que establece como alimentos y explica de
forma clara el cálculo de los mismos, al tiempo que contiene una lista
de gastos a los que acompañan las correspondientes valoraciones.
Conviene destacar 2 puntos importantes:
1.
Acuerda la retroacción de los efectos de la nueva cuantía incrementada
por la Audiencia a la fecha en la que se dictó la sentencia de primera
instancia, en aplicación del art. 148 CC, sin que fuera solicitado por
el apelante.
2. Reitera la jurisprudencia de la Sala Primera, en
relación con el juicio de proporcionalidad del art. 146 CC, que
corresponde a los Tribunales que resuelven las instancias sin que deba
entrar el Tribunal Supremo, salvo que se hubiera vulnerado o no se haya
razonado lógicamente.
La sentencia en la web
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