m. j. pérez-barco / madrid/ 24/06/2013 -
Ahora, este régimen tiene carácter excepcional. Solo se concede en el 12% de las rupturas.
La regulación de la custodia compartida está prácticamente terminada y se revisa en el Ministerio de Justicia tras haber finalizado su trabajo la Comisión General de Codificación,
encargada de redactar el texto del borrador de la reforma del Código
Civil. Según adelantaron a ABC fuentes de Justicia, la custodia
compartida «no estará recogida en una ley como tal sino que será
introducida en varios artículos del Código Civil».
Sin entrar en detalles, las mismas fuentes recordaron que
el ministro Alberto Ruiz-Gallardón ya avanzó, en el Congreso de los
Diputados hace casi 1 año, que la reforma tratará de «eliminar el
carácter excepcional que tiene la custodia compartida y que siempre será
el juez quien tenga la última palabra en beneficio del interés del
menor».
Hoy día los jueces solo conceden este régimen si existe un acuerdo
entre los progenitores. En ocasiones, lo otorgan de forma excepcional,
cuando lo reclama uno de los padres, con el informe favorable del fiscal
y siempre que el juez considere que beneficia al menor. Pero solo el 12,3% de las custodias de hijos menores fueron compartidas en el año 2011.
El 81% se entregaron a la madre y solo el 5% al padre.
Una normativa nacional.
Precisamente, por esas «desigualdades» diversas
asociaciones presentaron esta misma semana una iniciativa legislativa
popular en el Congreso de los Diputados —que ha sido admitida a trámite—
con el fin de conseguir que la custodia compartida sea el régimen prioritario cuando una pareja se rompe, quieran o no los progenitores.
La propuesta pretende que todo el pais siga la misma norma.
Con esta propuesta se quiere, además, poner orden en todo el
territorio nacional donde conviven diferentes normativas en diversas
Comunidades Autónomas que regulan la custodia compartida como norma
general y preferente cuando los padres se separan o divorcian y hay que
decidir con quién se quedan los hijos. Navarra, Aragón y Cataluña son
algunas de esas regiones.
La iniciativa presentada ahora en el Congreso
sigue como ejemplo el modelo de Valencia.
Explícitamente esta propuesta recoge modificar algunos
art. del Código Civil para que el juez, «como regla general,
atribuya a ambos progenitores, de manera compartida, el régimen de
convivencia con los hijos e hijas menores de edad, sin que sea obstáculo
para ello la oposición de uno de los progenitores que pretenda obtener
la custodia individual, o las malas relaciones entre ellos».
Relación con elresto de la familia.
Es decir, a falta de un acuerdo de los padres, quieran o no, los progenitores tendrán que compartir la custodia de los hijos o «la corresponsabilidad»,
como prefiere denominarlo Guadalupe de la Fuente, presidenta de
Asociación de abuelos separados de sus nietos, una de las entidades que
ha impulsado esta iniciativa. «Queremos que se obligue a los padres a
llegar a acuerdos y, si no pueden ellos, que el acuerdo lo ponga un
juez», afirma.
Pero la iniciativa incluye otra novedad: cuando los progenitores rompen su relación deben establecer «un pacto de convivencia familiar».
En él acordarán el régimen de relaciones y contacto con sus hijos; el
destino de la vivienda, del ajuar familiar; la cuantía para satisfacer
los gastos de la prole... Y también deberá contemplar el «régimen
mínimo de relación de los hijos con sus hermanos y hermanas, abuelos y
abuelas, y otros parientes y personas allegadas, sin perjuicio del
derechp de éstos a ejercer tal relación». Por tanto, también
proponen que los padres pacten cómo será el contacto y las relaciones
que los niños tengan con las familias paterna y materna.
A esta iniciativa aún le falta recorrido. Por el momento, tiene 6 meses para recoger las 500.000 firmas necesarias para que sea discutida en el Congreso.
Han pasado los 6 meses ¿Que ha pasado con la iniciativa?............
Otra más al cubo de los recuerdo.
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