La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la
sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a una mujer a 1 año de
prisión y 12 meses de multa con una cuota diaria de 20 euros por
deshacerse de sus bienes con el fin de no pagar la pensión por alimentos
que debía abonar a sus hijos.
La sentencia señala que el juez de lo Penal declaró probado
que la acusada tenía la obligación de abonar a su marido, que había
asumido la custodia de los hijos, la cantidad de 1.500 euros mensuales.
Posteriormente, la Audiencia Provincial confirmó la
obligación de efectuar esos pagos mensuales por alimentos, mientras que
impuso al exesposo la obligación de abonar a la que había sido su mujer
una indemnización de 650.000 euros, cantidad que luego fue rebajada a
630.000 euros por acuerdo de las partes.
El exmarido procedió, mediante transferencias bancarias, a la entrega de esta suma.
La demandada fue condenado por un Juzgado de lo Penal de
Murcia como autora de un delito de abandono de familia, por el impago de
las pensiones, a 6 meses de prisión y a que pagara al exmarido la
cantidad de 13.341 euros.
Señala la Sala que como además de ese dinero también tenía
otras deudas, "con el fin de impedir que pudieran hacerse efectivos los
derechos de contenido económico, retiró de las cuentas bancarias los
630.000 euros recibidos, sustrayéndolos a cualquier posibilidad de traba
por parte de los acreedores".
La sentencia, confirmada ahora por la Audiencia Provincial
de Murcia, la condenó como autora de un delito de insolvencia punible a
la pena de cárcel y a la multa.
Igualmente, su nueva pareja sentimental, que también fue
juzgado por estos hechos, fue condenado, como cómplice, a 6 meses de
prisión y multa de 6 meses, con una cuota diaria de 20 euros.
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