viernes, 22 de febrero de 2013

El Defensor del Pueblo no recurre la Ley de Tasas Judiciales

 

  Estimado Sr./Sra.:

En relación con el escrito que presentó en esta Institución relativo a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre,
por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional
de Toxicología y Ciencias Forenses (Boletín Oficial del Estado de 21 de noviembre), le comunico que con fecha
12 de febrero de 2013 formulé al Ministro de Justicia varias recomendaciones orientadas a una reducción
sustancial de la cuantía de las tasas judiciales y a la supresión de algunas de ellas.

El día 20 de febrero de 2013 se recibió la respuesta del Sr. Ministro de Justicia.

A la vista de la misma, y teniendo en cuenta el firme compromiso de una modificación inmediata de la Ley de Tasas
Judiciales en el sentido recomendado, he decidido, oído el parecer unánime de la Junta de Coordinación y Régimen
Interior en su reunión del día 20 de febrero de 2013, no ejercer la legitimación activa ante el Tribunal Constitucional.

Le adjunto el texto de la resolución que he adoptado al respecto.
Puede concluirse que los resultados de la mediación y las recomendaciones efectuadas por la Institución
darán como fruto una importante reforma normativa del Sistema de Tasas Judiciales.

Le saluda muy atentamente,






Soledad Becerril, Defensora del Pueblo


 
 
 
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