- La sentencia ve necesario la protección hasta en los "más mínimos ataques"
- La mujer no precisó tratamiento para su recuperación
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería ha condenado a un hombre, J.L.G.H., a la pena de 60 días de trabajos en beneficio a la comunidad por darle un tirón de pelo en la vía pública a su pareja sentimental.
En la sentencia del magistrado Luis Miguel Columna se detalla como probado que la relación del procesado con su pareja se fue "deteriorando" hasta llegar al momento de la agresión, y subraya la necesidad de proteger a las víctimas de la violencia de género hasta en los "más mínimos ataques".
La agresión se produjo a las 19 horas del 1 de agosto de 2011, cuando ambos se encontraban a las puertas del Centro Municipal de Acogida de Almería, y provocó en la mujer lesiones que no precisaron tratamiento para su recuperación.
El magistrado expone en su sentencia que la Ley de Violencia de Género "viene a proteger de forma extrema a los más débiles y desprotegidos de la familia", así como que esta protección "debe entenderse que se hace hasta los más mínimos ataques".
De esta forma, el hombre ha sido condenado como autor de un delito de malos tratos a 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad y al pago de las costas procesales.
Además, se le ha impuesto la prohibición de comunicarse o acercarse con la víctima a menos de 300 metros durante 3 años, y a tener o portar armas durante dicho periodo de tiempo.
En la sentencia del magistrado Luis Miguel Columna se detalla como probado que la relación del procesado con su pareja se fue "deteriorando" hasta llegar al momento de la agresión, y subraya la necesidad de proteger a las víctimas de la violencia de género hasta en los "más mínimos ataques".
La agresión se produjo a las 19 horas del 1 de agosto de 2011, cuando ambos se encontraban a las puertas del Centro Municipal de Acogida de Almería, y provocó en la mujer lesiones que no precisaron tratamiento para su recuperación.
El magistrado expone en su sentencia que la Ley de Violencia de Género "viene a proteger de forma extrema a los más débiles y desprotegidos de la familia", así como que esta protección "debe entenderse que se hace hasta los más mínimos ataques".
De esta forma, el hombre ha sido condenado como autor de un delito de malos tratos a 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad y al pago de las costas procesales.
Además, se le ha impuesto la prohibición de comunicarse o acercarse con la víctima a menos de 300 metros durante 3 años, y a tener o portar armas durante dicho periodo de tiempo.
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