El Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a multas de entre 2.520 y
14.040 euros a la juez titular, a la juez sustituta y a la secretaria
del juzgado de Paz de Canet d'En Berenguer (Valencia) entre 2007 y 2011
como responsables de diversos delitos de falsedad en documento público,
al hacer constar en las actas matrimoniales la fecha de celebración del
banquete nupcial y no la de su autorización y celebración en el
registro civil.
ICOAM, VALENCIA, 24 (EUROPA PRESS)
Según una sentencia del tribunal, de
fecha 23 de mayo de 2012, las actuaciones se iniciaron para esclarecer
la posible irregularidad en la celebración de matrimonios civiles por
parte de quienes desempeñaban los cargos de juez de paz y secretario del
juzgado de Paz de la localidad, que en su comparecencia ante la
autoridad judicial reconocieron los hechos que se les atribuían.
Tanto el ministerio fiscal como las
defensas acordaron presentar un escrito conjunto de calificación de
conformidad, que declara como hechos probados que las 3 acusadas, que
ejercieron los cargos señalados entre 2007 y 2011, intervinieron
autorizando y firmando las actas acreditativas de un total de 39
matrimonios en los que hicieron constar como fecha la de la celebración
del "paripé del banquete nupcial", en vez del día y la hora en la que se
celebró éste realmente en la sede del registro civil.
Así, señala que éstas, además de
proceder a la autorización y celebración del matrimonio en la sede del
registro civil, acudieron posteriormente "a representar ficticiamente y a
modo de paripé un simulacro de boda civil en los respectivos
restaurantes en donde se celebraba el banquete", por lo que cobraban
gastos de desplazamiento "en cantidades comprendidas entre los 200 y 300
euros", un extremo que se ha puesto en conocimiento de la Sala de
Gobierno del TSJ para los posibles efectos disciplinarios que convengan,
"al tratarse de actos que no son propios del oficio y cargo que
desempeñaban".
La sentencia considera que las
procesadas "omitiendo e infringiendo el deber de cuidado propio de los
cargos que desempeñaban" hacían constar la fecha de celebración "del
paripé", un comportamiento que a pesar de no ser técnicos en derecho,
"pudieron evitar con un actuar cauteloso que les separase de la errónea
creencia de la inoperancia de la disfunción entre la fecha que se hacía
constar y la real, aunque ésta fuera la del banquete y generalmente la
recordada por los contrayentes".
De este modo, los datos que se hacían
constar en las actas de inscripción de cada matrimonio no coincidían
con los de celebración en el registro civil. De hecho, señala que en
todos los matrimonios se hacen constar como fecha de celebración
"sábados tarde e, inclusive, días festivos de ámbito autonómico como el 9
de Octubre, cuando es evidente que el juzgado estaba cerrado".
MULTAS Y SUSPENSIÓN DE CARGO PÚBLICO
Por ello, el TSJCV --que ha asumido
el caso dada la condición de aforadas de la juez titular y juez
sustituta-- condena a la titular del juzgado de Paz de Canet a una pena
de multa de 11.520 euros y suspensión de cargo público durante 128 meses
por un total de 32 delitos de falsedad en documento público.
Asimismo, la juez sustituta ha sido
condenada a una multa de 2.520 euros y suspensión de cargo público
durante 28 meses por 7 delitos de falsedad en documento público.
Por su
parte, la secretaria del juzgado ha sido condenada por 39 delitos de
falsedad en documento público a una pena de 14.040 euros y la suspensión
de cargo público durante 156 meses.
Las costas procesales deberán ser
asumidas a partes iguales por las 3 condenadas.
Contra la sentencia
cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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