http://www.que.es/madrid/201105261958-cada-renuncias-vivienda-protegida-madrid-cont.html?anker_1
Cada vez hay más renuncias a vivienda protegida en Madrid por falta de dinero.
Según la EMV de Madrid, se han incrementado las renuncias en un 8%.
David García, 26 de mayo de 2011.Madrid.
Hace unos años, que a uno le tocase una vivienda de la EMV o del IVIMA era como si te tocara la lotería, pero últimamente cada vez a más madrileños les supone un quebradero de cabeza debido a la crisis.
Según los datos del Ayuntamiento de Madrid, en la convocatoria de vivienda vigente se han ofrecido 894 pisos en venta y el incremento de renuncias respecto a la media de las últimas 5 convocatorias es del 8%.
La causa, según el Consistorio, son las dificultades de los adjudicatarios para poder acceder a los préstamos cualificados del Plan Estatal de la Vivienda que financia estas actuaciones.
Mientras, en el IVIMA (pisos en alquiler que dependen de la Comunidad de Madrid) las renuncias se sitúan entre el 5 y el 10%.
Ambas administraciones, eso sí, ofrecen medidas de ayuda para las familias adjudicatarias más desfavorecidas.
De hecho, en los 2 últimos años, el IVIMA autorizó 5.200 solicitudes de rebaja de la renta de alquiler.
El precio medio de una vivienda en alquiler del IVIMA (gestiona 23.000 en total) es de unos 250 euros al mes.
Sin embargo, para una familia con un mínimo de 5 hijos y unos ingresos anuales de 5.950 euros o menos, ese alquiler se quedaría en sólo 41 euros.
CAMBIOS EN LA NORMATIVA VIGENTE
El Ayuntamiento de Madrid se está planteando modificar el sistema de renuncia a los pisos de la EMV.
Así, los solicitantes que no puedan adquirir la vivienda por no poder acceder a los préstamos cualificados para su financiación, y acrediten esta circunstancia, no serán eliminados del registro de solicitantes y podrán seguir optando en el futuro a una vivienda protegida. Actualmente, renunciar a un piso de la EMV supone la baja de la lista de solicitantes.
Según indica el Consistorio, este cambio se incluirá en las próximas modificaciones del Reglamento de Adjudicación de Viviendas, pero no precisa exactamente cuándo.
En la próxima convocatoria de vivienda de la EMV, el Ayuntamiento incluirá por primera vez en el Plan Primera Vivienda el programa de Régimen Especial.
Antes, esta modalidad sólo era accesible a través de los servicios sociales, pero la crisis y el paro han hecho que el Consistorio madrileño adapte su oferta a esta situación.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
viernes, 27 de mayo de 2011
Los Juzgados de Violencia han contribuido poco a mejorar la atención a mujeres
http://www.diariovasco.com/v/20110527/al-dia-sociedad/juzgados-violencia-contribuido-poco-20110527.html
«Los Juzgados de Violencia han contribuido poco a mejorar la atención a mujeres en riesgo».
La magistrada María Sanahuja inaugura un congreso en San Sebastián.
En opinión de la jueza, la custodia compartida de los hijos debe ser un modelo preferente.
27.05.11 - 02:37 - JAVIER PEÑALBA. SAN SEBASTIÁN.
«Lo importante es mantener a los menores lejos del conflicto. Lo que les destroza es hacerles partícipes de él permanentemente, plantearles contínuamente problemas de lealtades o amputarles su relación con una parte de la familia», manifestó ayer María Sanahuja, magistrada de la Audiencia de Barcelona, durante la conferencia inaugural del Iº Congreso Internacional sobre Divorcio y Separación que se celebra en el campus de Gipuzkoa de la UPV, en la que, además, críticó los Juzgados de Violencia contra la Mujer.
Sanahuja rehusó toda entrevista con los medios de comunicación, en tanto el Consejo General de Poder Judicial no se pronuncie sobre los expedientes que tiene abiertos por sus declaraciones que no dejan indiferente a nadie.
En 2005, la juez fue denunciada ante el CGPJ por 34 asociaciones de mujeres, que pedían que fuera apartada «de todo procedimiento judicial establecido en litigios concernientes al Derecho de familia y matrimonio», por sus manifestaciones sobre las denuncias falsas detectadas en supuestos casos de maltrato. Esta queja fue archivada.
María Sanahuja analizó la problemática de la custodia compartida y señaló que su experiencia profesional y personal le llevaron hace años al convencimiento de que el régimen de convivencia compartida, el ejercicio de la responsabilidad parental conjunta debe ser preferente».
Añadió asimismo que «los hijos deben seguir teniendo madre y padre, y familias materna y paterna, tras el cese del proyecto de vida en común de sus progenitores».
Sanahuja definió la custodia compartida como «el modo de relación que se establece tras la ruptura de una pareja con hijos, por voluntad de los progenitores, o determinada por la autoridad judicial en caso de que éstos no llegasen a un acuerdo, cuando ambos manifiestan su interés en seguir al cuidado de sus hijos».
Jurisdicción especializada
La magistrada cree «imprescindible» la creación de una jurisdicción especializada:
1.- de intervención rápida,
2.- con estabilidad de personal y
3.- que cuente con equipos psicosociales y puntos de encuentro, «de los que no se abuse, pues a ellos no les corresponde ni juzgar ni hacer ejecutar lo juzgado, sino sólo colaborar activamente con los tribunales, y estar en permanente contacto informático con éstos».
María Sanahuja precisó que esta es una demanda no atendida, «por que se ha preferido realizar grandes inversiones en otro tipo de juzgados, los de Violencia contra la Mujer, que son juzgados penales de familia, que corresponden a otra concepción de las relaciones entre sexos y familiares».
La jueza no escatimó críticas a estos órganos jurisdiccionales.
Aseguró que se crearon «con nula planificación» y precisó que, además, generaron un «considerable caos en la organización judicial», toda vez que el modelo se inició con 14 juzgados exclusivos cuando en pocos años se tuvo que aumentar a más de un centenar, lo que, a su juicio, «ha incrementado en muchos casos la conflictividad y el sufrimiento que ya de por sí conlleva toda ruptura de la pareja, empeorando el trato hacia los menores que tienen la mala suerte de tener uno o los dos progenitores que anteponen sus propios intereses a los de sus hijos».
Denuncias por hechos nimios
Sin embargo, «lo peor», en opinión de María Sanahuja, es que los juzgados de Violencia «poco han contribuido a mejorar la atención a muchas mujeres en situación de riesgo grave por la violencia extrema a que las someten sus parejas, que mueren o son gravemente lesionadas sin que se hayan atrevido a denunciar».
Afirma que «una denuncia sólo las puede colocar en una situación de riesgo mayor, ya que las solemos despachar con un papelito, con una orden de alejamiento en los escasos minutos que son atendidas por el caos que provoca la llegada de miles de denuncias por hechos nimios».
«Y mientras tanto, añade la magistrado, abandonamos a miles de menores y a sus madres, que tienen que ocuparse en solitario de sus hijos, pues muchos padres no cumplen sus obligaciones, toda vez que resulta costoso y difícil exigírselas ante un servicio público, el de la justicia de España, mal organizado y carente de los medios y la coordinación necesaria. La conclusión es que teníamos algunos problemas y ahora tenemos más».
María Sanahuja manifestó que, en su opinión, las reformas del Código Penal realizadas entre 2003 y 2004 han ampliado de tal manera el tipo penal que actualmente «todo puede ser un delito de ámbito familiar. Causar menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código o golpear o maltratar de obra sin causar lesión, o una amenaza o coacción leve, como coger de manera brusca de las manos a la pareja o decirle 'te vas a enterar' ha conducido a miles de hombres al calabozo y a prisión».
«Los Juzgados de Violencia han contribuido poco a mejorar la atención a mujeres en riesgo».
La magistrada María Sanahuja inaugura un congreso en San Sebastián.
En opinión de la jueza, la custodia compartida de los hijos debe ser un modelo preferente.
27.05.11 - 02:37 - JAVIER PEÑALBA. SAN SEBASTIÁN.
«Lo importante es mantener a los menores lejos del conflicto. Lo que les destroza es hacerles partícipes de él permanentemente, plantearles contínuamente problemas de lealtades o amputarles su relación con una parte de la familia», manifestó ayer María Sanahuja, magistrada de la Audiencia de Barcelona, durante la conferencia inaugural del Iº Congreso Internacional sobre Divorcio y Separación que se celebra en el campus de Gipuzkoa de la UPV, en la que, además, críticó los Juzgados de Violencia contra la Mujer.
Sanahuja rehusó toda entrevista con los medios de comunicación, en tanto el Consejo General de Poder Judicial no se pronuncie sobre los expedientes que tiene abiertos por sus declaraciones que no dejan indiferente a nadie.
En 2005, la juez fue denunciada ante el CGPJ por 34 asociaciones de mujeres, que pedían que fuera apartada «de todo procedimiento judicial establecido en litigios concernientes al Derecho de familia y matrimonio», por sus manifestaciones sobre las denuncias falsas detectadas en supuestos casos de maltrato. Esta queja fue archivada.
María Sanahuja analizó la problemática de la custodia compartida y señaló que su experiencia profesional y personal le llevaron hace años al convencimiento de que el régimen de convivencia compartida, el ejercicio de la responsabilidad parental conjunta debe ser preferente».
Añadió asimismo que «los hijos deben seguir teniendo madre y padre, y familias materna y paterna, tras el cese del proyecto de vida en común de sus progenitores».
Sanahuja definió la custodia compartida como «el modo de relación que se establece tras la ruptura de una pareja con hijos, por voluntad de los progenitores, o determinada por la autoridad judicial en caso de que éstos no llegasen a un acuerdo, cuando ambos manifiestan su interés en seguir al cuidado de sus hijos».
Jurisdicción especializada
La magistrada cree «imprescindible» la creación de una jurisdicción especializada:
1.- de intervención rápida,
2.- con estabilidad de personal y
3.- que cuente con equipos psicosociales y puntos de encuentro, «de los que no se abuse, pues a ellos no les corresponde ni juzgar ni hacer ejecutar lo juzgado, sino sólo colaborar activamente con los tribunales, y estar en permanente contacto informático con éstos».
María Sanahuja precisó que esta es una demanda no atendida, «por que se ha preferido realizar grandes inversiones en otro tipo de juzgados, los de Violencia contra la Mujer, que son juzgados penales de familia, que corresponden a otra concepción de las relaciones entre sexos y familiares».
La jueza no escatimó críticas a estos órganos jurisdiccionales.
Aseguró que se crearon «con nula planificación» y precisó que, además, generaron un «considerable caos en la organización judicial», toda vez que el modelo se inició con 14 juzgados exclusivos cuando en pocos años se tuvo que aumentar a más de un centenar, lo que, a su juicio, «ha incrementado en muchos casos la conflictividad y el sufrimiento que ya de por sí conlleva toda ruptura de la pareja, empeorando el trato hacia los menores que tienen la mala suerte de tener uno o los dos progenitores que anteponen sus propios intereses a los de sus hijos».
Denuncias por hechos nimios
Sin embargo, «lo peor», en opinión de María Sanahuja, es que los juzgados de Violencia «poco han contribuido a mejorar la atención a muchas mujeres en situación de riesgo grave por la violencia extrema a que las someten sus parejas, que mueren o son gravemente lesionadas sin que se hayan atrevido a denunciar».
Afirma que «una denuncia sólo las puede colocar en una situación de riesgo mayor, ya que las solemos despachar con un papelito, con una orden de alejamiento en los escasos minutos que son atendidas por el caos que provoca la llegada de miles de denuncias por hechos nimios».
«Y mientras tanto, añade la magistrado, abandonamos a miles de menores y a sus madres, que tienen que ocuparse en solitario de sus hijos, pues muchos padres no cumplen sus obligaciones, toda vez que resulta costoso y difícil exigírselas ante un servicio público, el de la justicia de España, mal organizado y carente de los medios y la coordinación necesaria. La conclusión es que teníamos algunos problemas y ahora tenemos más».
María Sanahuja manifestó que, en su opinión, las reformas del Código Penal realizadas entre 2003 y 2004 han ampliado de tal manera el tipo penal que actualmente «todo puede ser un delito de ámbito familiar. Causar menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código o golpear o maltratar de obra sin causar lesión, o una amenaza o coacción leve, como coger de manera brusca de las manos a la pareja o decirle 'te vas a enterar' ha conducido a miles de hombres al calabozo y a prisión».
El fiscal jefe impulsará la custodia compartida en Euskadi
http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20110527/pvasco-espana/fiscal-jefe-impulsara-custodia-20110527.html
El fiscal jefe impulsará la custodia compartida en Euskadi.
También apuesta por la mediación para que «la sociedad sea capaz de resolver los conflictos» sin acudir a los juzgados.
27.05.11 - E. C. BILBAO.
Las rupturas de parejas con hijos son más traumáticas cuando no hay acuerdo entre las partes a la hora de determinar quién se quedará con los menores.
Desde hace años, asociaciones e instituciones apuestan por el fomento de la custodia compartida, una fórmula que solo se aplica actualmente en el 8,6% de los procesos de separación.
Este mismo año, el Parlamento vasco aprobó una proposición no de ley en la que da su apoyo a esta figura, e incluso ayuntamientos y diputaciones se alinean en el mismo sentido.
Ayer fue el fiscal superior del País Vasco, Juan Calparsoro, quien se comprometió con esta fórmula.
«En lo que está en mi mano vamos a impulsar este tema, que yo creo que tiene mucha importancia», señaló.
Eso sí, siembre dentro «de los límites que establece el Código Civil».
Calparsoro se pronunció en este sentido durante la presentación del informe anual del Ararteko en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, donde también mostró su interés por impulsar la mediación.
A su juicio, hay que «desjudicializar en la medida de los posible los asuntos, porque cuanto menos se recurra a los juzgados, mejor».
Aunque el fiscal admite que los tribunales «tienen que existir, hay que impulsar la justicia restaurativa en todos los campos, especialmente en el penal».
De ese modo, se evitará recurrir con tanta frecuencia a los juzgados «en la medida en que la sociedad sea más capaz de resolver, mediante otras instancias menos costosas y más conciliadoras, los conflictos que puedan producirse», argumentó.
Evitar las torturas
En otra vertiente, el fiscal mostró su «preocupación» por la vulneración de los derechos fundamentales de las personas detenidas y por la indefensión que genera la incomunicación. De hecho, valoró las recomendaciones realizadas por el Ararteko, Iñigo Lamarca, para mejorar el sistema de garantías en la detención incomunicada.
Lamarka propuso:
1.- la grabación en vídeo de los vehículos policiales en los que se traslade a un detenido incomunicado,
2.- la presencia de un abogado de oficio desde el inicio del arresto y
3.- protocolos para los exámenes forenses, entre otras medidas, para erradicar la práctica de la tortura.
Aunque se trata de situaciones «excepcionales», dijo Calparsoro, «hay que estar vigilantes» para evitar maltratos como los que sufrieron los etarras que volaron la T-4, Igor Portu y Mattin Sarasola.
El fiscal jefe impulsará la custodia compartida en Euskadi.
También apuesta por la mediación para que «la sociedad sea capaz de resolver los conflictos» sin acudir a los juzgados.
27.05.11 - E. C. BILBAO.
Las rupturas de parejas con hijos son más traumáticas cuando no hay acuerdo entre las partes a la hora de determinar quién se quedará con los menores.
Desde hace años, asociaciones e instituciones apuestan por el fomento de la custodia compartida, una fórmula que solo se aplica actualmente en el 8,6% de los procesos de separación.
Este mismo año, el Parlamento vasco aprobó una proposición no de ley en la que da su apoyo a esta figura, e incluso ayuntamientos y diputaciones se alinean en el mismo sentido.
Ayer fue el fiscal superior del País Vasco, Juan Calparsoro, quien se comprometió con esta fórmula.
«En lo que está en mi mano vamos a impulsar este tema, que yo creo que tiene mucha importancia», señaló.
Eso sí, siembre dentro «de los límites que establece el Código Civil».
Calparsoro se pronunció en este sentido durante la presentación del informe anual del Ararteko en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, donde también mostró su interés por impulsar la mediación.
A su juicio, hay que «desjudicializar en la medida de los posible los asuntos, porque cuanto menos se recurra a los juzgados, mejor».
Aunque el fiscal admite que los tribunales «tienen que existir, hay que impulsar la justicia restaurativa en todos los campos, especialmente en el penal».
De ese modo, se evitará recurrir con tanta frecuencia a los juzgados «en la medida en que la sociedad sea más capaz de resolver, mediante otras instancias menos costosas y más conciliadoras, los conflictos que puedan producirse», argumentó.
Evitar las torturas
En otra vertiente, el fiscal mostró su «preocupación» por la vulneración de los derechos fundamentales de las personas detenidas y por la indefensión que genera la incomunicación. De hecho, valoró las recomendaciones realizadas por el Ararteko, Iñigo Lamarca, para mejorar el sistema de garantías en la detención incomunicada.
Lamarka propuso:
1.- la grabación en vídeo de los vehículos policiales en los que se traslade a un detenido incomunicado,
2.- la presencia de un abogado de oficio desde el inicio del arresto y
3.- protocolos para los exámenes forenses, entre otras medidas, para erradicar la práctica de la tortura.
Aunque se trata de situaciones «excepcionales», dijo Calparsoro, «hay que estar vigilantes» para evitar maltratos como los que sufrieron los etarras que volaron la T-4, Igor Portu y Mattin Sarasola.
El Supremo considera justificado el derecho de visita a una pareja de lesbianas
http://www.elpais.com/articulo/espana/Supremo/considera/justificado/derecho/visita/ex/companera/madre/biologica/elpepuesp/20110525elpepunac_15/Tes
El Supremo considera justificado el derecho de visita a la ex compañera de la madre biológica.
La base de la decisión está en el "derecho efectivo que tiene el menor a relacionarse con aquellas personas con las que le une una relación afectiva"
JULIO M. LÁZARO - Madrid - 25/05/2011
El Tribunal Supremo (TS) considera que un menor concebido por inseminación artificial tiene derecho a relacionarse con la ex compañera de su madre biológica, por lo cual ha mantenido el régimen de visitas impuesto por el juzgado.
La sentencia parte de la concepción del sistema familiar como plural en el sentido de que la base de la decisión no está en un hipotético derecho de visitas de la ex compañera de la madre biológica sino en el "derecho efectivo que tiene el menor a relacionarse con aquellas personas con las que le une una relación afectiva".
Isabel y Ana mantuvieron una relación de pareja de forma pública durante 10 años, sin contraer matrimonio.
En 2003, Ana dio a luz a un niño mediante la técnica de fecundación asistida, con material genético de un donante anónimo.
Pero la relación de pareja se rompió al producirse malos tratos.
El juzgado impuso a ambas la obligación de no aproximarse a una distancia de 150 metros, ni comunicarse durante 6 meses, y atribuyó la guarda y custodia a la madre biológica, con derecho de visitas a la conviviente.
Tras la ruptura, Isabel, que era la que ejercía el rol de madre, pidió un régimen amplio de visitas que le fue concedido por el juzgado.
La madre biológica apeló pidiendo que no se reconociera ningún derecho de visitas, o se la se la considerara como un allegado como consecuencia de la extinción de la pareja y se le concediera el derecho a visitar al niño 1 tarde al mes, durante 4 horas. Sin embargo, la Audiencia confirmó el régimen amplio de visitas.
Tanto el juzgado como la Audiencia fallaron a favor de la compañera de la madre biológica aplican do el art. 158 del Código Civil, imponiendo el régimen de visitas en atención a la protección del interés del menor.
El Tribunal Supremo, sin embargo, explica en su sentencia que la norma aplicable es el art. 160.2 del Código Civil que establece que "no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados" y no la normativa relativa al "derecho de visitas", que debe aplicarse solamente en las relaciones entre los progenitores y sus hijos.
Por tanto, el Supremo no acepta la argumentación de la sentencia recurrida, basada en el régimen del derecho de visitas, y considera que para identificar el derecho del menor en casos como el presente resulta más adecuado utilizar la expresión "relaciones personales" del artículo 160.2, que es el aplicable.
Sin embargo, mantiene el fallo de la sentencia recurrida y en definitiva, el régimen de vistas entre el menor y la ex compañera de su madre.
La sentencia completa:
http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/ts-sentencia-regimen-de-visitas-lesbianas.pdf
El Supremo considera justificado el derecho de visita a la ex compañera de la madre biológica.
La base de la decisión está en el "derecho efectivo que tiene el menor a relacionarse con aquellas personas con las que le une una relación afectiva"
JULIO M. LÁZARO - Madrid - 25/05/2011
El Tribunal Supremo (TS) considera que un menor concebido por inseminación artificial tiene derecho a relacionarse con la ex compañera de su madre biológica, por lo cual ha mantenido el régimen de visitas impuesto por el juzgado.
La sentencia parte de la concepción del sistema familiar como plural en el sentido de que la base de la decisión no está en un hipotético derecho de visitas de la ex compañera de la madre biológica sino en el "derecho efectivo que tiene el menor a relacionarse con aquellas personas con las que le une una relación afectiva".
Isabel y Ana mantuvieron una relación de pareja de forma pública durante 10 años, sin contraer matrimonio.
En 2003, Ana dio a luz a un niño mediante la técnica de fecundación asistida, con material genético de un donante anónimo.
Pero la relación de pareja se rompió al producirse malos tratos.
El juzgado impuso a ambas la obligación de no aproximarse a una distancia de 150 metros, ni comunicarse durante 6 meses, y atribuyó la guarda y custodia a la madre biológica, con derecho de visitas a la conviviente.
Tras la ruptura, Isabel, que era la que ejercía el rol de madre, pidió un régimen amplio de visitas que le fue concedido por el juzgado.
La madre biológica apeló pidiendo que no se reconociera ningún derecho de visitas, o se la se la considerara como un allegado como consecuencia de la extinción de la pareja y se le concediera el derecho a visitar al niño 1 tarde al mes, durante 4 horas. Sin embargo, la Audiencia confirmó el régimen amplio de visitas.
Tanto el juzgado como la Audiencia fallaron a favor de la compañera de la madre biológica aplican do el art. 158 del Código Civil, imponiendo el régimen de visitas en atención a la protección del interés del menor.
El Tribunal Supremo, sin embargo, explica en su sentencia que la norma aplicable es el art. 160.2 del Código Civil que establece que "no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados" y no la normativa relativa al "derecho de visitas", que debe aplicarse solamente en las relaciones entre los progenitores y sus hijos.
Por tanto, el Supremo no acepta la argumentación de la sentencia recurrida, basada en el régimen del derecho de visitas, y considera que para identificar el derecho del menor en casos como el presente resulta más adecuado utilizar la expresión "relaciones personales" del artículo 160.2, que es el aplicable.
Sin embargo, mantiene el fallo de la sentencia recurrida y en definitiva, el régimen de vistas entre el menor y la ex compañera de su madre.
La sentencia completa:
http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/ts-sentencia-regimen-de-visitas-lesbianas.pdf
jueves, 26 de mayo de 2011
Propuestas aprobadas en la asamblea de la protesta de Sol
Hola, estas son las propuestas aprobadas en la asamblea de la protesta de Sol.
Difícilmente se oirán en los medios y la página web no para de caerse así que está bien difundirlas por email.
Estas son algunas de las medidas que, en cuanto ciudadanos, consideramos esenciales para la regeneración de nuestro sistema político y económico.
¡Opina sobre las mismas y propón las tuyas en el foro!
1. ELIMINACIÓN DE LOS PRIVILEGIOS DE LA CLASE POLÍTICA:
o Control estricto del absentismo de los cargos electos en sus respectivos puestos. Sanciones específicas por dejación de funciones.
o Supresión de los privilegios en el pago de impuestos, los años de cotización y el monto de las pensiones. Equiparación del salario de los representantes electos al salario medio español más las dietas necesarias indispensables para el ejercicio de sus funciones.
o Eliminación de la inmunidad asociada al cargo. Imprescriptibilidad de los delitos de corrupción.
o Publicación obligatoria del patrimonio de todos los cargos públicos.
o Reducción de los cargos de libre designación.
2. CONTRA EL DESEMPLEO:
o Reparto del trabajo fomentando las reducciones de jornada y la conciliación laboral hasta acabar con el desempleo estructural (es decir, hasta que el desempleo descienda por debajo del 5%).
o Jubilación a los 65 y ningún aumento de la edad de jubilación hasta acabar con el desempleo juvenil.
o Bonificaciones para aquellas empresas con menos de un 10% de contratación temporal.
o Seguridad en el empleo: imposibilidad de despidos colectivos o por causas objetivas en las grandes empresas mientras haya beneficios, fiscalización a las grandes empresas para asegurar que no cubren con trabajadores temporales empleos que podrían ser fijos.
o Restablecimiento del subsidio de 426€ para todos los parados de larga duración.
3. DERECHO A LA VIVIENDA:
o Expropiación por el Estado de las viviendas construidas en stock que no se han vendido para colocarlas en el mercado en régimen de alquiler protegido.
o Ayudas al alquiler para jóvenes y todas aquellas personas de bajos recursos.
o Que se permita la dación en pago de las viviendas para cancelar las hipotecas.
4. SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD:
o Supresión de gastos inútiles en las Administraciones Públicas y establecimiento de un control independiente de presupuestos y gastos.
o Contratación de personal sanitario hasta acabar con las listas de espera.
o Contratación de profesorado para garantizar la ratio de alumnos por aula, los grupos de desdoble y los grupos de apoyo.
o Reducción del coste de matrícula en toda la educación universitaria, equiparando el precio de los posgrados al de los grados.
o Financiación pública de la investigación para garantizar su independencia.
o Transporte público barato, de calidad y ecológicamente sostenible: restablecimiento de los trenes que se están sustituyendo por el AVE con los precios originarios, abaratamiento de los abonos de transporte, restricción del tráfico rodado privado en el centro de las ciudades, construcción de carriles bici.
o Recursos sociales locales: aplicación efectiva de la Ley de Dependencia, redes de cuidadores locales municipales, servicios locales de mediación y tutelaje.
5. CONTROL DE LAS ENTIDADES BANCARIAS:
o Prohibición de cualquier tipo de rescate o inyección de capital a entidades bancarias: aquellas entidades en dificultades deben quebrar o ser nacionalizadas para constituir una banca pública bajo control social.
o Elevación de los impuestos a la banca de manera directamente proporcional al gasto social ocasionado por la crisis generada por su mala gestión.
o Devolución a las arcas públicas por parte de los bancos de todo capital público aportado.
o Prohibición de inversión de bancos españoles en paraísos fiscales.
o Regulación de sanciones a los movimientos especulativos y a la mala praxis bancaria.
6 . FISCALIDAD :
o Aumento del tipo impositivo a las grandes fortunas y entidades bancarias.
o Eliminación de las SICAV.
o Recuperación del Impuesto sobre el Patrimonio.
o Control real y efectivo del fraude fiscal y de la fuga de capitales a paraísos fiscales.
o Promoción a nivel internacional de la adopción de una tasa a las transacciones internacionales (tasa Tobin).
7. LIBERTADES CIUDADANAS Y DEMOCRACIA PARTICIPATIVA:
o No al control de Internet. Abolición de la Ley Sinde.
o Protección de la libertad de información y del periodismo de investigación.
o Referéndums obligatorios y vinculantes para las cuestiones de gran calado que modifican las condiciones de vida de los ciudadanos.
o Referéndums obligatorios para toda introducción de medidas dictadas desde la Unión Europea.
o Modificación de la Ley Electoral para garantizar un sistema auténticamente representativo y proporcional que no discrimine a ninguna fuerza política ni voluntad social, donde el voto en blanco y el voto nulo también tengan su representación en el legislativo.
o Independencia del Poder Judicial: reforma de la figura del Ministerio Fiscal para garantizar su independencia, no al nombramiento de miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial por parte del Poder Ejecutivo.
o Establecimiento de mecanismos efectivos que garanticen la democracia interna en los partidos políticos.
8. REDUCCIÓN DEL GASTO MILITAR.
Difícilmente se oirán en los medios y la página web no para de caerse así que está bien difundirlas por email.
Estas son algunas de las medidas que, en cuanto ciudadanos, consideramos esenciales para la regeneración de nuestro sistema político y económico.
¡Opina sobre las mismas y propón las tuyas en el foro!
1. ELIMINACIÓN DE LOS PRIVILEGIOS DE LA CLASE POLÍTICA:
o Control estricto del absentismo de los cargos electos en sus respectivos puestos. Sanciones específicas por dejación de funciones.
o Supresión de los privilegios en el pago de impuestos, los años de cotización y el monto de las pensiones. Equiparación del salario de los representantes electos al salario medio español más las dietas necesarias indispensables para el ejercicio de sus funciones.
o Eliminación de la inmunidad asociada al cargo. Imprescriptibilidad de los delitos de corrupción.
o Publicación obligatoria del patrimonio de todos los cargos públicos.
o Reducción de los cargos de libre designación.
2. CONTRA EL DESEMPLEO:
o Reparto del trabajo fomentando las reducciones de jornada y la conciliación laboral hasta acabar con el desempleo estructural (es decir, hasta que el desempleo descienda por debajo del 5%).
o Jubilación a los 65 y ningún aumento de la edad de jubilación hasta acabar con el desempleo juvenil.
o Bonificaciones para aquellas empresas con menos de un 10% de contratación temporal.
o Seguridad en el empleo: imposibilidad de despidos colectivos o por causas objetivas en las grandes empresas mientras haya beneficios, fiscalización a las grandes empresas para asegurar que no cubren con trabajadores temporales empleos que podrían ser fijos.
o Restablecimiento del subsidio de 426€ para todos los parados de larga duración.
3. DERECHO A LA VIVIENDA:
o Expropiación por el Estado de las viviendas construidas en stock que no se han vendido para colocarlas en el mercado en régimen de alquiler protegido.
o Ayudas al alquiler para jóvenes y todas aquellas personas de bajos recursos.
o Que se permita la dación en pago de las viviendas para cancelar las hipotecas.
4. SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD:
o Supresión de gastos inútiles en las Administraciones Públicas y establecimiento de un control independiente de presupuestos y gastos.
o Contratación de personal sanitario hasta acabar con las listas de espera.
o Contratación de profesorado para garantizar la ratio de alumnos por aula, los grupos de desdoble y los grupos de apoyo.
o Reducción del coste de matrícula en toda la educación universitaria, equiparando el precio de los posgrados al de los grados.
o Financiación pública de la investigación para garantizar su independencia.
o Transporte público barato, de calidad y ecológicamente sostenible: restablecimiento de los trenes que se están sustituyendo por el AVE con los precios originarios, abaratamiento de los abonos de transporte, restricción del tráfico rodado privado en el centro de las ciudades, construcción de carriles bici.
o Recursos sociales locales: aplicación efectiva de la Ley de Dependencia, redes de cuidadores locales municipales, servicios locales de mediación y tutelaje.
5. CONTROL DE LAS ENTIDADES BANCARIAS:
o Prohibición de cualquier tipo de rescate o inyección de capital a entidades bancarias: aquellas entidades en dificultades deben quebrar o ser nacionalizadas para constituir una banca pública bajo control social.
o Elevación de los impuestos a la banca de manera directamente proporcional al gasto social ocasionado por la crisis generada por su mala gestión.
o Devolución a las arcas públicas por parte de los bancos de todo capital público aportado.
o Prohibición de inversión de bancos españoles en paraísos fiscales.
o Regulación de sanciones a los movimientos especulativos y a la mala praxis bancaria.
6 . FISCALIDAD :
o Aumento del tipo impositivo a las grandes fortunas y entidades bancarias.
o Eliminación de las SICAV.
o Recuperación del Impuesto sobre el Patrimonio.
o Control real y efectivo del fraude fiscal y de la fuga de capitales a paraísos fiscales.
o Promoción a nivel internacional de la adopción de una tasa a las transacciones internacionales (tasa Tobin).
7. LIBERTADES CIUDADANAS Y DEMOCRACIA PARTICIPATIVA:
o No al control de Internet. Abolición de la Ley Sinde.
o Protección de la libertad de información y del periodismo de investigación.
o Referéndums obligatorios y vinculantes para las cuestiones de gran calado que modifican las condiciones de vida de los ciudadanos.
o Referéndums obligatorios para toda introducción de medidas dictadas desde la Unión Europea.
o Modificación de la Ley Electoral para garantizar un sistema auténticamente representativo y proporcional que no discrimine a ninguna fuerza política ni voluntad social, donde el voto en blanco y el voto nulo también tengan su representación en el legislativo.
o Independencia del Poder Judicial: reforma de la figura del Ministerio Fiscal para garantizar su independencia, no al nombramiento de miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial por parte del Poder Ejecutivo.
o Establecimiento de mecanismos efectivos que garanticen la democracia interna en los partidos políticos.
8. REDUCCIÓN DEL GASTO MILITAR.
Los indignados de Sol centran sus reivindicaciones mínimas
http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/los-indignados-sol-piden-mejoras-sistema-politico-1020548
ACUERDO DE LA ASAMBLEA.
Los indignados de Sol centran sus reivindicaciones mínimas en la mejora del sistema político.
Quieren que se luche contra la corrupción y que se mejoren la transparencia y la participación ciudadana
Jueves, 26 de mayo del 2011.ALBA G. LAGUNA / Madrid
Los acampados de la Puerta del Sol han alcanzado por fin un acuerdo de mínimos.
Los 4 puntos aprobados en la asamblea general de ayer por la tarde centran las líneas de debate en la consecución de una reforma electoral que permita “una democracia más representativa y de proporcionalidad real” y el desarrollo de “mecanismos efectivos de participación ciudadana”.
También exigen que se luche contra la corrupción y que se aprueben normas para “una total transparencia política”, la separación efectiva de los poderes públicos y “la creación de mecanismos de control ciudadano para la exigencia efectiva de responsabilidad política”.
“Creemos que estos 4 puntos aúnan bastante bien el sentir de toda la gente que ha pasado por Sol”, ha explicado Lucía, una de las portavoces del movimiento, que ha recalcado que se trata de “un avance muy importante”, pero no un punto final.
Estos temas volverán a ser tratados en la asamblea de mañana y están llamados a ser “un punto de partida” para las asambleas de barrio, el mecanismo mediante el cual los indignados quieren articular sus propuestas y extenderlas a toda la sociedad.
La aprobación de estos puntos básicos llega después del malestar que se había extendido por las redes sociales a raíz de la dispersión del movimiento.
Con la etiqueta #acuerdodeminimos, muchos usuarios de Twitter reclamaban ayer que se centrasen las exigencias en los motivos que sacaron a la gente a la calle la semana pasada.
Sin embargo, la aprobación de estos puntos básicos no obstaculizará el funcionamiento del resto de los grupos de trabajo.
“El resto de demandas se siguen debatiendo, pero queríamos plasmar unos mínimos. Tenemos un largo proceso por delante”, asegura Lucía.
ACUERDO DE LA ASAMBLEA.
Los indignados de Sol centran sus reivindicaciones mínimas en la mejora del sistema político.
Quieren que se luche contra la corrupción y que se mejoren la transparencia y la participación ciudadana
Jueves, 26 de mayo del 2011.ALBA G. LAGUNA / Madrid
Los acampados de la Puerta del Sol han alcanzado por fin un acuerdo de mínimos.
Los 4 puntos aprobados en la asamblea general de ayer por la tarde centran las líneas de debate en la consecución de una reforma electoral que permita “una democracia más representativa y de proporcionalidad real” y el desarrollo de “mecanismos efectivos de participación ciudadana”.
También exigen que se luche contra la corrupción y que se aprueben normas para “una total transparencia política”, la separación efectiva de los poderes públicos y “la creación de mecanismos de control ciudadano para la exigencia efectiva de responsabilidad política”.
“Creemos que estos 4 puntos aúnan bastante bien el sentir de toda la gente que ha pasado por Sol”, ha explicado Lucía, una de las portavoces del movimiento, que ha recalcado que se trata de “un avance muy importante”, pero no un punto final.
Estos temas volverán a ser tratados en la asamblea de mañana y están llamados a ser “un punto de partida” para las asambleas de barrio, el mecanismo mediante el cual los indignados quieren articular sus propuestas y extenderlas a toda la sociedad.
La aprobación de estos puntos básicos llega después del malestar que se había extendido por las redes sociales a raíz de la dispersión del movimiento.
Con la etiqueta #acuerdodeminimos, muchos usuarios de Twitter reclamaban ayer que se centrasen las exigencias en los motivos que sacaron a la gente a la calle la semana pasada.
Sin embargo, la aprobación de estos puntos básicos no obstaculizará el funcionamiento del resto de los grupos de trabajo.
“El resto de demandas se siguen debatiendo, pero queríamos plasmar unos mínimos. Tenemos un largo proceso por delante”, asegura Lucía.
El Supremo reconoce a una mujer régimen de visitas al hijo de su ex novia
http://www.lexureditorial.com/noticias/1105/25133000.htm
El Supremo reconoce a una mujer régimen de visitas al hijo de su ex novia
MADRID, 25 Mayo 2011(MADRID)
El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha reconocido a una mujer el régimen de visitas sobre el hijo de su ex novia, con la que convivía, por entender que no se puede privar a un menor de tener relaciones con aquellas personas con las que mantiene un vínculo afectivo aunque, como en este caso, no tengan ningún parentesco biológico o relación jurídica.
La sentencia, de la que es ponente la magistrada Roca Trías, señala que "la unión de 2 personas no casadas, con independencia del género de los convivientes, constituye una unión familiar y debe por ello ser protegida según establece el Art. 39 de la Constitución Española".
La Sala ha desestimado así el recurso de casación formulado por la madre biológica del menor, I.C.M., contra una resolución de la Audiencia Provincial de Toledo, que concedió en 2008 un régimen amplio de visitas a su ex novia, de iniciales I.B.F., sobre el niño.
La madre biológica, que tuvo al niño por inseminación artificial de donante anónimo, pidió que no se reconociera ningún derecho de visitas a su ex novia o que se la considerase como un "allegado" para que sólo tuviera la posibilidad de visitar al menor una tarde al mes durante un máximo de cuatro horas.
La ex novia no se había registrado como madre del niño, por lo que no existía filiación legal.
Sin embargo, el Supremo le ha quitado la razón por entender que "los principios aplicables a las relaciones entre convivientes en una pareja de hecho no se aplican a las relaciones entre padres e hijos, puesto que en este caso debe primar el interés del menor", que "no puede ver recortada la relación y comunicación con personas que le son próximas humana y afectivamente, por causa de las diferencias entre dichas personas".
Las dos mujeres iniciaron su relación de pareja en 1996 y rompieron en 2006, cuando el niño tenía 3 años de edad.
El Supremo da por probado que la ruptura sobrevino tras producirse "malos tratos", que se saldaron una sentencia de un juzgado de Talavera (Toledo) imponiendo a ambas la prohibición de aproximarse más 150 metros y comunicarse durante 6 meses.
El juez dio entonces la guarda y custodia del menor a la madre biológica, estableciendo un régimen de visitas para su ya ex pareja.
La apelación de la madre biológica sobre este asunto llegó hasta la Audiencia Provincial de Toledo, quien falló en su contra por entender que desde su nacimiento, el niño había tenido "una situación familiar consistente en la existencia de 2 madres" por la "actitud libre y voluntaria de ambas litigantes".
Además, la Audiencia Provincial llegó a la conclusión de que no era relevante la inexistencia de filiación legal ya que "lo importante es que es indudable que para el niño, I.B.F. (la ex novia) es su madre, no biológica, tampoco legal, pero madre a fin de cuentas desde el punto de vista que al menor le importa, que no es otro que el haber conocido a I.B.F como madre propia desde el mismo día de su nacimiento".
"FAMILIA PLURAL"
El Supremo respalda esta sentencia y argumenta que "la persona conviviente con la madre biológica no tiene la categoría jurídica de progenitor, sino que tiene la situación jurídica de 'allegado', lo que permite el derecho de visitas con la extensión acordada por el juez de acuerdo con el interés del niño".
Además, la Sala concluye que "el sistema familiar actual es plural, es decir, que desde el punto de vista constitucional, tienen la consideración de familias aquellos grupos o unidades que constituyen un núcleo de convivencia, independientemente de la forma que se haya utilizado para formarla y del sexo de sus componentes, siempre que se respeten las reglas constitucionales".
De este modo, la pareja formada por estas 2 mujeres "constituyó en su día una unidad familiar".
"Aunque no pude hablarse de relaciones jurídicas y la filiación no se ha establecido, ni en este caso pudo establecerse (...) sí debe considerarse que existió una unidad familiar entre las 2 convivientes y el hijo biológico de una de ellas", explica la sentencia, que concluye, por tanto, el derecho del niño a mantener relaciones con quien es miembro de su familia.
El Supremo reconoce a una mujer régimen de visitas al hijo de su ex novia
MADRID, 25 Mayo 2011(MADRID)
El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha reconocido a una mujer el régimen de visitas sobre el hijo de su ex novia, con la que convivía, por entender que no se puede privar a un menor de tener relaciones con aquellas personas con las que mantiene un vínculo afectivo aunque, como en este caso, no tengan ningún parentesco biológico o relación jurídica.
La sentencia, de la que es ponente la magistrada Roca Trías, señala que "la unión de 2 personas no casadas, con independencia del género de los convivientes, constituye una unión familiar y debe por ello ser protegida según establece el Art. 39 de la Constitución Española".
La Sala ha desestimado así el recurso de casación formulado por la madre biológica del menor, I.C.M., contra una resolución de la Audiencia Provincial de Toledo, que concedió en 2008 un régimen amplio de visitas a su ex novia, de iniciales I.B.F., sobre el niño.
La madre biológica, que tuvo al niño por inseminación artificial de donante anónimo, pidió que no se reconociera ningún derecho de visitas a su ex novia o que se la considerase como un "allegado" para que sólo tuviera la posibilidad de visitar al menor una tarde al mes durante un máximo de cuatro horas.
La ex novia no se había registrado como madre del niño, por lo que no existía filiación legal.
Sin embargo, el Supremo le ha quitado la razón por entender que "los principios aplicables a las relaciones entre convivientes en una pareja de hecho no se aplican a las relaciones entre padres e hijos, puesto que en este caso debe primar el interés del menor", que "no puede ver recortada la relación y comunicación con personas que le son próximas humana y afectivamente, por causa de las diferencias entre dichas personas".
Las dos mujeres iniciaron su relación de pareja en 1996 y rompieron en 2006, cuando el niño tenía 3 años de edad.
El Supremo da por probado que la ruptura sobrevino tras producirse "malos tratos", que se saldaron una sentencia de un juzgado de Talavera (Toledo) imponiendo a ambas la prohibición de aproximarse más 150 metros y comunicarse durante 6 meses.
El juez dio entonces la guarda y custodia del menor a la madre biológica, estableciendo un régimen de visitas para su ya ex pareja.
La apelación de la madre biológica sobre este asunto llegó hasta la Audiencia Provincial de Toledo, quien falló en su contra por entender que desde su nacimiento, el niño había tenido "una situación familiar consistente en la existencia de 2 madres" por la "actitud libre y voluntaria de ambas litigantes".
Además, la Audiencia Provincial llegó a la conclusión de que no era relevante la inexistencia de filiación legal ya que "lo importante es que es indudable que para el niño, I.B.F. (la ex novia) es su madre, no biológica, tampoco legal, pero madre a fin de cuentas desde el punto de vista que al menor le importa, que no es otro que el haber conocido a I.B.F como madre propia desde el mismo día de su nacimiento".
"FAMILIA PLURAL"
El Supremo respalda esta sentencia y argumenta que "la persona conviviente con la madre biológica no tiene la categoría jurídica de progenitor, sino que tiene la situación jurídica de 'allegado', lo que permite el derecho de visitas con la extensión acordada por el juez de acuerdo con el interés del niño".
Además, la Sala concluye que "el sistema familiar actual es plural, es decir, que desde el punto de vista constitucional, tienen la consideración de familias aquellos grupos o unidades que constituyen un núcleo de convivencia, independientemente de la forma que se haya utilizado para formarla y del sexo de sus componentes, siempre que se respeten las reglas constitucionales".
De este modo, la pareja formada por estas 2 mujeres "constituyó en su día una unidad familiar".
"Aunque no pude hablarse de relaciones jurídicas y la filiación no se ha establecido, ni en este caso pudo establecerse (...) sí debe considerarse que existió una unidad familiar entre las 2 convivientes y el hijo biológico de una de ellas", explica la sentencia, que concluye, por tanto, el derecho del niño a mantener relaciones con quien es miembro de su familia.
La condenada por matar al padre de su hijo en Mataporquera (Cantabria) intenta mantener la patria potestad
http://www.lexureditorial.com/noticias/1105/25133209.htm
La condenada por matar al padre de su hijo en Mataporquera (Cantabria) en 2009 intenta mantener la patria potestad
SANTANDER, 25Mayo 11 (EUROPA PRESS)
Erica A.M., condenada a 18 años de prisión por el asesinato en 2009 en la localidad de Mataporquera de su compañero sentimental, Valentín F.F., trata de mantener la patria potestad del hijo que tenían ambos y que, en el momento de la muerte, ejercía el fallecido, con quien se había roto la relación.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha visto los recursos de apelación que las partes presentaron contra la sentencia de la Audiencia Provincial que condenaba a Erika y a otras 2 personas, Jorge B.C. y Ángel Manuel R.M., a 17 años y seis meses de prisión a cada uno de ellos.
La acusación particular (la familia del fallecido) y el Ministerio Fiscal apelaron contra esa fallo, al no haberse admitido su petición de inhabilitar a Erica para la patria potestad y de prohibirle que se acercara o comunicara con su hijo.
Y los acusados también han apelado, en el caso de Erica A.M. por las cuestiones relacionadas por la patria potestad, en el de Ángel Manuel R.M. por considerar que no está acreditada su participación en los hechos.
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) verá este miércoles el recurso de apelación de Erica A.M., Jorge B.C. y Ángel Manuel R.M. los 3 condenados por la muerte en mayo de 2009 en Mataporquera a Valentín F.F., ex compañero sentimental de Erica, con quien tenía 1 hijo de 5 años de edad, y que era quien tenía su custodia.
La defensa de la principal acusada ha planteado ante el TSJC que para inhabilitar a Erica para la patria potestad tendría que haber perjudicado al menor directamente, razona que no está demostrado que el motivo de la muerte de Valentín fuera que la madre quería conseguir así quedarse con el niño y además recuerda que su custodia se encuentra pendiente de un proceso civil.
La familia de Valentín reprocha a la condenada sus acusaciones "gratuitas" y sin pruebas de que ese fuera un "mal padre" y un "desecho de la sociedad".
El Ministerio Fiscal sí considera que el delito está asociado a la búsqueda de la patria potestad, y además incide en que el menor dependía económicamente de su padre para su sustento, por lo que a su muerte quedó en situación de "auténtico abandono".
Esta parte advierte de que hay que evitar "por todos los medios" que Erica pueda acceder a la administración de los bienes del fallecido, algo que sería "gravísimo".
La propia Erica A.M., en su última intervención ante la Sala de lo Civil y Penal, ha negado, que pretenda quedarse con los bienes del fallecido y de su hijo.
"Yo no quiero nada, sólo quiero a mi hijo", ha expresado llorando.
Por su parte, Manuel Ángel R.M., alega que es cierto que el día antes de los hechos fue con los otros 2 condenados desde León, donde vivían, a Mataporquera, pero que no se puede probar que el fin del viaje fuera espiar los movimientos del fallecido.
Niega que los 3 actuarán de común acuerdo, y de hecho sostiene que él, que ya al día siguiente, cuando murió Valentín, simplemente condujo el coche y esperó a Erica y a Jorge que entraban en el portal, de forma que "desconocía" lo que había pasado dentro.
Y en cualquier caso, se rechaza la premeditación que convertiría los hechos en un asesinato, argumentado que la muerte de la víctima fue en el contexto de una discusión cuando los otros acusados se encontraron con él en la escalera.
Tanto Erica como los otros 2 condenados fueron declarados culpables por el Tribunal del Jurado, veredicto que luego la Audiencia de Cantabria concretó en una sentencia que también incluía la indemnización con 120.000 euros al hijo de 5 años que tenían en común el fallecido, Valentín F.F., y la acusada, y con otros 43.000 al otro hijo menor que éste tenía de una relación anterior.
También debían indemnizar con 8.000 euros a cada uno a los padres del fallecido, que tenía la custodia del hijo que había tenido con la imputada.
Además, no podrán acercarse a los progenitores ni a los hermanos de la víctima por un plazo de 19 años.
En el caso de Erica, el jurado consideró probada por unanimidad su implicación en el asesinato, y por mayoría la de Jorge, que estaba con ella en el portal donde Valentín fue apuñalado, y José Manuel, conductor del coche en que los 3 se desplazaron desde León --donde vivía ella tras separarse de la víctima-- hasta Mataporquera.
HECHOS PROBADOS
El jurado declaró probado por unanimidad que los tres estuvieron el día antes de los hechos con el coche en las inmediaciones del domicilio de Valentín.
El 15 de mayo, volvieron de nuevo a Mataporquera sobre las 22.00 horas, aparcaron en la calle contigua y, mientras Ángel esperaba en su interior, Erica y Jorge entraron el portal.
Cuando llegó Valentín, le atacaron de modo inesperado y repentino.
En concreto, Jorge se encargó de inmovilizarlo y Erica le apuñaló con el cuchillo que llevaba en repetidas ocasiones, huyendo los 2 seguidamente en el coche en el que les esperaba el otro acusado, en dirección a León, según el jurado.
La víctima sufrió heridas que afectaron a órganos vitales, una de ellas al corazón, y que provocaron su muerte por 'shock' hipovolémico sobre las 22.45 horas.
La sentencia corroboraba la autoría de los acusados y el delito de asesinato, al existir alevosía, tal y como estimó el jurado, así como que la acusada fue plenamente consciente de su acción y no presentaba trastornos de la personalidad, como tampoco Jorge B.C.
A Erika A.M. le impuso 18 años de prisión por la agravante de parentesco con la víctima, y a los otros dos acusados 17 y seis meses por no existir dicho agravante.
La condenada por matar al padre de su hijo en Mataporquera (Cantabria) en 2009 intenta mantener la patria potestad
SANTANDER, 25Mayo 11 (EUROPA PRESS)
Erica A.M., condenada a 18 años de prisión por el asesinato en 2009 en la localidad de Mataporquera de su compañero sentimental, Valentín F.F., trata de mantener la patria potestad del hijo que tenían ambos y que, en el momento de la muerte, ejercía el fallecido, con quien se había roto la relación.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha visto los recursos de apelación que las partes presentaron contra la sentencia de la Audiencia Provincial que condenaba a Erika y a otras 2 personas, Jorge B.C. y Ángel Manuel R.M., a 17 años y seis meses de prisión a cada uno de ellos.
La acusación particular (la familia del fallecido) y el Ministerio Fiscal apelaron contra esa fallo, al no haberse admitido su petición de inhabilitar a Erica para la patria potestad y de prohibirle que se acercara o comunicara con su hijo.
Y los acusados también han apelado, en el caso de Erica A.M. por las cuestiones relacionadas por la patria potestad, en el de Ángel Manuel R.M. por considerar que no está acreditada su participación en los hechos.
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) verá este miércoles el recurso de apelación de Erica A.M., Jorge B.C. y Ángel Manuel R.M. los 3 condenados por la muerte en mayo de 2009 en Mataporquera a Valentín F.F., ex compañero sentimental de Erica, con quien tenía 1 hijo de 5 años de edad, y que era quien tenía su custodia.
La defensa de la principal acusada ha planteado ante el TSJC que para inhabilitar a Erica para la patria potestad tendría que haber perjudicado al menor directamente, razona que no está demostrado que el motivo de la muerte de Valentín fuera que la madre quería conseguir así quedarse con el niño y además recuerda que su custodia se encuentra pendiente de un proceso civil.
La familia de Valentín reprocha a la condenada sus acusaciones "gratuitas" y sin pruebas de que ese fuera un "mal padre" y un "desecho de la sociedad".
El Ministerio Fiscal sí considera que el delito está asociado a la búsqueda de la patria potestad, y además incide en que el menor dependía económicamente de su padre para su sustento, por lo que a su muerte quedó en situación de "auténtico abandono".
Esta parte advierte de que hay que evitar "por todos los medios" que Erica pueda acceder a la administración de los bienes del fallecido, algo que sería "gravísimo".
La propia Erica A.M., en su última intervención ante la Sala de lo Civil y Penal, ha negado, que pretenda quedarse con los bienes del fallecido y de su hijo.
"Yo no quiero nada, sólo quiero a mi hijo", ha expresado llorando.
Por su parte, Manuel Ángel R.M., alega que es cierto que el día antes de los hechos fue con los otros 2 condenados desde León, donde vivían, a Mataporquera, pero que no se puede probar que el fin del viaje fuera espiar los movimientos del fallecido.
Niega que los 3 actuarán de común acuerdo, y de hecho sostiene que él, que ya al día siguiente, cuando murió Valentín, simplemente condujo el coche y esperó a Erica y a Jorge que entraban en el portal, de forma que "desconocía" lo que había pasado dentro.
Y en cualquier caso, se rechaza la premeditación que convertiría los hechos en un asesinato, argumentado que la muerte de la víctima fue en el contexto de una discusión cuando los otros acusados se encontraron con él en la escalera.
Tanto Erica como los otros 2 condenados fueron declarados culpables por el Tribunal del Jurado, veredicto que luego la Audiencia de Cantabria concretó en una sentencia que también incluía la indemnización con 120.000 euros al hijo de 5 años que tenían en común el fallecido, Valentín F.F., y la acusada, y con otros 43.000 al otro hijo menor que éste tenía de una relación anterior.
También debían indemnizar con 8.000 euros a cada uno a los padres del fallecido, que tenía la custodia del hijo que había tenido con la imputada.
Además, no podrán acercarse a los progenitores ni a los hermanos de la víctima por un plazo de 19 años.
En el caso de Erica, el jurado consideró probada por unanimidad su implicación en el asesinato, y por mayoría la de Jorge, que estaba con ella en el portal donde Valentín fue apuñalado, y José Manuel, conductor del coche en que los 3 se desplazaron desde León --donde vivía ella tras separarse de la víctima-- hasta Mataporquera.
HECHOS PROBADOS
El jurado declaró probado por unanimidad que los tres estuvieron el día antes de los hechos con el coche en las inmediaciones del domicilio de Valentín.
El 15 de mayo, volvieron de nuevo a Mataporquera sobre las 22.00 horas, aparcaron en la calle contigua y, mientras Ángel esperaba en su interior, Erica y Jorge entraron el portal.
Cuando llegó Valentín, le atacaron de modo inesperado y repentino.
En concreto, Jorge se encargó de inmovilizarlo y Erica le apuñaló con el cuchillo que llevaba en repetidas ocasiones, huyendo los 2 seguidamente en el coche en el que les esperaba el otro acusado, en dirección a León, según el jurado.
La víctima sufrió heridas que afectaron a órganos vitales, una de ellas al corazón, y que provocaron su muerte por 'shock' hipovolémico sobre las 22.45 horas.
La sentencia corroboraba la autoría de los acusados y el delito de asesinato, al existir alevosía, tal y como estimó el jurado, así como que la acusada fue plenamente consciente de su acción y no presentaba trastornos de la personalidad, como tampoco Jorge B.C.
A Erika A.M. le impuso 18 años de prisión por la agravante de parentesco con la víctima, y a los otros dos acusados 17 y seis meses por no existir dicho agravante.
miércoles, 25 de mayo de 2011
Recomendaciones sobre la detección de la conducta suicida
http://www.actasanitaria.com/actasanitaria/frontend/desarrollo_noticia.jsp?idCanal=5&idContenido=26783
DOCUMENTO: RECOMENCACIONES SOBRE LA DETECCIÓN, PREVENCION E INTERVENCIÓN DE LA CONDUCTA SUICIDA
Madrid 23/05/2011
La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ha hecho público este documento cuyo objetivo principal es recoger las pautas de actuación y recomendaciones a incorporar en la práctica clínica, de cara a la prevención del suicidio.
DOCUMENTO: RECOMENCACIONES SOBRE LA DETECCIÓN, PREVENCION E INTERVENCIÓN DE LA CONDUCTA SUICIDA
http://www.actasanitaria.com/fileset/doc_64316_FICHERO_NOTICIA_42414.pdf
DOCUMENTO: RECOMENCACIONES SOBRE LA DETECCIÓN, PREVENCION E INTERVENCIÓN DE LA CONDUCTA SUICIDA
Madrid 23/05/2011
La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ha hecho público este documento cuyo objetivo principal es recoger las pautas de actuación y recomendaciones a incorporar en la práctica clínica, de cara a la prevención del suicidio.
DOCUMENTO: RECOMENCACIONES SOBRE LA DETECCIÓN, PREVENCION E INTERVENCIÓN DE LA CONDUCTA SUICIDA
http://www.actasanitaria.com/fileset/doc_64316_FICHERO_NOTICIA_42414.pdf
Sigue luchando por recuperar a su hijo
http://www.20minutos.es/noticia/1062468/0/hijo/secuestrado/japon/
Sigue luchando por recuperar a su hijo, que se encuentra en Japón junto a su madre.
José María Cacho, ante la embajada de Japón en Madrid. Lleva 3 años sin ver a su hijo.
Su exmujer, japonesa, se llevó al menor a su país de origen en 2008.
Denuncia que el Gobierno nipón no le ayuda a ponerse en contacto con su pequeño y por ello se ha manifestado ante la embajada japonesa en Madrid.
ECO ® 20MINUTOS.ES. 24.05.2011
La pesadilla de José María Cacho comenzó hace más de 3 años, el 8 de enero de 2008.
Ese fue el último día que pasó la tarde con su hijo Martín, que entonces tenía 8 años.
Su exmujer, japonesa, se llevó al menor a su país de origen.
Ella tiene la custodia de Martín.
Interpol España investiga el caso desde entonces, con la ayuda de sus colegas japoneses, pero no hay avances en el caso.
Martín ahora lleva los apellidos de su padrastro y en Japón no consta que es hijo de José María Cacho recurrió a 20 minutos el 9 de diciembre de 2008 para contar su caso.
Ahora, cansado de no conseguir nada por la vía legal, José María se manifestó este martes frente a la embajada de Japón en Madrid.
Denuncia que Gobierno nipón no le ayuda a ponerse en contacto con su pequeño, que según José María, reside en el noroeste de Japón desde que desapareció de su vida.
Además, acusa al consulado nipón de facilitarle a su expareja los papeles para poder sacar de España a Martín.
Cuenta que su exmujer logró sacarlo del país pese a que, en aquel momento, había una orden judicial que le prohibía llevarse a Martín del territorio nacional sin su consentimiento.
"Está claro que le tuvieron que hacer un pasaporte japonés con otros datos", cuenta.
Su hijo no lo reconoce
Cansado de no obtener noticias del paradero de su hijo, José María decidió investigar por su cuenta.
Explica que en uno de sus viajes a Japón lo localizó y que, incluso, lo llegó a ver.
"Salió de casa y le dije: hijo. El chico no me reconoció y salió corriendo", relata.
Las autoridades niponas no le ayudan.
Martín ahora lleva los apellidos de su padrastro y en Japón no consta que es hijo de José María.
Sigue luchando por recuperar a su hijo, que se encuentra en Japón junto a su madre.
José María Cacho, ante la embajada de Japón en Madrid. Lleva 3 años sin ver a su hijo.
Su exmujer, japonesa, se llevó al menor a su país de origen en 2008.
Denuncia que el Gobierno nipón no le ayuda a ponerse en contacto con su pequeño y por ello se ha manifestado ante la embajada japonesa en Madrid.
ECO ® 20MINUTOS.ES. 24.05.2011
La pesadilla de José María Cacho comenzó hace más de 3 años, el 8 de enero de 2008.
Ese fue el último día que pasó la tarde con su hijo Martín, que entonces tenía 8 años.
Su exmujer, japonesa, se llevó al menor a su país de origen.
Ella tiene la custodia de Martín.
Interpol España investiga el caso desde entonces, con la ayuda de sus colegas japoneses, pero no hay avances en el caso.
Martín ahora lleva los apellidos de su padrastro y en Japón no consta que es hijo de José María Cacho recurrió a 20 minutos el 9 de diciembre de 2008 para contar su caso.
Ahora, cansado de no conseguir nada por la vía legal, José María se manifestó este martes frente a la embajada de Japón en Madrid.
Denuncia que Gobierno nipón no le ayuda a ponerse en contacto con su pequeño, que según José María, reside en el noroeste de Japón desde que desapareció de su vida.
Además, acusa al consulado nipón de facilitarle a su expareja los papeles para poder sacar de España a Martín.
Cuenta que su exmujer logró sacarlo del país pese a que, en aquel momento, había una orden judicial que le prohibía llevarse a Martín del territorio nacional sin su consentimiento.
"Está claro que le tuvieron que hacer un pasaporte japonés con otros datos", cuenta.
Su hijo no lo reconoce
Cansado de no obtener noticias del paradero de su hijo, José María decidió investigar por su cuenta.
Explica que en uno de sus viajes a Japón lo localizó y que, incluso, lo llegó a ver.
"Salió de casa y le dije: hijo. El chico no me reconoció y salió corriendo", relata.
Las autoridades niponas no le ayudan.
Martín ahora lleva los apellidos de su padrastro y en Japón no consta que es hijo de José María.
La hipoteca para toda la vida se acaba
http://www.cincodias.com/articulo/economia/hipoteca-toda-vida-acaba/20110525cdscdieco_2/
Descenso del número de hipotecas.La hipoteca para toda la vida se acaba.
Estadística constata que los créditos tienen plazos de pago cada vez más cortos.
Bajar los precios de las casas como única salida.
R. Díaz Guijarro - Madrid - 25/05/2011
Ni el calendario puede contener ya lo que todos temían.
El número de hipotecas constituidas sobre viviendas en marzo descendió un 20,2% sobre idéntico mes del año anterior después de haberse registrado apenas 43.100 préstamos, según las cifras publicadas ayer por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Este descenso es el 11º consecutivo y supone ahondar en el retroceso de ventas de casas que se ha producido este año como consecuencia de la desaparición de la deducción fiscal por compra.
Enero y febrero también registraron caídas en la contratación de hipotecas, aunque fueron significativamente menores, del 7,9% y del 8,8% respectivamente, ya que durante esos meses aún se contabilizaron operaciones de compraventa realizadas en el último trimestre de 2010.
Eso quiere decir que mientras no cambien las circunstancias del mercado, lo previsible es que durante los próximos meses la contracción en el número de créditos hipotecarios como poco se mantenga en esos niveles.
Además de firmarse cada vez menos préstamos, las características de estos también están cambiando.
Los tipos de interés que se aplican se situaron en el 3,94% de promedio en marzo, lo que representa una subida del 0,8% anual y un incremento del 6,5% respecto a la tasa de un mes antes.
Si el euríbor prosigue con su senda alcista, esto seguirá trasladándose al coste de las hipotecas en los próximos meses.
La tasa mensual en mayo se encuentra en el 2,150%, lo que supone una subida de 0,901 puntos respecto al indicador de mayo del año pasado.
Otro cambio significativo es el protagonizado por los plazos de amortización, que continúan acortándose de forma imparable.
Mientras que a finales de 2010 los plazos medios de pago quedaron establecidos en 25,1 años, en marzo fueron de 22 años en los bancos y 23 en las cajas.
Más avales y garantías
Una hipoteca a menos plazo supone para su titular un ahorro en el pago total de intereses, lo que constituiría una buena noticia.
El problema es que a menor plazo, las cuotas mensuales son mayores, lo que obliga al comprador de la vivienda a disponer de ingresos más elevados.
"Las hipotecas a 30, 35 y 40 años muy pronto serán un recuerdo del pasado. Eso se acaba", aseguran en una agencia de la propiedad inmobiliaria.
Sea como sea, lo cierto es que las entidades están siendo muy restrictivas a la hora de conceder los nuevos préstamos para adquisición de pisos que no estén en sus carteras. "Ahora todas las precauciones son pocas y las entidades cada vez exigen más garantías y avales, así como la suscripción de seguros para el caso perder el empleo", explican las mismas fuentes.
En este sentido, el presidente del grupo de las grandes inmobiliarias españolas (G-14), Pedro Pérez, aseguró ayer a Europa Press que "se ha agudizado el carácter restrictivo" del crédito en los últimos meses y denunció que "buena parte de esa poca financiación es para la venta de viviendas de la banca".
Pérez valoró el dato de hipotecas de marzo como "peor de lo esperado".
Bajar los precios de las casas como única salida
El jefe de Estudios del portal líder en internet de compraventa de vivienda Idealista.com, Fernando Encinar, aseguró ayer que la única vía a corto plazo para recuperar las actividad hipotecaria, tras el descenso del 20,2% en marzo, es bajar aún más los precios de la vivienda, ya que "demanda hay".
Encinar afirmó que, una vez terminado el efecto fiscal que animó las ventas a finales de 2010, "si no se bajan los precios, no se reanimará el crédito a corto plazo", ya que el resto de los factores que mantienen la sequía en el mercado, el endurecimiento de las condiciones de financiación y el paro, necesitarán más tiempo para resolverse.
En este contexto, argumentó también que el vendedor particular solo cuenta con el arma de los precios para competir con la banca, que está concediendo financiación "preferentemente" para vender parte de su stock y que ya está ajustando mucho sus precios.
Descenso del número de hipotecas.La hipoteca para toda la vida se acaba.
Estadística constata que los créditos tienen plazos de pago cada vez más cortos.
Bajar los precios de las casas como única salida.
R. Díaz Guijarro - Madrid - 25/05/2011
Ni el calendario puede contener ya lo que todos temían.
El número de hipotecas constituidas sobre viviendas en marzo descendió un 20,2% sobre idéntico mes del año anterior después de haberse registrado apenas 43.100 préstamos, según las cifras publicadas ayer por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Este descenso es el 11º consecutivo y supone ahondar en el retroceso de ventas de casas que se ha producido este año como consecuencia de la desaparición de la deducción fiscal por compra.
Enero y febrero también registraron caídas en la contratación de hipotecas, aunque fueron significativamente menores, del 7,9% y del 8,8% respectivamente, ya que durante esos meses aún se contabilizaron operaciones de compraventa realizadas en el último trimestre de 2010.
Eso quiere decir que mientras no cambien las circunstancias del mercado, lo previsible es que durante los próximos meses la contracción en el número de créditos hipotecarios como poco se mantenga en esos niveles.
Además de firmarse cada vez menos préstamos, las características de estos también están cambiando.
Los tipos de interés que se aplican se situaron en el 3,94% de promedio en marzo, lo que representa una subida del 0,8% anual y un incremento del 6,5% respecto a la tasa de un mes antes.
Si el euríbor prosigue con su senda alcista, esto seguirá trasladándose al coste de las hipotecas en los próximos meses.
La tasa mensual en mayo se encuentra en el 2,150%, lo que supone una subida de 0,901 puntos respecto al indicador de mayo del año pasado.
Otro cambio significativo es el protagonizado por los plazos de amortización, que continúan acortándose de forma imparable.
Mientras que a finales de 2010 los plazos medios de pago quedaron establecidos en 25,1 años, en marzo fueron de 22 años en los bancos y 23 en las cajas.
Más avales y garantías
Una hipoteca a menos plazo supone para su titular un ahorro en el pago total de intereses, lo que constituiría una buena noticia.
El problema es que a menor plazo, las cuotas mensuales son mayores, lo que obliga al comprador de la vivienda a disponer de ingresos más elevados.
"Las hipotecas a 30, 35 y 40 años muy pronto serán un recuerdo del pasado. Eso se acaba", aseguran en una agencia de la propiedad inmobiliaria.
Sea como sea, lo cierto es que las entidades están siendo muy restrictivas a la hora de conceder los nuevos préstamos para adquisición de pisos que no estén en sus carteras. "Ahora todas las precauciones son pocas y las entidades cada vez exigen más garantías y avales, así como la suscripción de seguros para el caso perder el empleo", explican las mismas fuentes.
En este sentido, el presidente del grupo de las grandes inmobiliarias españolas (G-14), Pedro Pérez, aseguró ayer a Europa Press que "se ha agudizado el carácter restrictivo" del crédito en los últimos meses y denunció que "buena parte de esa poca financiación es para la venta de viviendas de la banca".
Pérez valoró el dato de hipotecas de marzo como "peor de lo esperado".
Bajar los precios de las casas como única salida
El jefe de Estudios del portal líder en internet de compraventa de vivienda Idealista.com, Fernando Encinar, aseguró ayer que la única vía a corto plazo para recuperar las actividad hipotecaria, tras el descenso del 20,2% en marzo, es bajar aún más los precios de la vivienda, ya que "demanda hay".
Encinar afirmó que, una vez terminado el efecto fiscal que animó las ventas a finales de 2010, "si no se bajan los precios, no se reanimará el crédito a corto plazo", ya que el resto de los factores que mantienen la sequía en el mercado, el endurecimiento de las condiciones de financiación y el paro, necesitarán más tiempo para resolverse.
En este contexto, argumentó también que el vendedor particular solo cuenta con el arma de los precios para competir con la banca, que está concediendo financiación "preferentemente" para vender parte de su stock y que ya está ajustando mucho sus precios.
Comisión de Peticiones: Un joven español pide en la Eurocámara "democracia real"
http://www.nuevatribuna.es/articulo/sociedad/2011-05-24/joven-espanol-pide-eurocamara-democracia-real/2011052415175200433.html
Un joven español pide en la Eurocámara "democracia real".
Alrededor de un centenar de 'indignados' asaltan la sede de la televisión autonómica '7 Región de Murcia' al grito de "no somos violentos".
nuevatribuna.es. 24 Mayo 2011
Un joven español ha interrumpido una sesión de la comisión de Peticiones del Parlamento Europeo para pedir "democracia real ya" y criticar a la clase política, en línea con el movimiento de protesta 15M que ha surgido en España.
Los eurodiputados escuchaban las quejas de varios ciudadanos españoles que han acudido a la Eurocámara para denunciar la aplicación de la Ley de costas española y su impacto en el derecho de propiedad.
Aprovechando un momento de confusión en el turno de palabra asignado a los ciudadanos, un joven que ocupaba uno de los asientos reservados a eurodiputados y peticionarios ha pedido el uso de la palabra.
"Se ha hablado de muchas cosas de la Ley de Costas, pero a mí lo que me gustaría decir (..) queremos democracia real ya", ha declarado el joven, ignorando los intentos de la presidencia de la comisión por interrumpir su intervención, lo que ha impedido escuchar por completo la reclamación del joven.
Las palabras del joven 'indignado' han recibido algún aplauso en la sala y se ha escuchado un grito de 'ladrones' cuando el micrófono de este interviniente ya había sido apagado, grito al que se han sumado otros peticionarios.
Fuentes del movimiento 'Democracia Real Ya - Bruselas' han indicado que no es un activista del grupo ni forma parte de ninguna acción prevista por ellos.
Se trata de un peticionario procedente de Baleares en desacuerdo con la Ley de costas y que en su asiento ha mostrado un cartel con el lema 'Real Democracy in Spain now'.
Más tarde en la sesión ha intervenido por s2º vez, cuando se le ha dado la palabra para exponer su caso.
Entonces ha pedido "disculpas" por su 1ª declaración y ha asegurado que no hace política, "ni de unos, ni de otros", sino que defiende los derechos de su familia.
'Indignados' irrumpen en la TV autonómica murciana
Alrededor de un centenar de 'indignados' han asaltado la sede de la televisión autonómica '7 Región de Murcia' al grito de "no somos violentos", accediendo a sus dependencias, donde han procedido a leer un manifiesto y luego se han marchado, según ha informado un trabajador de la redacción.
Los hechos han ocurrido sobre las 12.45 horas, cuando la Benemérita ha recibido una llamada de la televisión informando que unos 80 jóvenes con pancartas habían irrumpido, a la fuerza, en la sede produciendo, al mismo tiempo, daños en el mobiliario y "dando empujones a los empleados".
Un trabajador de '7RM' ha explicado que en un primer momento pensaban que se trataba de invitados a algún programa pero cuando han visto que "han invadido por completo" la redacción, se han percatado de que eran los 'indignados'.
"Nos hemos quedado atónitos", confesaba este trabajador, quien ha advertido que estos jóvenes se han saltado las medidas de seguridad existentes y "han tomado la redacción" para leer un manifiesto y denunciar la "manipulación" que sufren los periodistas.
Uno de los miembros se ha subido a la mesa y ha dado lectura a dicho manifiesto, en el que se reivindica "una televisión pública de calidad y plural, donde no haya traspaso de dinero del consejero delegado a su productora".
Además, han hecho un recuento del presupuesto de la televisión en estos últimos años.
Tras concluir su lectura, estos jóvenes han aplaudido y se han marchado coreando consignas de 'No somos violentos' y 'Este movimiento no lo para nadie'.
La Guardia Civil se ha personado en el lugar para tratar de identificar a estos jóvenes, según han informado fuentes próximas.
Un joven español pide en la Eurocámara "democracia real".
Alrededor de un centenar de 'indignados' asaltan la sede de la televisión autonómica '7 Región de Murcia' al grito de "no somos violentos".
nuevatribuna.es. 24 Mayo 2011
Un joven español ha interrumpido una sesión de la comisión de Peticiones del Parlamento Europeo para pedir "democracia real ya" y criticar a la clase política, en línea con el movimiento de protesta 15M que ha surgido en España.
Los eurodiputados escuchaban las quejas de varios ciudadanos españoles que han acudido a la Eurocámara para denunciar la aplicación de la Ley de costas española y su impacto en el derecho de propiedad.
Aprovechando un momento de confusión en el turno de palabra asignado a los ciudadanos, un joven que ocupaba uno de los asientos reservados a eurodiputados y peticionarios ha pedido el uso de la palabra.
"Se ha hablado de muchas cosas de la Ley de Costas, pero a mí lo que me gustaría decir (..) queremos democracia real ya", ha declarado el joven, ignorando los intentos de la presidencia de la comisión por interrumpir su intervención, lo que ha impedido escuchar por completo la reclamación del joven.
Las palabras del joven 'indignado' han recibido algún aplauso en la sala y se ha escuchado un grito de 'ladrones' cuando el micrófono de este interviniente ya había sido apagado, grito al que se han sumado otros peticionarios.
Fuentes del movimiento 'Democracia Real Ya - Bruselas' han indicado que no es un activista del grupo ni forma parte de ninguna acción prevista por ellos.
Se trata de un peticionario procedente de Baleares en desacuerdo con la Ley de costas y que en su asiento ha mostrado un cartel con el lema 'Real Democracy in Spain now'.
Más tarde en la sesión ha intervenido por s2º vez, cuando se le ha dado la palabra para exponer su caso.
Entonces ha pedido "disculpas" por su 1ª declaración y ha asegurado que no hace política, "ni de unos, ni de otros", sino que defiende los derechos de su familia.
'Indignados' irrumpen en la TV autonómica murciana
Alrededor de un centenar de 'indignados' han asaltado la sede de la televisión autonómica '7 Región de Murcia' al grito de "no somos violentos", accediendo a sus dependencias, donde han procedido a leer un manifiesto y luego se han marchado, según ha informado un trabajador de la redacción.
Los hechos han ocurrido sobre las 12.45 horas, cuando la Benemérita ha recibido una llamada de la televisión informando que unos 80 jóvenes con pancartas habían irrumpido, a la fuerza, en la sede produciendo, al mismo tiempo, daños en el mobiliario y "dando empujones a los empleados".
Un trabajador de '7RM' ha explicado que en un primer momento pensaban que se trataba de invitados a algún programa pero cuando han visto que "han invadido por completo" la redacción, se han percatado de que eran los 'indignados'.
"Nos hemos quedado atónitos", confesaba este trabajador, quien ha advertido que estos jóvenes se han saltado las medidas de seguridad existentes y "han tomado la redacción" para leer un manifiesto y denunciar la "manipulación" que sufren los periodistas.
Uno de los miembros se ha subido a la mesa y ha dado lectura a dicho manifiesto, en el que se reivindica "una televisión pública de calidad y plural, donde no haya traspaso de dinero del consejero delegado a su productora".
Además, han hecho un recuento del presupuesto de la televisión en estos últimos años.
Tras concluir su lectura, estos jóvenes han aplaudido y se han marchado coreando consignas de 'No somos violentos' y 'Este movimiento no lo para nadie'.
La Guardia Civil se ha personado en el lugar para tratar de identificar a estos jóvenes, según han informado fuentes próximas.
La Jueza Ana Mª Herrero: En el juzgado mando YO.......
http://www.20minutos.es/noticia/1062351/0/jueza/mujer/hombres/#social
"En el juzgado mando yo aunque los abogados sean hombres"
La jueza Ana Mª Herrero recibió a manos del Rey su despacho en el Juzgado de La Línea de la Concepción (Cádiz). Sevillana de 30 años, ya trabaja en el Juzgado de La Línea de la Concepción (Cádiz) junto a 3 juezas más y 1 juez.
Eligió su profesión por vocación, es la primera en una familia sin abogados ni jueces.
Sus padres son ambos médicos.
No diga juez, diga jueza: 3 de cada 4 serán mujeres.
ECO ® PURI CARO. 24.05.2011
La carrera judicial estuvo vetada a las mujeres en España hasta 1966.
A día de hoy, 3 de cada 4 jueces son mujeres.
Y en la entrega de despachos a 135 magistrados, este lunes en el Auditori de Barcelona, un centenar son chicas de entre 30 y 35 años.
Ana María, sevillana de 30 años, ya trabaja en el Juzgado de La Línea de la Concepción (Cádiz) junto a 3 juezas más y 1 juez.
¿Ya ha pisado su Juzgado?
Sí, llevo unas semanas.Es un destino complicado por los casos que se dan de tráfico de drogas y contrabando de tabaco.
Pero estoy muy contenta porque puedo trabajar cerca de mi casa en Jerez.
Aunque las referencias que me llegaban era de que no lo cogiera, que era un juzgado duro.
¿Cuál será su función?
Seré jueza de primera instancia, instrucción y registro civil. ¿Donde esta su especialización?
Me encargo de la parte penal y la referente a divorcios, incapacitaciones, ejecuciones hipotecarias....
Seguro que en el futuro habrá juezas en puestos decisivos porque somos mayoría.
Ningún caramelo.¿Ya ha enviado a alguien a la cárcel?¿Qué recuerda del trance?
Ya he mandado a 2 personas a la cárcel y la sensación no es nada buena.
Uno era un joven cargador de droga en lanchas motoras.
Y me dio pena porque no sé si son conscientes de dónde se meten.
Pero juegan con la salud de la gente.
¿Pena por qué?
No por ir a prisión, que es simplemente la aplicación de la ley.
Sino pena por no haber tenido otras oportunidades en la vida como las he podido tener yo.
¿Cómo se ve como jueza?
Manteniéndome en mi sitio.
Aunque me compensara más ceder, prefiero el disgusto interno de estar en mi lugar.
¿Qué valores aprecia más de su profesión?
La prudencia, la equidad formal y material y la cercanía a los ciudadanos en la medida de lo posible. Me gustaría que supieran que los jueces somos una forma de solucionar sus problemas. Y la capacidad de trabajo, claro. ¿Donde esta su especialización?
¿Por qué creen las juezas que hay más chicas que chicos en la escuela judicial?
Porque somos un poco más constantes que ellos con los estudios.
Una oposición así es dura y a los hombres les cuesta más estar en casa sin salir.
Aunque mis 35 compañeros lo han hecho.
¿Y luego deciden la vida de un ciudadano sin salir de casa durante cerca de 10 años?
¿Cuántos años de estudio ha dedicado en total?
5 en la carrera de Derecho, otros 5 en las oposiciones en Madrid con el fiscal de la Audiencia Nacional Juan Moral de tutor y 2 años de prácticas tuteladas.
¿Se ha sentido o cree que la podrán prejuzgar por ser una mujer con toga?
No lo he sentido nunca ni creo que lo sienta.
Lo únicos que me ha llegado es que en temas de familia podemos llegar a tener otra sensibilidad como juezas pero eso es muy relativo.
Mi sentimiento es que en el juzgado mando yo aunque los abogados sean hombres.
"En el juzgado mando yo aunque los abogados sean hombres"
La jueza Ana Mª Herrero recibió a manos del Rey su despacho en el Juzgado de La Línea de la Concepción (Cádiz). Sevillana de 30 años, ya trabaja en el Juzgado de La Línea de la Concepción (Cádiz) junto a 3 juezas más y 1 juez.
Eligió su profesión por vocación, es la primera en una familia sin abogados ni jueces.
Sus padres son ambos médicos.
No diga juez, diga jueza: 3 de cada 4 serán mujeres.
ECO ® PURI CARO. 24.05.2011
La carrera judicial estuvo vetada a las mujeres en España hasta 1966.
A día de hoy, 3 de cada 4 jueces son mujeres.
Y en la entrega de despachos a 135 magistrados, este lunes en el Auditori de Barcelona, un centenar son chicas de entre 30 y 35 años.
Ana María, sevillana de 30 años, ya trabaja en el Juzgado de La Línea de la Concepción (Cádiz) junto a 3 juezas más y 1 juez.
¿Ya ha pisado su Juzgado?
Sí, llevo unas semanas.Es un destino complicado por los casos que se dan de tráfico de drogas y contrabando de tabaco.
Pero estoy muy contenta porque puedo trabajar cerca de mi casa en Jerez.
Aunque las referencias que me llegaban era de que no lo cogiera, que era un juzgado duro.
¿Cuál será su función?
Seré jueza de primera instancia, instrucción y registro civil. ¿Donde esta su especialización?
Me encargo de la parte penal y la referente a divorcios, incapacitaciones, ejecuciones hipotecarias....
Seguro que en el futuro habrá juezas en puestos decisivos porque somos mayoría.
Ningún caramelo.¿Ya ha enviado a alguien a la cárcel?¿Qué recuerda del trance?
Ya he mandado a 2 personas a la cárcel y la sensación no es nada buena.
Uno era un joven cargador de droga en lanchas motoras.
Y me dio pena porque no sé si son conscientes de dónde se meten.
Pero juegan con la salud de la gente.
¿Pena por qué?
No por ir a prisión, que es simplemente la aplicación de la ley.
Sino pena por no haber tenido otras oportunidades en la vida como las he podido tener yo.
¿Cómo se ve como jueza?
Manteniéndome en mi sitio.
Aunque me compensara más ceder, prefiero el disgusto interno de estar en mi lugar.
¿Qué valores aprecia más de su profesión?
La prudencia, la equidad formal y material y la cercanía a los ciudadanos en la medida de lo posible. Me gustaría que supieran que los jueces somos una forma de solucionar sus problemas. Y la capacidad de trabajo, claro. ¿Donde esta su especialización?
¿Por qué creen las juezas que hay más chicas que chicos en la escuela judicial?
Porque somos un poco más constantes que ellos con los estudios.
Una oposición así es dura y a los hombres les cuesta más estar en casa sin salir.
Aunque mis 35 compañeros lo han hecho.
¿Y luego deciden la vida de un ciudadano sin salir de casa durante cerca de 10 años?
¿Cuántos años de estudio ha dedicado en total?
5 en la carrera de Derecho, otros 5 en las oposiciones en Madrid con el fiscal de la Audiencia Nacional Juan Moral de tutor y 2 años de prácticas tuteladas.
¿Se ha sentido o cree que la podrán prejuzgar por ser una mujer con toga?
No lo he sentido nunca ni creo que lo sienta.
Lo únicos que me ha llegado es que en temas de familia podemos llegar a tener otra sensibilidad como juezas pero eso es muy relativo.
Mi sentimiento es que en el juzgado mando yo aunque los abogados sean hombres.
martes, 24 de mayo de 2011
La mediación no se ha desarrollado por igual en Europa
https://e-justice.europa.eu/contentPresentation.do?idTaxonomy=64&plang=es&vmac=qEaK_MMelaLSWRHdhv_FTUQ3iFQ1Mkk6V6xRBV-BDtdC_SOtPTYDKfn0ADmxhIxpSCoAXnYo1vC993Eq2HbynwAABk0AAAJV
Última actualización: 01/05/2010
La mediación no se ha desarrollado por igual en todos los Estados miembros.
Algunos se han dotado de un sistema completo de legislación y normas procesales sobre la mediación, mientras que, en otros, los órganos legislativos han mostrado escaso interés en reglamentar estos procedimientos.
Existen, por otra parte, ciertos Estados miembros que tienen una arraigada tradición de mediación, basada esencialmente en la autorregulación.
El número de conflictos que acaban ante los tribunales es cada vez mayor.
Este fenómeno tiene 2 consecuencias: no sólo se han alargado los plazos de espera hasta la resolución de los conflictos, sino que los costes judiciales han aumentado hasta tal punto que a menudo no guardan proporción con el valor económico del conflicto.
En la mayoría de los casos, la mediación es más rápida y, por consiguiente, más barata que los pleitos judiciales ordinarios.
Esto resulta especialmente cierto en aquellos países en los que los tribunales tienen una gran carga de trabajo acumulada y donde la duración media del procedimiento judicial es de varios años.
Por esta razón, a pesar de las disparidades existentes dentro de la Unión Europea entre los métodos de mediación y los ámbitos sujetos a mediación, este método de solución de conflictos suscita cada vez más interés como alternativa a las resoluciones judiciales.
La información que figura en la presente página no refleja necesariamente la posición ofical de la Comisión Europea.
La Comisión no asume ningún tipo de responsabilidad con respecto a la información o los datos contenidos o mencionados en el presente documento.
Consúltese el aviso jurídico relativo a las normas sobre derechos de autor en relación con las páginas europeas.
Última actualización: 01/05/2010
La mediación no se ha desarrollado por igual en todos los Estados miembros.
Algunos se han dotado de un sistema completo de legislación y normas procesales sobre la mediación, mientras que, en otros, los órganos legislativos han mostrado escaso interés en reglamentar estos procedimientos.
Existen, por otra parte, ciertos Estados miembros que tienen una arraigada tradición de mediación, basada esencialmente en la autorregulación.
El número de conflictos que acaban ante los tribunales es cada vez mayor.
Este fenómeno tiene 2 consecuencias: no sólo se han alargado los plazos de espera hasta la resolución de los conflictos, sino que los costes judiciales han aumentado hasta tal punto que a menudo no guardan proporción con el valor económico del conflicto.
En la mayoría de los casos, la mediación es más rápida y, por consiguiente, más barata que los pleitos judiciales ordinarios.
Esto resulta especialmente cierto en aquellos países en los que los tribunales tienen una gran carga de trabajo acumulada y donde la duración media del procedimiento judicial es de varios años.
Por esta razón, a pesar de las disparidades existentes dentro de la Unión Europea entre los métodos de mediación y los ámbitos sujetos a mediación, este método de solución de conflictos suscita cada vez más interés como alternativa a las resoluciones judiciales.
La información que figura en la presente página no refleja necesariamente la posición ofical de la Comisión Europea.
La Comisión no asume ningún tipo de responsabilidad con respecto a la información o los datos contenidos o mencionados en el presente documento.
Consúltese el aviso jurídico relativo a las normas sobre derechos de autor en relación con las páginas europeas.
PRIVACIÓN DE TUTELA SIN AUDIENCIA DEL PROGENITOR
http://cmiskp.echr.coe.int/tkp197/view.asp?item=13&portal=hbkm&action=html&highlight=&sessionid=71322566&skin=hudoc-en
PRIVACIÓN DE TUTELA SIN AUDIENCIA DEL PROGENITOR
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Saleck Bardi c. España (n.° de demanda 66167/09).
La recurrente, de origen saharaui, invoca la violación de los artículos 6 y 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativos al derecho a un proceso equitativo y al respeto de la vida familiar, por haber sido privada de la tutela de su hija menor sin que haya podido intervenir en el procedimiento.
Los hechos se remiten al año 2002, cuando su hija fue enviada a España para pasar sus vacaciones de verano en el seno de una familia de acogida.
Debido a una enfermedad repentina de la menor, el plazo inicial de estancia fue prolongado hasta que en marzo de 2004 la recurrente reclamó el retorno de su hija al país de origen.
La familia de acogida se negó a entregar a la pequeña, debido a las pésimas condiciones en que la menor se encontraba antes y a que su madre estaba residiendo en los campos de refugiados de Tindouf, Argelia.
Tanto el Juzgado de Familia de Murcia como la Audiencia Provincial decidieron acordar la tutela de la menor a favor de la familia de acogida, debido a que la niña, ya con 15 años de edad, había declarado que no quería regresar con su madre biológica, sino seguir viviendo en España.
Finalmente, el TEDH ha reconocido el incumplimiento del artículo 8 CEDH, por no haber asegurado las autoridades competentes españoles el reencuentro de la madre con su hija, faltando de esta manera a la diligencia exigida por las normas internacionales.
PRIVACIÓN DE TUTELA SIN AUDIENCIA DEL PROGENITOR
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Saleck Bardi c. España (n.° de demanda 66167/09).
La recurrente, de origen saharaui, invoca la violación de los artículos 6 y 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativos al derecho a un proceso equitativo y al respeto de la vida familiar, por haber sido privada de la tutela de su hija menor sin que haya podido intervenir en el procedimiento.
Los hechos se remiten al año 2002, cuando su hija fue enviada a España para pasar sus vacaciones de verano en el seno de una familia de acogida.
Debido a una enfermedad repentina de la menor, el plazo inicial de estancia fue prolongado hasta que en marzo de 2004 la recurrente reclamó el retorno de su hija al país de origen.
La familia de acogida se negó a entregar a la pequeña, debido a las pésimas condiciones en que la menor se encontraba antes y a que su madre estaba residiendo en los campos de refugiados de Tindouf, Argelia.
Tanto el Juzgado de Familia de Murcia como la Audiencia Provincial decidieron acordar la tutela de la menor a favor de la familia de acogida, debido a que la niña, ya con 15 años de edad, había declarado que no quería regresar con su madre biológica, sino seguir viviendo en España.
Finalmente, el TEDH ha reconocido el incumplimiento del artículo 8 CEDH, por no haber asegurado las autoridades competentes españoles el reencuentro de la madre con su hija, faltando de esta manera a la diligencia exigida por las normas internacionales.
El Parlamento Europeo recibió 1.655 peticiones ciudadanas en 2010
http://www.europarl.europa.eu/es/headlines/content/20110513STO19332/html/El-Parlamento-Europeo-recibi%C3%B3-1.655-peticiones-ciudadanas-en-2010
El Parlamento Europeo recibió 1.655 peticiones ciudadanas en 2010
Instituciones − 16-05-2011
La primera petición al PE data de 1958
Según el informe 2010 de la comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, el medio ambiente y los derechos fundamentales se mantienen como los temas que centran más comunicaciones de los ciudadanos europeos con la Eurocámara.
El documento, elaborado por el eurodiputado español Willy Meyer, del grupo de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica, muestra que la gran mayoría de los usuarios (un 63 %) se decantaron por el uso de internet para hacer llegar sus peticiones.
El informe será votado por la comisión el 14 de junio, y está previsto que el pleno de la Cámara haga lo propio en la sesión plenaria del próximo 4 de julio.
Dado que la iniciativa ciudadana entrará en vigor en 2012, y teniendo en cuenta que el Año Europeo de la Ciudadanía también está próximo (2013), a continuación repasamos los momentos más significativos de la ciudadanía europea.
Un lento despertar
Hace siglos, se elevaban peticiones a los soberanos, bien para solicitar protección en caso de abusos o para obtener ayuda (económica fundamentalmente) en momentos de adversidad. Las actuales peticiones ciudadanas europeas son documentos escritos que urgen al PE a tomar medidas sobre un asunto determinado, o señalan fallos a la hora de aplicar la normativa europea en sus propios países.
Resulta llamativa la evolución que ha experimentado con el paso de los años la comisión parlamentaria de Peticiones.
La primera petición data de 1958, año en que daba sus primeros pasos la Asamblea Parlamentaria (ahora Parlamento Europeo).
Desde los Países Bajos, se solicitaba una compensación por los perjuicios causados por un problema de fraude relacionado con la chatarra.
La segunda petición se hizo esperar hasta 1964, y hasta 1974 no llegaron más de 10 por año. Conforme el PE ha visto aumentar sus atribuciones, el número de peticiones se ha multiplicado.
En 2010 se recibieron un total de 1.655, entre individuales y las colectivas.
Las peticiones de 2010
Maniobras y estafas de altos cargos de determinadas compañías, infracciones de las normas medioambientales de la UE, el no reconocimiento de titulaciones o exigencias de mejora del sistema de etiquetado de alimentos fueron algunos de los asuntos que centraron la atención de los ciudadanos en 2010.
De las 1.655 peticiones recibidas por el Parlamento Europeo, 864 (el 52 % del total) fueron admitidas a trámite, tras comprobarse que se enmarcaban en las competencias de la UE.
Por tanto, las peticiones no admitidas son aquellas que:
1.- no competen a la Unión Europea sino al ámbito nacional o bien
2.- al Consejo y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
3.- Las quejas relacionadas con los fallos que dictan los tribunales nacionales también se consideran fuera de la órbita de competencia de la UE.
Más de la mitad de las peticiones recibidas el año pasado atañen a España, y el español es la 3ª lengua más empleada por los peticionarios, por detrás de alemán e inglés.
Un total de 409 peticiones fueron enviadas por ciudadanos alemanes, quienes más lo hicieron, seguidos de los españoles, que mandaron 261.
En cambio Estonia, Eslovenia y Eslovaquia fueron las naciones menos activas en este sentido. Un año más, el medio ambiente y los derechos fundamentales fueron los temas más referidos por los ciudadanos.
La iniciativa ciudadana: un nuevo mecanismo
Mientras que las peticiones se ciñen a leyes de la normativa comunitaria que pueden haber sido vulneradas, la llamada "iniciativa ciudadana", en vigor a partir de abril de 2012, permitirá a los ciudadanos elaborar propuestas para crear nuevas leyes.
Pueden ser planteadas por un grupo de al menos 7 personas procedentes de diferentes Estados miembros, que cuenten con el respaldo de 1 millón de firmas reunidas en menos de 1 año.
La Comisión Europea dispondrá de 3 meses para examinar la iniciativa y actuar en consecuencia.
Esto será posible a partir del 1 de Abril de 2012.
La cuenta atrás ha comenzado; sólo queda por ver quién será el primero en hacer uso de este mecanismo.
Peticiones al Parlamento Europeo:
http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?language=ES&id=49
El Parlamento Europeo recibió 1.655 peticiones ciudadanas en 2010
Instituciones − 16-05-2011
La primera petición al PE data de 1958
Según el informe 2010 de la comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, el medio ambiente y los derechos fundamentales se mantienen como los temas que centran más comunicaciones de los ciudadanos europeos con la Eurocámara.
El documento, elaborado por el eurodiputado español Willy Meyer, del grupo de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica, muestra que la gran mayoría de los usuarios (un 63 %) se decantaron por el uso de internet para hacer llegar sus peticiones.
El informe será votado por la comisión el 14 de junio, y está previsto que el pleno de la Cámara haga lo propio en la sesión plenaria del próximo 4 de julio.
Dado que la iniciativa ciudadana entrará en vigor en 2012, y teniendo en cuenta que el Año Europeo de la Ciudadanía también está próximo (2013), a continuación repasamos los momentos más significativos de la ciudadanía europea.
Un lento despertar
Hace siglos, se elevaban peticiones a los soberanos, bien para solicitar protección en caso de abusos o para obtener ayuda (económica fundamentalmente) en momentos de adversidad. Las actuales peticiones ciudadanas europeas son documentos escritos que urgen al PE a tomar medidas sobre un asunto determinado, o señalan fallos a la hora de aplicar la normativa europea en sus propios países.
Resulta llamativa la evolución que ha experimentado con el paso de los años la comisión parlamentaria de Peticiones.
La primera petición data de 1958, año en que daba sus primeros pasos la Asamblea Parlamentaria (ahora Parlamento Europeo).
Desde los Países Bajos, se solicitaba una compensación por los perjuicios causados por un problema de fraude relacionado con la chatarra.
La segunda petición se hizo esperar hasta 1964, y hasta 1974 no llegaron más de 10 por año. Conforme el PE ha visto aumentar sus atribuciones, el número de peticiones se ha multiplicado.
En 2010 se recibieron un total de 1.655, entre individuales y las colectivas.
Las peticiones de 2010
Maniobras y estafas de altos cargos de determinadas compañías, infracciones de las normas medioambientales de la UE, el no reconocimiento de titulaciones o exigencias de mejora del sistema de etiquetado de alimentos fueron algunos de los asuntos que centraron la atención de los ciudadanos en 2010.
De las 1.655 peticiones recibidas por el Parlamento Europeo, 864 (el 52 % del total) fueron admitidas a trámite, tras comprobarse que se enmarcaban en las competencias de la UE.
Por tanto, las peticiones no admitidas son aquellas que:
1.- no competen a la Unión Europea sino al ámbito nacional o bien
2.- al Consejo y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
3.- Las quejas relacionadas con los fallos que dictan los tribunales nacionales también se consideran fuera de la órbita de competencia de la UE.
Más de la mitad de las peticiones recibidas el año pasado atañen a España, y el español es la 3ª lengua más empleada por los peticionarios, por detrás de alemán e inglés.
Un total de 409 peticiones fueron enviadas por ciudadanos alemanes, quienes más lo hicieron, seguidos de los españoles, que mandaron 261.
En cambio Estonia, Eslovenia y Eslovaquia fueron las naciones menos activas en este sentido. Un año más, el medio ambiente y los derechos fundamentales fueron los temas más referidos por los ciudadanos.
La iniciativa ciudadana: un nuevo mecanismo
Mientras que las peticiones se ciñen a leyes de la normativa comunitaria que pueden haber sido vulneradas, la llamada "iniciativa ciudadana", en vigor a partir de abril de 2012, permitirá a los ciudadanos elaborar propuestas para crear nuevas leyes.
Pueden ser planteadas por un grupo de al menos 7 personas procedentes de diferentes Estados miembros, que cuenten con el respaldo de 1 millón de firmas reunidas en menos de 1 año.
La Comisión Europea dispondrá de 3 meses para examinar la iniciativa y actuar en consecuencia.
Esto será posible a partir del 1 de Abril de 2012.
La cuenta atrás ha comenzado; sólo queda por ver quién será el primero en hacer uso de este mecanismo.
Peticiones al Parlamento Europeo:
http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?language=ES&id=49