http://www.publico.es/espana/314667/custodia/complica/debate/igualdad
La custodia complica el debate por la igualdad.
La obligación de compartir el cuidado de los hijos divide a progenitores, juristas y feministas.
SUSANA HIDALGO MADRID 22/05/2010
El debate social está de nuevo abierto:
¿la custodia compartida favorece la igualdad entre hombres y mujeres o perjudica a las madres y a los menores?
La aprobación el jueves pasado en las Cortes aragonesas de la primera ley que da prioridad en España a la custodia compartida, en el caso de que la pareja no se ponga de acuerdo, ha provocado una fuerte polémica salpicada de opiniones a favor y en contra.
A nivel estatal, el Gobierno, de momento, no entra en el debate:
el Ministerio de Justicia no tiene previsto ninguna reforma en este aspecto y el de Igualdad no quiere posicionarse hasta no haber estudiado con profundidad la letra pequeña de la ley aragonesa.
"Esta ley no cuenta con la estabilidad del niño", opina una madre.
La última reforma del Código Civil de 2005 fue la que introdujo por primera vez el término "custodia compartida", que se puede establecer cuando los padres están de acuerdo y, si no lo están, es el juez el que tiene que decidirlo, siempre y cuando tenga un informe favorable del ministerio fiscal.
En España se divorcian o separan al año unos 100.000 matrimonios y, de ellos, tan sólo un 10% se muestra favorable a este régimen de cuidado de los menores, según datos de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, que considera que no hay un reclamo social para este cambio legislativo.
En la otra cara de la polémica se sitúa la Confederación Española de Federaciones y Asociaciones de Madres y Padres Divorciados, que aplaude la norma aragonesa y la califica de "igualitaria" porque reparte la convivencia con los hijos al 50 %.
"Cada caso tiene que ser revisado de manera individual", dice una letrada.
Emilio Martínez, de 44 años, es una de las personas separadas que está a favor de la custodia compartida. Pero el juez no se la concedió.
Él considera que cumplía todos los requisitos para que el magistrado le otorgara el cuidado a medias de sus hijos. "Si no me la dieron a mí, no se la darán a nadie", afirma.
Martínez es padre de una hija de 12 años y de un niño de 6.
Ambos crecieron juntos en una peluquería ya que, tanto la madre como el padre, trabajaban allí. "He disfrutado como nadie de ellos hasta que me he separado", afirma el padre, que reside en Alaquàs, una localidad del País Valenciano.
Esta es una de las autonomías, junto con Catalunya, que está inmersa en pleno proceso de elaboración de su propia norma, informa Toni García de Dios.
Régimen de visitas
Él y su ex pareja tienen 2 viviendas en la misma calle y el colegio cercano a ambos domicilios, pero el juez le dio los niños a la madre.
Martínez vive ahora una situación de régimen de visitas, ve a sus hijos 1 día con pernocta y 1 fin de semana alternativo.
"Estamos hablando de personas y no de tartas, no podemos partirnos 15 días cada uno, no tiene que ser algo fijo y hay que adaptarnos a esas circunstancias y a la disponibilidad de cada caso", critica.
La postura de este hombre la comparte Luis Zarraluqui, abogado de familia, que cree que la ley aragonesa corresponde "a los tiempos en los que estamos".
Lucía López, abogada especialista en derecho de la familia, tiene la misma postura.
"La custodia compartida va a ser una tendencia, y hablo del futuro porque en el presente no es así. Hay una demanda social para su implantación, pero no está siendo así en los juzgados", señala López, favorable a la medida.
Esta letrada no entiende las críticas a la ley aragonesa por parte de las asociaciones de mujeres, porque considera que es una norma "progresista".
"Si queremos igualdad de sueldos, de todo, también tiene que haber igualdad en el cuidado de los hijos", opina López.
Algo de lo que discrepan sin fisuras organizaciones de defensa de los derechos de la mujer como Themis o la Federación de Mujeres Progresistas, que creen que la norma beneficia a las asociaciones de hombres y perjudica a la mujer y a los menores.
La abogada de familia María José Balda piensa que cada caso tiene que ser juzgado individualmente para establecer si lo mejor para el menor es la custodia compartida o la individual.
"Cuestiones como la relación entre los progenitores, las distancias entre los domicilios , los horarios laborales o la edad de los niños tienen que pesar mucho más en la decisión del juez que este planteamiento de la ley", señala la letrada.
Pilar Vidal, valenciana de 36 años, se separó en 2006, aunque no tramitó su divorció hasta hace pocos meses. Es madre de un niño de 5 años y es contraria a la custodia compartida.
"No se tiene en cuenta la estabilidad emocional del niño, ya que este debe tener claro dónde vive, si pasa una semana o 15 días con cada uno eso lo desestabiliza. Habría que revisar cada caso de forma individual", asegura.
Para esta mujer, la ley aragonesa "obedece a un interés por lo políticamente correcto, pero esa no es la realidad, además algunas mujeres se han aprovechado de la situación y ahora quieren que lo paguemos todas".
"Aunque cada caso es diferente", indica Pilar, "como norma general, los padres y las madres se toman de forma diferente cuando hay un divorcio, ellos enseguida rehacen su vida y somos nosotras las que nos ocupamos más del niño".
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 22 de mayo de 2010
En Catalunya primará el interés del menor
http://www.publico.es/espana/314668/catalunya/primarael/interes/menor
Catalunya primará el interés del menor
La reforma legal prevé que el juez tenga la última palabra
ALBERT MARTÍN VIDAL BARCELONA 22/05/2010
Que prevalezca el bien del menor.
Con esta filosofía ha trabajado el Govern catalán en el anteproyecto de reforma del Libro II del Código Civil, que entre otras novedades transforma la custodia compartida en la fórmula mayoritaria tras un divorcio.
El Parlament debate la ponencia la siguiente semana y la reforma podría ser votada próximamente.
Las particularidades del modelo catalán son que no emplea el concepto de "custodia compartida"y que deja siempre al juez la última palabra.
CiU rechaza la medida si no hay acuerdo previo entre progenitores.
Los padres deberán presentar un plan de parentalidad que pueden redactar antes de la separación y es el juez quien debe dar su visto bueno.
En caso de que los padres no se pongan de acuerdo, el juez es quien decide, pero siempre con la filosofía que propugnará el nuevo Código: que la custodia compartida es la mejor fórmula.
Este es precisamente el punto que suscita las críticas de los detractores de este modelo.
En CiU defienden "la libertad de que los padres hagan lo que decidan hacer".
Así se expresa la diputada Núria de Gispert, que lamenta la "falta de consenso en el Tripartito" a la hora de elaborar el texto y lo que considera "un disparate":
"Que un juez fuerce la custodia compartida aunque los padres no estén de acuerdo no es bueno para los niños".
Fuentes del Departament de Justícia rebaten este argumento apelando al espíritu que rige la nueva legislación: "El bien del menor está ahora por encima de lo que digan los padres".
El PP, por su parte, anuncia que votará a favor de este cambio en la normativa porque "comparte" la filosofía de la custodia compartida.
Varios colectivos celebran que el nuevo Código se adapte a los tiempos.
El proyecto legislativo ha obtenido un amplio consenso entre las entidades catalanas, convencidas de que actualiza una norma que estaba inspirada en un tiempo en que los tipos de familia y los roles eran distintos.
El presidente de la Sociedad Catalana de Abogados de Familia, Ramón Tamborero, cree que la solución del Govern es "la menos mala", aunque sostiene que durante la discusión de la ley se ha diluido su sentido inicial, ya que inicialmente preveía la custodia compartida automática en la práctica totalidad de los casos.
Sin embargo, apunta que "la sociedad actual no está preparada para asumir que la custodia compartida es lo normal, igual que en 1981 no estaba preparada para asumir el divorcio".
Catalunya primará el interés del menor
La reforma legal prevé que el juez tenga la última palabra
ALBERT MARTÍN VIDAL BARCELONA 22/05/2010
Que prevalezca el bien del menor.
Con esta filosofía ha trabajado el Govern catalán en el anteproyecto de reforma del Libro II del Código Civil, que entre otras novedades transforma la custodia compartida en la fórmula mayoritaria tras un divorcio.
El Parlament debate la ponencia la siguiente semana y la reforma podría ser votada próximamente.
Las particularidades del modelo catalán son que no emplea el concepto de "custodia compartida"y que deja siempre al juez la última palabra.
CiU rechaza la medida si no hay acuerdo previo entre progenitores.
Los padres deberán presentar un plan de parentalidad que pueden redactar antes de la separación y es el juez quien debe dar su visto bueno.
En caso de que los padres no se pongan de acuerdo, el juez es quien decide, pero siempre con la filosofía que propugnará el nuevo Código: que la custodia compartida es la mejor fórmula.
Este es precisamente el punto que suscita las críticas de los detractores de este modelo.
En CiU defienden "la libertad de que los padres hagan lo que decidan hacer".
Así se expresa la diputada Núria de Gispert, que lamenta la "falta de consenso en el Tripartito" a la hora de elaborar el texto y lo que considera "un disparate":
"Que un juez fuerce la custodia compartida aunque los padres no estén de acuerdo no es bueno para los niños".
Fuentes del Departament de Justícia rebaten este argumento apelando al espíritu que rige la nueva legislación: "El bien del menor está ahora por encima de lo que digan los padres".
El PP, por su parte, anuncia que votará a favor de este cambio en la normativa porque "comparte" la filosofía de la custodia compartida.
Varios colectivos celebran que el nuevo Código se adapte a los tiempos.
El proyecto legislativo ha obtenido un amplio consenso entre las entidades catalanas, convencidas de que actualiza una norma que estaba inspirada en un tiempo en que los tipos de familia y los roles eran distintos.
El presidente de la Sociedad Catalana de Abogados de Familia, Ramón Tamborero, cree que la solución del Govern es "la menos mala", aunque sostiene que durante la discusión de la ley se ha diluido su sentido inicial, ya que inicialmente preveía la custodia compartida automática en la práctica totalidad de los casos.
Sin embargo, apunta que "la sociedad actual no está preparada para asumir que la custodia compartida es lo normal, igual que en 1981 no estaba preparada para asumir el divorcio".
Por las Subvenciones: AHIGE se desdice a los 2 días
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=392543
(Aragón) SOCIEDAD:Hombres por la Igualdad: la ley de custodia compartida va en contra de hijos
Madrid, 22 may 2010(EFE).-
La Asociación de Hombres por la Igualdad (AHIGE) se ha posicionado en contra de acordar por ley la custodia compartida como opción preferente cuando no hay acuerdo entre los padres, porque "pone en peligro" los derechos de las mujeres y de los hijos.
La organización de hombres defiende la custodia compartida "pactada y consensuada libremente entre los progenitores sin coacciones, cuando se dan las circunstancias adecuadas" y recuerda, en un comunicado, que esta opción ya está recogida en la legislación.
El Parlamento aragonés aprobó el pasado jueves la primera ley en España que fija que la custodia compartida será el régimen preferente que se adoptará siempre que no haya acuerdo previo entre los progenitores, que deberán especificar en un plan de relaciones laborales las cuestiones materiales, el destino de la vivienda familiar, el régimen de convivencia y si ha lugar a pensiones compensatorias.
Para la Asociación de Hombres por la Igualdad, "la custodia compartida preceptiva es un arma del nuevo machismo".
"Los derechos de las mujeres y de sus hijos e hijas están en peligro, frente al machismo disfrazado de neutralidad de aquellos hombres que no han conseguido encajar o aceptar la realidad del divorcio", explica.
Esta asociación masculina plantea que "el contramovimiento neomachista pretende vender de forma retorcida un '50 %' obligatorio en tiempo del cuidado de los hijos tras la separación cuando en la realidad no se ha dado ese reparto igualitario durante la convivencia, sino que ha sido por lo general la mujer la que ha ejercido de cuidadora primaria del menor antes de la ruptura y con la que más vinculado afectivamente se siente el menor".
En este sentido, explica que "si realmente se hubiera dado esa distribución del tiempo y el cuidado y hubiera comunicación entre ambos progenitores, se puede en estos momentos solicitar ya la custodia compartida".
"La custodia compartida obligatoria no responde a una demanda mayoritaria de la sociedad ni tampoco hará que los hombres se impliquen más en la crianza de los hijos, ni que acepten más el reparto de responsabilidades entre los progenitores, ya que la mayoría llegará a un acuerdo con la mujer para que ésta ejerza la custodia", explica.
Para Hombres por la Igualdad, "si se impone la custodia compartida no será en interés del menor, sino en interés del padre que fuerza esta medida, muy a menudo con ansias de "ganar" ventajas económicas, o con ansias de control o venganza sobre la mujer".
"La custodia exclusiva determinada por juez, ya sea para el hombre o para la mujer, no discrimina al hombre, sino que responde a la protección de los hijos", concluye.
(Aragón) SOCIEDAD:Hombres por la Igualdad: la ley de custodia compartida va en contra de hijos
Madrid, 22 may 2010(EFE).-
La Asociación de Hombres por la Igualdad (AHIGE) se ha posicionado en contra de acordar por ley la custodia compartida como opción preferente cuando no hay acuerdo entre los padres, porque "pone en peligro" los derechos de las mujeres y de los hijos.
La organización de hombres defiende la custodia compartida "pactada y consensuada libremente entre los progenitores sin coacciones, cuando se dan las circunstancias adecuadas" y recuerda, en un comunicado, que esta opción ya está recogida en la legislación.
El Parlamento aragonés aprobó el pasado jueves la primera ley en España que fija que la custodia compartida será el régimen preferente que se adoptará siempre que no haya acuerdo previo entre los progenitores, que deberán especificar en un plan de relaciones laborales las cuestiones materiales, el destino de la vivienda familiar, el régimen de convivencia y si ha lugar a pensiones compensatorias.
Para la Asociación de Hombres por la Igualdad, "la custodia compartida preceptiva es un arma del nuevo machismo".
"Los derechos de las mujeres y de sus hijos e hijas están en peligro, frente al machismo disfrazado de neutralidad de aquellos hombres que no han conseguido encajar o aceptar la realidad del divorcio", explica.
Esta asociación masculina plantea que "el contramovimiento neomachista pretende vender de forma retorcida un '50 %' obligatorio en tiempo del cuidado de los hijos tras la separación cuando en la realidad no se ha dado ese reparto igualitario durante la convivencia, sino que ha sido por lo general la mujer la que ha ejercido de cuidadora primaria del menor antes de la ruptura y con la que más vinculado afectivamente se siente el menor".
En este sentido, explica que "si realmente se hubiera dado esa distribución del tiempo y el cuidado y hubiera comunicación entre ambos progenitores, se puede en estos momentos solicitar ya la custodia compartida".
"La custodia compartida obligatoria no responde a una demanda mayoritaria de la sociedad ni tampoco hará que los hombres se impliquen más en la crianza de los hijos, ni que acepten más el reparto de responsabilidades entre los progenitores, ya que la mayoría llegará a un acuerdo con la mujer para que ésta ejerza la custodia", explica.
Para Hombres por la Igualdad, "si se impone la custodia compartida no será en interés del menor, sino en interés del padre que fuerza esta medida, muy a menudo con ansias de "ganar" ventajas económicas, o con ansias de control o venganza sobre la mujer".
"La custodia exclusiva determinada por juez, ya sea para el hombre o para la mujer, no discrimina al hombre, sino que responde a la protección de los hijos", concluye.
El máster para ser abogado será obligatorio en el 2012
http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=715818&idseccio_PK=&h=100522
EDUCACIÓN: El máster para ser abogado será obligatorio en el 2012
•Los graduados en Derecho tendrán que superar el curso para ejercer como letrados.
BARCELONA.22/05/2010
El máster oficial que dará acceso al ejercicio de la profesión de abogado, de 1 año de duración, se convertirá en un requisito indispensable a partir de octubre del 2011, o lo que es lo mismo: afectará de lleno a la promoción de titulados en Derecho que salga de las aulas en junio del 2012.
España dejará de ser entonces uno de los pocos países del mundo donde los recién licenciados están facultados para actuar como letrados sin más exigencia que la de haber ingresado en un colegio profesional.
Al igual que ha ocurrido con los titulados universitarios que aspiran a convertirse en profesores de ESO, FP y bachillerato, que ahora ya han de superar el máster de secundaria para poder impartir clases en la etapa, las exigencias en materia de formación van a ser mayores para los futuros abogados.
FALTA DE ACUERDO
El último Consejo de Universidades, donde se sientan el Gobierno y los rectores, celebrado el pasado jueves, ya vio el proyecto de real decreto por el que se aprueba el reglamento de la ley sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, pero las discrepancias sobre su contenido impidieron que del encuentro saliera un informe favorable al texto.
La cuestión está previsto que vuelva a plantearse el próximo martes en la convocatoria de la Conferencia General de Política Universitaria que reunirá, también en Madrid, a los responsables universitarios de los gobiernos de las comunidades autónomas y del Ejecutivo central.
En la reunión también está previsto que se aborde la oferta de plazas de las universidades españolas para el curso 2010-2011 y la política de precios para el próximo año académico.
Hace un año, el Ministerio de Educación permitió a las autonomías que congelaran las tasas.
La controversia sobre el máster en abogacía viene de lejos.
Contrariamente a lo previsto inicialmente, y para aplacar los ánimos de los colegios profesionales, el Gobierno permitió que las escuelas de práctica jurídica de las organizaciones colegiales también pudieran impartir el curso de posgrado.
Ante la inminencia de que el máster se convierta en obligatorio, algunas universidades ultiman la puesta a punto de sus propuestas.
La Universitat Pompeu Fabra (UPF) se ha convertido en la más madrugadora y en el 2010 pondrá en marcha su máster en colaboración con cuatro prestigiosos despachos profesionales de Barcelona, donde los estudiantes harán las prácticas.
EDUCACIÓN: El máster para ser abogado será obligatorio en el 2012
•Los graduados en Derecho tendrán que superar el curso para ejercer como letrados.
BARCELONA.22/05/2010
El máster oficial que dará acceso al ejercicio de la profesión de abogado, de 1 año de duración, se convertirá en un requisito indispensable a partir de octubre del 2011, o lo que es lo mismo: afectará de lleno a la promoción de titulados en Derecho que salga de las aulas en junio del 2012.
España dejará de ser entonces uno de los pocos países del mundo donde los recién licenciados están facultados para actuar como letrados sin más exigencia que la de haber ingresado en un colegio profesional.
Al igual que ha ocurrido con los titulados universitarios que aspiran a convertirse en profesores de ESO, FP y bachillerato, que ahora ya han de superar el máster de secundaria para poder impartir clases en la etapa, las exigencias en materia de formación van a ser mayores para los futuros abogados.
FALTA DE ACUERDO
El último Consejo de Universidades, donde se sientan el Gobierno y los rectores, celebrado el pasado jueves, ya vio el proyecto de real decreto por el que se aprueba el reglamento de la ley sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, pero las discrepancias sobre su contenido impidieron que del encuentro saliera un informe favorable al texto.
La cuestión está previsto que vuelva a plantearse el próximo martes en la convocatoria de la Conferencia General de Política Universitaria que reunirá, también en Madrid, a los responsables universitarios de los gobiernos de las comunidades autónomas y del Ejecutivo central.
En la reunión también está previsto que se aborde la oferta de plazas de las universidades españolas para el curso 2010-2011 y la política de precios para el próximo año académico.
Hace un año, el Ministerio de Educación permitió a las autonomías que congelaran las tasas.
La controversia sobre el máster en abogacía viene de lejos.
Contrariamente a lo previsto inicialmente, y para aplacar los ánimos de los colegios profesionales, el Gobierno permitió que las escuelas de práctica jurídica de las organizaciones colegiales también pudieran impartir el curso de posgrado.
Ante la inminencia de que el máster se convierta en obligatorio, algunas universidades ultiman la puesta a punto de sus propuestas.
La Universitat Pompeu Fabra (UPF) se ha convertido en la más madrugadora y en el 2010 pondrá en marcha su máster en colaboración con cuatro prestigiosos despachos profesionales de Barcelona, donde los estudiantes harán las prácticas.
¿Subida de Impuestos tras el divorcio?
http://www.nuevatribuna.es/noticia.asp?ref=35173
ECONOMÍA: ¿Quienes pagarán el nuevo impuesto?
Además de Esperanza Aguirre y José Bono que, por lo que se sabe de su patrimonio, superan el umbral del millón de euros, varios ministros pueden verse afectados.
No así el presidente Zapatero.
En la lista de los que "realmente tienen más" figuran también algunos secretarios de Estado.
NUEVATRIBUNA.ES / AGENCIAS - 20.5.2010
Los ministros que podrían tener que pagar el nuevo impuesto que prepara el Gobierno son:
a.- la titular de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia,
b.- el de Industria, turismo y Comercio, Miguel Sebastián, y
c.- el de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.
Los tres declararon un patrimonio por encima del millón de euros.
El nuevo tributo, que según las informaciones que han trascendido, sería similar al suspendido Impuesto de Patrimonio, afectará a las personas que sumando todo lo que tienen (propiedades, acciones, ingresos y ahorros) superen ampliamente el millón de euros en su haber.
Según la declaración de bienes de los miembros del Ejecutivo publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE), los 3 ministros son los únicos cuyos patrimonio superan este umbral, que no alcanzan ni el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero --que cuenta con un patrimonio de 209.206 euros-- ni ninguno de los tres vicepresidentes.
La ministra de Ciencia e Innovación es la que declara el mayor patrimonio, que cifra en 4,97 millones de euros, seguida por el titular de Industria, que declara 1,22 millones, mientras que Pérez Rubalcaba, cuenta con 1,22 millones de euros, incluyendo bienes y derechos de herencia familiar.
Cerca de ese umbral pero sin alcanzarlo aparece la vicepresidenta 2ª y ministra de Economía, Elena Salgado, quien declaró un patrimonio total de 976.934 euros.
En el listado se incluyó también a los secretarios de Estado y 3 de ellos también superan el millón de euros de patrimonio:
a.- José Manual Campa (Economía), con 2,01 millones;
b.- Josep Puxeu (Medio Rural y Agua), con 1,8 millones, y
c.- Francisco Ros (Telecomunicaciones), con 1,4 millones.
d.- Muy cerca se queda Silvia Iranzo, secretaria de Estado de Comercio, con 993.250 euros de patrimonio declarado.
La publicación de los datos se hizo el pasado 15 de octubre, cumpliendo la previsión contemplada en la Ley de Conflictos de Intereses de Altos Cargos (antigua ley de incompatibilidades), aprobada en 2006 aunque no se desarrolló hasta marzo del pasado año.
ECONOMÍA: ¿Quienes pagarán el nuevo impuesto?
Además de Esperanza Aguirre y José Bono que, por lo que se sabe de su patrimonio, superan el umbral del millón de euros, varios ministros pueden verse afectados.
No así el presidente Zapatero.
En la lista de los que "realmente tienen más" figuran también algunos secretarios de Estado.
NUEVATRIBUNA.ES / AGENCIAS - 20.5.2010
Los ministros que podrían tener que pagar el nuevo impuesto que prepara el Gobierno son:
a.- la titular de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia,
b.- el de Industria, turismo y Comercio, Miguel Sebastián, y
c.- el de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.
Los tres declararon un patrimonio por encima del millón de euros.
El nuevo tributo, que según las informaciones que han trascendido, sería similar al suspendido Impuesto de Patrimonio, afectará a las personas que sumando todo lo que tienen (propiedades, acciones, ingresos y ahorros) superen ampliamente el millón de euros en su haber.
Según la declaración de bienes de los miembros del Ejecutivo publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE), los 3 ministros son los únicos cuyos patrimonio superan este umbral, que no alcanzan ni el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero --que cuenta con un patrimonio de 209.206 euros-- ni ninguno de los tres vicepresidentes.
La ministra de Ciencia e Innovación es la que declara el mayor patrimonio, que cifra en 4,97 millones de euros, seguida por el titular de Industria, que declara 1,22 millones, mientras que Pérez Rubalcaba, cuenta con 1,22 millones de euros, incluyendo bienes y derechos de herencia familiar.
Cerca de ese umbral pero sin alcanzarlo aparece la vicepresidenta 2ª y ministra de Economía, Elena Salgado, quien declaró un patrimonio total de 976.934 euros.
En el listado se incluyó también a los secretarios de Estado y 3 de ellos también superan el millón de euros de patrimonio:
a.- José Manual Campa (Economía), con 2,01 millones;
b.- Josep Puxeu (Medio Rural y Agua), con 1,8 millones, y
c.- Francisco Ros (Telecomunicaciones), con 1,4 millones.
d.- Muy cerca se queda Silvia Iranzo, secretaria de Estado de Comercio, con 993.250 euros de patrimonio declarado.
La publicación de los datos se hizo el pasado 15 de octubre, cumpliendo la previsión contemplada en la Ley de Conflictos de Intereses de Altos Cargos (antigua ley de incompatibilidades), aprobada en 2006 aunque no se desarrolló hasta marzo del pasado año.
viernes, 21 de mayo de 2010
UPyD y la Custodia Compartida por Autonomías
http://www.radiohuesca.com/noticia.aspx?codigo=415906
Sociedad: UPyD denuncia que la Ley de custodia compartida aumenta la inseguridad jurídica de los afectados
Radio Huescar. Viernes, 21 de Mayo de 2010.
Ante la aprobación en las Cortes de Aragón de la Ley de custodia compartida, y estando de acuerdo en el fondo de la propuesta, desde Unión Progreso y Democracia (UPyD) han señalado que este tipo de regulaciones autonómicas, “lejos de propiciar la igualdad, no hacen sino aumentar la inseguridad jurídica y la litigiosidad en una materia en la que debe potenciarse el acuerdo”.
Para esta formación política, las legislaciones autonómicas “siguen introduciendo mayores diferencias entre los ciudadanos”, y “ahora también en un tema tan sensible como el de las relaciones con sus hijos”.
Según UPyD, a partir de ahora, “los padres y madres de este país tendrán ahora distintos derechos y deberes hacia sus hijos según dónde vivan”.
Según apuntan desde este partido político, las formaciones nacionales (PSOE y PP), “son los responsables de la aprobación en las Comunidades Autónomas de reformas que afectan a los derechos y deberes de los ciudadanos, en lugar de propiciar reformas en el Código Civil que promuevan la igualdad en derechos y deberes de los progenitores, sin distinción de sexo, siempre prevalenciendo el interés del menor, así como el desarrollo de una Ley de Mediación de ámbito nacional”.
Añaden que, en el fondo de este “doloroso” asunto, “subyace una cuestión de madurez cultural o social, pero no es menos cierto que se requieren modificaciones legales que garanticen, además del interés del menor, la igualdad y la seguridad jurídica de las familias españolas que se ven inmersas en esta situación de crisis, y no normas autonómicas que amplíen las diferencias entre los ciudadanos de este país”.
Sociedad: UPyD denuncia que la Ley de custodia compartida aumenta la inseguridad jurídica de los afectados
Radio Huescar. Viernes, 21 de Mayo de 2010.
Ante la aprobación en las Cortes de Aragón de la Ley de custodia compartida, y estando de acuerdo en el fondo de la propuesta, desde Unión Progreso y Democracia (UPyD) han señalado que este tipo de regulaciones autonómicas, “lejos de propiciar la igualdad, no hacen sino aumentar la inseguridad jurídica y la litigiosidad en una materia en la que debe potenciarse el acuerdo”.
Para esta formación política, las legislaciones autonómicas “siguen introduciendo mayores diferencias entre los ciudadanos”, y “ahora también en un tema tan sensible como el de las relaciones con sus hijos”.
Según UPyD, a partir de ahora, “los padres y madres de este país tendrán ahora distintos derechos y deberes hacia sus hijos según dónde vivan”.
Según apuntan desde este partido político, las formaciones nacionales (PSOE y PP), “son los responsables de la aprobación en las Comunidades Autónomas de reformas que afectan a los derechos y deberes de los ciudadanos, en lugar de propiciar reformas en el Código Civil que promuevan la igualdad en derechos y deberes de los progenitores, sin distinción de sexo, siempre prevalenciendo el interés del menor, así como el desarrollo de una Ley de Mediación de ámbito nacional”.
Añaden que, en el fondo de este “doloroso” asunto, “subyace una cuestión de madurez cultural o social, pero no es menos cierto que se requieren modificaciones legales que garanticen, además del interés del menor, la igualdad y la seguridad jurídica de las familias españolas que se ven inmersas en esta situación de crisis, y no normas autonómicas que amplíen las diferencias entre los ciudadanos de este país”.
La custodia compartida una asignatura pendiente en España
http://www.20minutos.es/noticia/713379/aragon/custodia/compartida/
La custodia compartida tras los divorcios, una asignatura pendiente en España
La custodia compartida, un eterno debate en España.
¨La madre no tendrá prioridad en la custodia de hijos en divorcios sin acuerdo en Aragón, donde ya es "preferente" la custodia compartida.
Cataluña y la Comunidad valenciana podrían aprobar una medida similar en los próximos meses.
Algunos opinan que la norma debería aplicarse en toda España.
Otros ven necesario que la igualdad entre hombres y mujeres sea más real.
ALBERTO GRADOS. 21.05.2010
Aragón ha hecho historia este jueves al ser la primera Comunidad autónoma que, por ley, establece como "preferente" la custodia compartida de los hijos en el caso de que sus padres divorciados no logren alcanzar un acuerdo.
Con ello, el juez puede acordar la custodia compartida sin que lo reclame ni el padre ni la madre.
Se modifica de esta manera en la región lo establecido en junio de 2005 en la reforma de la Ley del Divorcio, en la que en casos de separación sin mutuo acuerdo la custodia compartida se limitaba a situaciones "excepcionales" y sólo tras un informe favorable del fiscal.
Es la ley más avanzada en Derecho Civil relativo a las relaciones familiares
La coordinadora de la ponencia que tramitó la ley y diputada del Partido Aragonés (PAR), María Herrero, ha dicho que es "la ley más avanzada en Derecho Civil relativo a las relaciones familiares" de España y "pone a Aragón en cabeza de las pocas Comunidades autónomas que tienen capacidad para legislar en este ámbito".
"Estamos muy contentos, Aragón se ha convertido en una locomotora que fomentará un cambio en la ley estatal en este ámbito", ha comentado a 20minutos.es.
Otras regiones con derecho civil propio y con capacidad para legislar en esta materia son Cataluña y la Comunidad valenciana, las cuales tienen proyectos similares al de Aragón.
En Cataluña se han presentado ya 2 textos diferentes sobre custodia compartida, pero el asunto se encuentra paralizado en estos momentos.
Por su parte, en la Comunidad valenciana se prevé aprobar el anteproyecto de ley de custodia compartida antes de este verano, según ha anunciado este mismo jueves el conseller de Gobernación, Serafín Castellano.
Pocos vecinos europeos tienen prevista en su legislación la custodia compartida
(Por que ya la tienen)
También tienen Derechos Forales las comunidades de Galicia, Baleares, Navarra y País Vasco. Según ha podido saber este diario, las 2 primeras no tienen previsto actualmente ningún proyecto sobre esta materia.
Mientras, la ley de Aragón ha motivado que en Vizcaya la Casa de Juntas de Guernika aprobara este jueves una proposición a las Cortes Generales para que la custodia compartida sea la "norma preferente" tras los divorcios en España.
¿Y qué ocurre en el extranjero?
Pocos vecinos europeos tienen prevista en su legislación la custodia compartida. ¿¿¿¿????
Bélgica, por ejemplo, tiene establecido el sistema de residencia alterna como modelo general mientras Francia impone una serie de cautelas que debe tener en cuenta un tribunal.
República Checa, Inglaterra, Italia y Gales son otros países que admiten este modelo.
Reacciones
La norma aprobada este jueves, que "es de aplicación para todos los aragoneses, vivan o no en Aragón", ha provocado un gran número de reacciones a favor y en contra.
Juan Luis Rubio, de la Asociación de Padres de Familia Separados (APFS), ha asegurado a 20minutos.es que "es el inicio de lo que viene en España".
"El Gobierno tiene que aprobar la custodia compartida como norma general tarde o temprano. Se lo piden las comunidades y la UE", asegura.
Mientras, Francisco Palacios, de la Confederación Estatal de Asociaciones y Federaciones de Madres y Padres Divorciados cree que "es un avance, una medida pionera y muy positiva, no sólo para Aragón, sino para todo el Estado".
Otras voces, sin embargo, se muestran más recelosas ante la norma.
"La Ley no responde a una demanda social y no responde en general a los intereses de los hijos", dice Altamira Gonzalo, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas THEMIS.
Y argumenta sus palabras:
"Si no hay acuerdo entre los progenitores, en pocas ocasiones los padres piden la guarda de los hijos. Tampoco hay condiciones de igualdad en la actualidad, por ejemplo en los salarios. Si no se puede compartir, no se debe obligar a compartir". (Postura de IU en Aragón)
Debe ser una medida de futuro cuando las igualdad entre hombres y mujeres sea una realidad Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas, comenta también que la de Aragón es "una ley anticonstitucional y antinatura que no mira por el bienestar de los hijos”.
"La custodia compartida en todos los casos por imposición legal es un disparate", sentencia.
¿Y las sentencias actuales de divorcio querida Ana Mari? ¿Que son ?
Por último, Consuelo Abril González, perteneciente a la Asociación española de Abogados de Familia (AEAFA), habla en términos medios:
"Me gusta la custodia compartida pero no es bueno darla como norma impuesta. Debe ser una medida de futuro cuando las igualdad entre hombres y mujeres sea una realidad".
¿Quien decia que IU no tenia apoyos en la Judicatura?
Cada año se producen en España más de 100.000 rupturas matrimoniales, casi 333 divorcios cada día, y la custodia compartida sólo se establece en un mínimo de los casos.
La custodia compartida tras los divorcios, una asignatura pendiente en España
La custodia compartida, un eterno debate en España.
¨La madre no tendrá prioridad en la custodia de hijos en divorcios sin acuerdo en Aragón, donde ya es "preferente" la custodia compartida.
Cataluña y la Comunidad valenciana podrían aprobar una medida similar en los próximos meses.
Algunos opinan que la norma debería aplicarse en toda España.
Otros ven necesario que la igualdad entre hombres y mujeres sea más real.
ALBERTO GRADOS. 21.05.2010
Aragón ha hecho historia este jueves al ser la primera Comunidad autónoma que, por ley, establece como "preferente" la custodia compartida de los hijos en el caso de que sus padres divorciados no logren alcanzar un acuerdo.
Con ello, el juez puede acordar la custodia compartida sin que lo reclame ni el padre ni la madre.
Se modifica de esta manera en la región lo establecido en junio de 2005 en la reforma de la Ley del Divorcio, en la que en casos de separación sin mutuo acuerdo la custodia compartida se limitaba a situaciones "excepcionales" y sólo tras un informe favorable del fiscal.
Es la ley más avanzada en Derecho Civil relativo a las relaciones familiares
La coordinadora de la ponencia que tramitó la ley y diputada del Partido Aragonés (PAR), María Herrero, ha dicho que es "la ley más avanzada en Derecho Civil relativo a las relaciones familiares" de España y "pone a Aragón en cabeza de las pocas Comunidades autónomas que tienen capacidad para legislar en este ámbito".
"Estamos muy contentos, Aragón se ha convertido en una locomotora que fomentará un cambio en la ley estatal en este ámbito", ha comentado a 20minutos.es.
Otras regiones con derecho civil propio y con capacidad para legislar en esta materia son Cataluña y la Comunidad valenciana, las cuales tienen proyectos similares al de Aragón.
En Cataluña se han presentado ya 2 textos diferentes sobre custodia compartida, pero el asunto se encuentra paralizado en estos momentos.
Por su parte, en la Comunidad valenciana se prevé aprobar el anteproyecto de ley de custodia compartida antes de este verano, según ha anunciado este mismo jueves el conseller de Gobernación, Serafín Castellano.
Pocos vecinos europeos tienen prevista en su legislación la custodia compartida
(Por que ya la tienen)
También tienen Derechos Forales las comunidades de Galicia, Baleares, Navarra y País Vasco. Según ha podido saber este diario, las 2 primeras no tienen previsto actualmente ningún proyecto sobre esta materia.
Mientras, la ley de Aragón ha motivado que en Vizcaya la Casa de Juntas de Guernika aprobara este jueves una proposición a las Cortes Generales para que la custodia compartida sea la "norma preferente" tras los divorcios en España.
¿Y qué ocurre en el extranjero?
Pocos vecinos europeos tienen prevista en su legislación la custodia compartida. ¿¿¿¿????
Bélgica, por ejemplo, tiene establecido el sistema de residencia alterna como modelo general mientras Francia impone una serie de cautelas que debe tener en cuenta un tribunal.
República Checa, Inglaterra, Italia y Gales son otros países que admiten este modelo.
Reacciones
La norma aprobada este jueves, que "es de aplicación para todos los aragoneses, vivan o no en Aragón", ha provocado un gran número de reacciones a favor y en contra.
Juan Luis Rubio, de la Asociación de Padres de Familia Separados (APFS), ha asegurado a 20minutos.es que "es el inicio de lo que viene en España".
"El Gobierno tiene que aprobar la custodia compartida como norma general tarde o temprano. Se lo piden las comunidades y la UE", asegura.
Mientras, Francisco Palacios, de la Confederación Estatal de Asociaciones y Federaciones de Madres y Padres Divorciados cree que "es un avance, una medida pionera y muy positiva, no sólo para Aragón, sino para todo el Estado".
Otras voces, sin embargo, se muestran más recelosas ante la norma.
"La Ley no responde a una demanda social y no responde en general a los intereses de los hijos", dice Altamira Gonzalo, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas THEMIS.
Y argumenta sus palabras:
"Si no hay acuerdo entre los progenitores, en pocas ocasiones los padres piden la guarda de los hijos. Tampoco hay condiciones de igualdad en la actualidad, por ejemplo en los salarios. Si no se puede compartir, no se debe obligar a compartir". (Postura de IU en Aragón)
Debe ser una medida de futuro cuando las igualdad entre hombres y mujeres sea una realidad Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas, comenta también que la de Aragón es "una ley anticonstitucional y antinatura que no mira por el bienestar de los hijos”.
"La custodia compartida en todos los casos por imposición legal es un disparate", sentencia.
¿Y las sentencias actuales de divorcio querida Ana Mari? ¿Que son ?
Por último, Consuelo Abril González, perteneciente a la Asociación española de Abogados de Familia (AEAFA), habla en términos medios:
"Me gusta la custodia compartida pero no es bueno darla como norma impuesta. Debe ser una medida de futuro cuando las igualdad entre hombres y mujeres sea una realidad".
¿Quien decia que IU no tenia apoyos en la Judicatura?
Cada año se producen en España más de 100.000 rupturas matrimoniales, casi 333 divorcios cada día, y la custodia compartida sólo se establece en un mínimo de los casos.
El Gobierno de Zapatero no tiene previsto ni el estudio de la Custodia Compartida en España
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Igualdad/quiere/abrir/debate/custodia/compartida/elpepisoc/20100521elpepisoc_4/Tes
Igualdad quiere abrir el debate sobre la custodia compartida
Vizcaya se suma a la iniciativa de Aragón y pide reformar la ley del divorcio
PERE RÍOS - Barcelona - 21/05/2010
ragón no será el modelo a seguir, pero el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero parece que no quiere ser ajeno al debate social que se ha abierto en España sobre la custodia compartida de los hijos, después de que las Cortes de aquella comunidad, al amparo de su derecho foral, aprobaran ayer una ley que fija como preferente ese modelo para aplicar por los jueces en caso de divorcio.
Los grupos feministas discrepan sobre la idoneidad de la medida.
Valencia anuncia que seguirá la ley aprobada ayer en Aragón.
Un portavoz del Ministerio de Justicia, que es a quien le competería impulsar la reforma del Código Civil, explicó ayer "ni está previsto ni en estudio" ese cambio legislativo y recordó que la ley del divorcio ya se reformó 2005.
Ese texto considera excepcional la atribución de la guarda y custodia compartida de los hijos si no existe acuerdo entre los padres y precisa que los jueces solo podrán concederla si el fiscal informa a favor, algo que no ocurre en ninguna jurisdicción.
Frente a ese planteamiento de Justicia, el Ministerio de Igualdad se muestra más flexible y es partidario de abrir el debate nacional con un grupo de reflexión para avanzar en lo que denominan corresponsabilidad parental.
La cartera que dirige Bibiana Aído, según fuentes de ese ministerio, juzga esa fórmula positiva por lo que supone de avance en responsabilidad compartida de padre y madre, aunque implica ciertos riesgos.
España se separan o divorcian cada año más de 100.000 parejas y solo en el 5% de los casos se conceden custodias compartidas.
La sentencia al uso atribuye a la mujer el cuidado de los hijos, la utilización de la vivienda y una pensión de alimentos.
Algunos colectivos feministas, como la Asociación de Mujeres Juristas Themis, solo aceptan la custodia compartida cuando ambos progenitores están de acuerdo y consideran que, de no ser así, "se utilizará al menor como arma arrojadiza y se le desestabilizará emocionalmente".
Pero otros hacen suya la normativa aprobada por Aragón.
"Si la ley es como dicen los diarios, esa es la ley que hubiéramos hecho nosotras", afirma de manera tajante Empar Pineda, una referencia del feminismo español y portavoz del colectivo Otras Voces Feministas.
"Lo ideal es el mutuo acuerdo, pero si no es posible, por qué negarse a que un juez otorgue la custodia compartida si así se favorece el desarrollo personal y profesional de la madre y se camina hacia la igualdad", se pregunta.
"¡Ya está bien de esencialismos y de pensar que la mujer ha de ir siempre de la mano de los hijos", remata.
La ley aragonesa estuvo en vilo hasta última hora por las presiones de las direcciones del PSOE y el PP sobre sus diputados autonómicos.
El texto establece también que se limite el uso de la vivienda al romperse la pareja y que incluso se pueda vender la casa.
Rechaza la custodia compartida si existen indicios de violencia de género, pero también doméstica, de manera que la utilización espuria del Código Penal podría ser posible por ambos sexos.
Las Juntas Generales de Vizcaya (el Parlamento de la provincia) siguieron ayer la estela de Aragón al aprobar una proposición no de norma para que la custodia compartida también sea la opción preferente tras las situaciones de divorcio y se insta al Gobierno central a modificar la actual legislación, informa Alberto Uriona.
La iniciativa fue apoyada por el PNV, que gobierna la institución, así como por el PP y otros grupos nacionalistas o abertzales.
Los diputados socialistas y Ezker Batua se abstuvieron al exigir un mayor debate previo sobre este asunto.
El Gobierno valenciano, que también tiene derecho civil propio, anunció ayer que antes del verano aprobará el proyecto de ley de Custodia Compartida que también prevé esta opción como preferente.
Igualdad quiere abrir el debate sobre la custodia compartida
Vizcaya se suma a la iniciativa de Aragón y pide reformar la ley del divorcio
PERE RÍOS - Barcelona - 21/05/2010
ragón no será el modelo a seguir, pero el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero parece que no quiere ser ajeno al debate social que se ha abierto en España sobre la custodia compartida de los hijos, después de que las Cortes de aquella comunidad, al amparo de su derecho foral, aprobaran ayer una ley que fija como preferente ese modelo para aplicar por los jueces en caso de divorcio.
Los grupos feministas discrepan sobre la idoneidad de la medida.
Valencia anuncia que seguirá la ley aprobada ayer en Aragón.
Un portavoz del Ministerio de Justicia, que es a quien le competería impulsar la reforma del Código Civil, explicó ayer "ni está previsto ni en estudio" ese cambio legislativo y recordó que la ley del divorcio ya se reformó 2005.
Ese texto considera excepcional la atribución de la guarda y custodia compartida de los hijos si no existe acuerdo entre los padres y precisa que los jueces solo podrán concederla si el fiscal informa a favor, algo que no ocurre en ninguna jurisdicción.
Frente a ese planteamiento de Justicia, el Ministerio de Igualdad se muestra más flexible y es partidario de abrir el debate nacional con un grupo de reflexión para avanzar en lo que denominan corresponsabilidad parental.
La cartera que dirige Bibiana Aído, según fuentes de ese ministerio, juzga esa fórmula positiva por lo que supone de avance en responsabilidad compartida de padre y madre, aunque implica ciertos riesgos.
España se separan o divorcian cada año más de 100.000 parejas y solo en el 5% de los casos se conceden custodias compartidas.
La sentencia al uso atribuye a la mujer el cuidado de los hijos, la utilización de la vivienda y una pensión de alimentos.
Algunos colectivos feministas, como la Asociación de Mujeres Juristas Themis, solo aceptan la custodia compartida cuando ambos progenitores están de acuerdo y consideran que, de no ser así, "se utilizará al menor como arma arrojadiza y se le desestabilizará emocionalmente".
Pero otros hacen suya la normativa aprobada por Aragón.
"Si la ley es como dicen los diarios, esa es la ley que hubiéramos hecho nosotras", afirma de manera tajante Empar Pineda, una referencia del feminismo español y portavoz del colectivo Otras Voces Feministas.
"Lo ideal es el mutuo acuerdo, pero si no es posible, por qué negarse a que un juez otorgue la custodia compartida si así se favorece el desarrollo personal y profesional de la madre y se camina hacia la igualdad", se pregunta.
"¡Ya está bien de esencialismos y de pensar que la mujer ha de ir siempre de la mano de los hijos", remata.
La ley aragonesa estuvo en vilo hasta última hora por las presiones de las direcciones del PSOE y el PP sobre sus diputados autonómicos.
El texto establece también que se limite el uso de la vivienda al romperse la pareja y que incluso se pueda vender la casa.
Rechaza la custodia compartida si existen indicios de violencia de género, pero también doméstica, de manera que la utilización espuria del Código Penal podría ser posible por ambos sexos.
Las Juntas Generales de Vizcaya (el Parlamento de la provincia) siguieron ayer la estela de Aragón al aprobar una proposición no de norma para que la custodia compartida también sea la opción preferente tras las situaciones de divorcio y se insta al Gobierno central a modificar la actual legislación, informa Alberto Uriona.
La iniciativa fue apoyada por el PNV, que gobierna la institución, así como por el PP y otros grupos nacionalistas o abertzales.
Los diputados socialistas y Ezker Batua se abstuvieron al exigir un mayor debate previo sobre este asunto.
El Gobierno valenciano, que también tiene derecho civil propio, anunció ayer que antes del verano aprobará el proyecto de ley de Custodia Compartida que también prevé esta opción como preferente.
La Custodia Compartida por Autonomias en España
http://www.lavozdegalicia.es/sociedad/2010/05/21/0003_8497401.htm
Legislación: Otras comunidades estudian aplicar la custodia compartida, aprobada por Aragón
En Cataluña y Valencia ya han comenzado las reuniones, mientras que en Galicia no hay nada previsto al respecto
Alejandro Posilio.Madrid/la voz. 21/5/2010
La aprobación ayer, por parte del Parlamento de Aragón, de la ley que establece la custodia compartida de los hijos como régimen preferente que han de adoptar los jueces en los casos de separación o divorcio cuando no hay acuerdo entre los progenitores se va a contagiar a otras comunidades.
De hecho, Cataluña también ultima una ley de este tipo, aunque menos ambiciosa que la aragonesa, mientras que en la Comunidad Valenciana ya han comenzado las reuniones entre los partidos políticos para intentar llegar a un acuerdo.
Además, las Juntas Generales de Vizcaya (el parlamento provincial) aprobaron también ayer una proposición no de ley en la que respaldan la custodia compartida como una norma preferente tras una separación o un divorcio. Sin embargo, esta actuación no tiene los efectos prácticos que en Aragón, porque el País Vasco no cuenta con las competencias en esta materia.
En cambio, las autoridades gallegas no parece que estén muy preocupadas por este asunto.
Fuentes de la Xunta señalaron a La Voz que, de momento, no hay nada previsto.
Es más, un portavoz de la Consellería de Traballo e Benestar señaló que lo que se está haciendo ahora es preparar un borrador de anteproyecto de una ley de familia que impulsará la mediación en los divorcios y separaciones, pero que no incluye nada acerca de la custodia compartida.
El actual Código Civil contempla la custodia compartida como una medida excepcional.
De hecho, en los casos de separación en los que no hay acuerdo, la custodia se otorga a uno de los progenitores, generalmente la madre.
Por el contrario, cuando esta ley entre en vigor, los padres divorciados en Aragón conservarán sus funciones como autoridad familiar sobre sus hijos, compartirán las decisiones en torno a su educación y demás cuestiones importantes y podrán visitar regular y directamente a los menores.
La nueva ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres establece que «el juez adoptará de forma preferente la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente».
Al romperse la convivencia, los progenitores podrán elaborar un pacto de relaciones familiares en el que se fijará desde el destino de la vivienda hasta la pensión que se ha de pagar, pasando por el régimen de convivencia y visitas de los hijos.
Además, y como otra novedad, este pacto también deberá referirse al régimen de relación de los hijos con sus hermanos, abuelos y otros parientes y personas allegadas.
Legislación: Otras comunidades estudian aplicar la custodia compartida, aprobada por Aragón
En Cataluña y Valencia ya han comenzado las reuniones, mientras que en Galicia no hay nada previsto al respecto
Alejandro Posilio.Madrid/la voz. 21/5/2010
La aprobación ayer, por parte del Parlamento de Aragón, de la ley que establece la custodia compartida de los hijos como régimen preferente que han de adoptar los jueces en los casos de separación o divorcio cuando no hay acuerdo entre los progenitores se va a contagiar a otras comunidades.
De hecho, Cataluña también ultima una ley de este tipo, aunque menos ambiciosa que la aragonesa, mientras que en la Comunidad Valenciana ya han comenzado las reuniones entre los partidos políticos para intentar llegar a un acuerdo.
Además, las Juntas Generales de Vizcaya (el parlamento provincial) aprobaron también ayer una proposición no de ley en la que respaldan la custodia compartida como una norma preferente tras una separación o un divorcio. Sin embargo, esta actuación no tiene los efectos prácticos que en Aragón, porque el País Vasco no cuenta con las competencias en esta materia.
En cambio, las autoridades gallegas no parece que estén muy preocupadas por este asunto.
Fuentes de la Xunta señalaron a La Voz que, de momento, no hay nada previsto.
Es más, un portavoz de la Consellería de Traballo e Benestar señaló que lo que se está haciendo ahora es preparar un borrador de anteproyecto de una ley de familia que impulsará la mediación en los divorcios y separaciones, pero que no incluye nada acerca de la custodia compartida.
El actual Código Civil contempla la custodia compartida como una medida excepcional.
De hecho, en los casos de separación en los que no hay acuerdo, la custodia se otorga a uno de los progenitores, generalmente la madre.
Por el contrario, cuando esta ley entre en vigor, los padres divorciados en Aragón conservarán sus funciones como autoridad familiar sobre sus hijos, compartirán las decisiones en torno a su educación y demás cuestiones importantes y podrán visitar regular y directamente a los menores.
La nueva ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres establece que «el juez adoptará de forma preferente la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente».
Al romperse la convivencia, los progenitores podrán elaborar un pacto de relaciones familiares en el que se fijará desde el destino de la vivienda hasta la pensión que se ha de pagar, pasando por el régimen de convivencia y visitas de los hijos.
Además, y como otra novedad, este pacto también deberá referirse al régimen de relación de los hijos con sus hermanos, abuelos y otros parientes y personas allegadas.
Tras el Divorcio ¿Padre o Florero?:Programa Gurasoak
http://www.diariovasco.com/v/20100521/al-dia-sociedad/padre-divorciado-adorno-para-20100521.html
Priscila Comino, Psicóloga e investigadora de la UPV
«Un padre divorciado no es un adorno para llevar a los hijos a comer pizzas»
Forma parte del programa Gurasoak, destinado a ayudar a padres y madres en proceso de divorcio
21.05.10 JAVIER GUILLENEA SAN SEBASTIÁN.
«Hay que dejar claro a los niños que sus padres van a seguir siendo elementos muy presentes en su vida»
«Hacer pequeñas mezquindades es una pequeña faena para tu ex pareja y una gran faena para tus hijos»
Priscila Comino forma parte del grupo de investigación Harremanak de la Facultad de Psicología de la UPV, dirigido por la profesora Sagrario Yarnoz.
El grupo ha puesto en marcha el programa Gurasoak, destinado a padres y madres que se hallan en los inicios de un proceso de divorcio.
Su objetivo es minimizar los efectos de la separación tanto en la pareja como en sus hijos.
La entrevista es a Priscila, aunque en la conversación interviene Sagrario Yarnoz.
Ambas forman parte de un mismo equipo, por eso sus voces son la misma en estas páginas.
- ¿El dolor de los hijos por la separación de sus padres se puede evitar o sólo se minimiza?
- Los hijos se van a un cambio importantísimo.
Va a haber un cambio de situaciones, de rutinas. En ese sentido van a estar dolidos y hay que dejarles cierto espacio para que expresen ese dolor y para que puedan muchas veces nombrar los sentimientos que les pasan por la cabeza.
El dolor es algo que va a estar ahí pero sin duda se puede minimizar, se puede hacer que dure menos o que sea menos intenso.
- ¿Una separación puede dejar secuelas en los hijos?
- Las investigaciones nos dicen que a los 2 años de la separación el 80% de los niños ya han superado esas primeras reacciones iniciales, que son absolutamente normales, y vuelven a su nivel de funcionamiento normal.
Pero sí es cierto que hay un 20% de niños que van a padecer consecuencias a más largo plazo. Depende del nivel del conflicto entre sus padres.
- ¿Cuáles son los síntomas del sufrimiento del niño durante la separación?
- Depende mucho de su edad.
Los niños pequeños hablan mucho de las fantasías de reconciliación, es muy importante dejarles claro que es una idea definitiva, que no van a perder ni a su padre ni a su madre, que van a seguir siendo elementos muy presentes en su vida; es también muy importante dejarles un espacio para preguntar aquellas dudas que les puedan surgir, porque a ellos les preocupan mucho cuestiones como dónde va a vivir la persona que abandona el hogar y si va a estar bien. Es necesario explicarles qué cosas se van a mantener igual en su vida y cuáles van a cambiar.
Por ejemplo, cómo se van a celebrar las fechas especiales como su cumpleaños.
-Ustedes han puesto en marcha el programa Gurasoak. ¿Qué es y qué objetivos busca?
- Es un programa breve para padres y madres en los inicios del proceso de divorcio e incluso que están pensando en divorciarse.
El programa consiste en 2 sesiones de 3 horas de duración.
El objetivo que se busca es intervenir de forma precoz en el proceso de divorcio y separación. Pretendemos apoyar a esas familias intentando que el conflicto que pueda existir se minimice en la medida de lo posible.
El programa es gratuito, se lleva a cabo en las 3 capitales vascas y está abierto a cualquier pareja, siempre y cuando no haya habido episodios de violencia de género.
- ¿Qué tipo de miedos expresan los participantes en el programa?
- Uno de los temas que más se repiten son los hijos.
Los participantes suelen estar muy preocupados por minimizar el impacto que la separación puede tener en los niños.
No es casualidad que este programa esté pensado para padres y madres puesto que uno de sus objetivos es prevenir las consecuencias del divorcio en los niños.
- ¿Se 'curan' los hijos o pueden arrastrar su dolor parte de su vida?
- En la mayoría de los casos sus reacciones desaparecen con el tiempo.
Es uno de los mensajes que lanzamos: todo va a ir bien, es un momento duro en el que los padres tienen su propio huracán interior, en el que los hijos participan de ese huracán y tienen el suyo propio, pero mejora.
Aunque todo va a ir bien si se hace lo posible para que vaya bien.
Porque hay personas que se divorcian pensando que esto es tierra quemada, que no facilitan nada a su ex pareja, lo que dificulta la vida de los hijos.
Conozco casos de discusiones por un cepillo de dientes.
El padre se queja de que la madre no se lo ha puesto al niño y la madre le responde que se lo compre él. Y el que se queda sin cepillo es el niño.
Hacer pequeñas mezquindades es una pequeña faena para tu ex pareja y una gran faena para tus hijos.
-El padre separado ve poco a sus hijos y en días festivos, es poco autoritario, siempre busca actividades para que sus hijos no se aburran con él y sean constantemente felices... ¿Ese mundo que encuentran los niños es real?
-Aunque para los hijos no existe el mundo del padre o de la madre, en cierta forma sí que hay 2 mundos y parece que el de la madre es el real y el otro el ideal.
Muchos padres se sienten muy incómodos con eso porque se quieren implicar en la crianza de los hijos y la sociedad está siendo injusta con ellos.
Lo que no se puede es poner en marcha un movimiento social para convencer a los padres de que son una pieza importante en la educación de los hijos y de pronto uno se divorcie y se convierta en un ser marginal que visita a los niños 1 vez cada 2 semanas.
Tiene que haber una cultura del divorcio, un padre divorciado no es una figura de adorno para llevar a los niños a la pizzería.
El problema de los padres muchas veces es la falta de implicación, pero cuando esos padres se quieren implicar también muchas veces las madres no les dejan sitio.
Priscila Comino, Psicóloga e investigadora de la UPV
«Un padre divorciado no es un adorno para llevar a los hijos a comer pizzas»
Forma parte del programa Gurasoak, destinado a ayudar a padres y madres en proceso de divorcio
21.05.10 JAVIER GUILLENEA SAN SEBASTIÁN.
«Hay que dejar claro a los niños que sus padres van a seguir siendo elementos muy presentes en su vida»
«Hacer pequeñas mezquindades es una pequeña faena para tu ex pareja y una gran faena para tus hijos»
Priscila Comino forma parte del grupo de investigación Harremanak de la Facultad de Psicología de la UPV, dirigido por la profesora Sagrario Yarnoz.
El grupo ha puesto en marcha el programa Gurasoak, destinado a padres y madres que se hallan en los inicios de un proceso de divorcio.
Su objetivo es minimizar los efectos de la separación tanto en la pareja como en sus hijos.
La entrevista es a Priscila, aunque en la conversación interviene Sagrario Yarnoz.
Ambas forman parte de un mismo equipo, por eso sus voces son la misma en estas páginas.
- ¿El dolor de los hijos por la separación de sus padres se puede evitar o sólo se minimiza?
- Los hijos se van a un cambio importantísimo.
Va a haber un cambio de situaciones, de rutinas. En ese sentido van a estar dolidos y hay que dejarles cierto espacio para que expresen ese dolor y para que puedan muchas veces nombrar los sentimientos que les pasan por la cabeza.
El dolor es algo que va a estar ahí pero sin duda se puede minimizar, se puede hacer que dure menos o que sea menos intenso.
- ¿Una separación puede dejar secuelas en los hijos?
- Las investigaciones nos dicen que a los 2 años de la separación el 80% de los niños ya han superado esas primeras reacciones iniciales, que son absolutamente normales, y vuelven a su nivel de funcionamiento normal.
Pero sí es cierto que hay un 20% de niños que van a padecer consecuencias a más largo plazo. Depende del nivel del conflicto entre sus padres.
- ¿Cuáles son los síntomas del sufrimiento del niño durante la separación?
- Depende mucho de su edad.
Los niños pequeños hablan mucho de las fantasías de reconciliación, es muy importante dejarles claro que es una idea definitiva, que no van a perder ni a su padre ni a su madre, que van a seguir siendo elementos muy presentes en su vida; es también muy importante dejarles un espacio para preguntar aquellas dudas que les puedan surgir, porque a ellos les preocupan mucho cuestiones como dónde va a vivir la persona que abandona el hogar y si va a estar bien. Es necesario explicarles qué cosas se van a mantener igual en su vida y cuáles van a cambiar.
Por ejemplo, cómo se van a celebrar las fechas especiales como su cumpleaños.
-Ustedes han puesto en marcha el programa Gurasoak. ¿Qué es y qué objetivos busca?
- Es un programa breve para padres y madres en los inicios del proceso de divorcio e incluso que están pensando en divorciarse.
El programa consiste en 2 sesiones de 3 horas de duración.
El objetivo que se busca es intervenir de forma precoz en el proceso de divorcio y separación. Pretendemos apoyar a esas familias intentando que el conflicto que pueda existir se minimice en la medida de lo posible.
El programa es gratuito, se lleva a cabo en las 3 capitales vascas y está abierto a cualquier pareja, siempre y cuando no haya habido episodios de violencia de género.
- ¿Qué tipo de miedos expresan los participantes en el programa?
- Uno de los temas que más se repiten son los hijos.
Los participantes suelen estar muy preocupados por minimizar el impacto que la separación puede tener en los niños.
No es casualidad que este programa esté pensado para padres y madres puesto que uno de sus objetivos es prevenir las consecuencias del divorcio en los niños.
- ¿Se 'curan' los hijos o pueden arrastrar su dolor parte de su vida?
- En la mayoría de los casos sus reacciones desaparecen con el tiempo.
Es uno de los mensajes que lanzamos: todo va a ir bien, es un momento duro en el que los padres tienen su propio huracán interior, en el que los hijos participan de ese huracán y tienen el suyo propio, pero mejora.
Aunque todo va a ir bien si se hace lo posible para que vaya bien.
Porque hay personas que se divorcian pensando que esto es tierra quemada, que no facilitan nada a su ex pareja, lo que dificulta la vida de los hijos.
Conozco casos de discusiones por un cepillo de dientes.
El padre se queja de que la madre no se lo ha puesto al niño y la madre le responde que se lo compre él. Y el que se queda sin cepillo es el niño.
Hacer pequeñas mezquindades es una pequeña faena para tu ex pareja y una gran faena para tus hijos.
-El padre separado ve poco a sus hijos y en días festivos, es poco autoritario, siempre busca actividades para que sus hijos no se aburran con él y sean constantemente felices... ¿Ese mundo que encuentran los niños es real?
-Aunque para los hijos no existe el mundo del padre o de la madre, en cierta forma sí que hay 2 mundos y parece que el de la madre es el real y el otro el ideal.
Muchos padres se sienten muy incómodos con eso porque se quieren implicar en la crianza de los hijos y la sociedad está siendo injusta con ellos.
Lo que no se puede es poner en marcha un movimiento social para convencer a los padres de que son una pieza importante en la educación de los hijos y de pronto uno se divorcie y se convierta en un ser marginal que visita a los niños 1 vez cada 2 semanas.
Tiene que haber una cultura del divorcio, un padre divorciado no es una figura de adorno para llevar a los niños a la pizzería.
El problema de los padres muchas veces es la falta de implicación, pero cuando esos padres se quieren implicar también muchas veces las madres no les dejan sitio.
AHIGE se felicita por la aprobación de la Custodia Compartida en Aragón (España)
hombres-igualdad@ahige.org>
Subject: Aprobada en Aragón la primera ley para la custodia compartida en España
"Como bien sabemos todos, la custodia compartida es un gran paso hacia la Igualdad real de hombres y mujeres.Lo que debería conseguir una sociedad con verdadera igualdad es la Igualdad en la Responsabilidad. Porque sabemos que el concepto "compartida" termina cuando uno de los cónyuges se deshace de la responsabilidad de sus hijos con el paso del tiempo.
Gracias compañeros.
Date: Thu, 20 May 2010
From: ahige@ahige.orgTo: Hombres-Igualdad@ahige.org
Subject: Aprobada en Aragón la primera ley para la custodia compartida en España.
Hola:
Queremos compartir la alegría por la reciente aprobación, por las Cortes de Aragón, de la "Ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres" (eso sí, no nos gusta el lenguaje sexista)http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Aprobada/Aragon/primera/ley/custodia/compartida/Espana/elpepusoc/20100520elpepusoc_2/TesAprovechamos la ocasión para recordar que AHIGE aprobó hace ahora un año el documento "POR UNA VIA IGUALITARIA HACIA LA CUSTODIA COMPARTIDA" que podéis encontrar en nuestra web:http://www.ahige.org/AHIGEviaigualitariaCC.pdf
Un cordial saludo de vuestros compañeros de AHIGE
Subject: Aprobada en Aragón la primera ley para la custodia compartida en España
"Como bien sabemos todos, la custodia compartida es un gran paso hacia la Igualdad real de hombres y mujeres.Lo que debería conseguir una sociedad con verdadera igualdad es la Igualdad en la Responsabilidad. Porque sabemos que el concepto "compartida" termina cuando uno de los cónyuges se deshace de la responsabilidad de sus hijos con el paso del tiempo.
Gracias compañeros.
Date: Thu, 20 May 2010
From: ahige@ahige.orgTo: Hombres-Igualdad@ahige.org
Subject: Aprobada en Aragón la primera ley para la custodia compartida en España.
Hola:
Queremos compartir la alegría por la reciente aprobación, por las Cortes de Aragón, de la "Ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres" (eso sí, no nos gusta el lenguaje sexista)http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Aprobada/Aragon/primera/ley/custodia/compartida/Espana/elpepusoc/20100520elpepusoc_2/TesAprovechamos la ocasión para recordar que AHIGE aprobó hace ahora un año el documento "POR UNA VIA IGUALITARIA HACIA LA CUSTODIA COMPARTIDA" que podéis encontrar en nuestra web:http://www.ahige.org/AHIGEviaigualitariaCC.pdf
Un cordial saludo de vuestros compañeros de AHIGE
jueves, 20 de mayo de 2010
Cárcel para una vecina de Balaguer por no permitir que su ex visitara a sus hijos
http://www.lamanyana.es/web/html/lanoticia.html?id=98399&seccio=sociedad&fecha=2010-05-19&sortida=03:00:00
Cárcel para una vecina de Balaguer por no permitir que su ex visitara a sus hijosLleida - Alfonso
L. Congostrina 2010-05-19
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Lleida condenó ayer a una vecina de Balaguer a 3 meses de privación de libertad después de que se confesara culpable de un delito de incumplimiento de deberes inherentes a la patria potestad.
O lo que es lo mismo, la mujer se confesó culpable de no permitir que su ex marido, y a la vez padre de sus hijos, visitara a sus descendientes.
Se trata de una de las primeras sentencias penales de este tipo dictadas en la demarcación de Lleida.
El Ministerio Fiscal asegura que la condenada desde agosto de 2006 hasta la actualidad “viene impidiendo a su ex marido cumplir el régimen de visitas para con las dos hijas menores de edad que tienen en común”.
El régimen de visitas se estableció en la sentencia de divorcio y consistía en fines de semanas alternos y vacaciones “por mitad entre ambos progenitores”.
Dicho régimen de visitas fue modificado en enero de 2008, pero la condenada siguió impidiendo a su ex tener a sus 2 hijas menores en su compañía.
La mujer confesó ayer haber obstaculizado el derecho de sus hijas a relacionarse con su padre. Incluso algunos informes psicológicos aseguran que las 2 menores están comenzando a desdibujar la figura paterna después de varios años sin estar con él.
La acusada no es la primera ocasión que se sienta en el banquillo de los acusados por este tema. Ya fue condenada como autora de una falta de incumplimiento de las obligaciones familiares pero continuó impidiendo que su ex visitara a las menores por lo que el caso pasó al juzgado penal.
La acusada fue condenada ayer:
a.- a 3 meses de privación de libertad,
b.-a abonar las costas del procedimiento y,
c.- por supuesto, a permitir que sus 2 hijas menores puedan tener relación con su progenitor tal y como indica la sentencia de divorcio.
Se trata de una de las primeras sentencias de este tipo que se dictan en la demarcación de Lleida y que no deja impune algunas desigualdades.
Cárcel para una vecina de Balaguer por no permitir que su ex visitara a sus hijosLleida - Alfonso
L. Congostrina 2010-05-19
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Lleida condenó ayer a una vecina de Balaguer a 3 meses de privación de libertad después de que se confesara culpable de un delito de incumplimiento de deberes inherentes a la patria potestad.
O lo que es lo mismo, la mujer se confesó culpable de no permitir que su ex marido, y a la vez padre de sus hijos, visitara a sus descendientes.
Se trata de una de las primeras sentencias penales de este tipo dictadas en la demarcación de Lleida.
El Ministerio Fiscal asegura que la condenada desde agosto de 2006 hasta la actualidad “viene impidiendo a su ex marido cumplir el régimen de visitas para con las dos hijas menores de edad que tienen en común”.
El régimen de visitas se estableció en la sentencia de divorcio y consistía en fines de semanas alternos y vacaciones “por mitad entre ambos progenitores”.
Dicho régimen de visitas fue modificado en enero de 2008, pero la condenada siguió impidiendo a su ex tener a sus 2 hijas menores en su compañía.
La mujer confesó ayer haber obstaculizado el derecho de sus hijas a relacionarse con su padre. Incluso algunos informes psicológicos aseguran que las 2 menores están comenzando a desdibujar la figura paterna después de varios años sin estar con él.
La acusada no es la primera ocasión que se sienta en el banquillo de los acusados por este tema. Ya fue condenada como autora de una falta de incumplimiento de las obligaciones familiares pero continuó impidiendo que su ex visitara a las menores por lo que el caso pasó al juzgado penal.
La acusada fue condenada ayer:
a.- a 3 meses de privación de libertad,
b.-a abonar las costas del procedimiento y,
c.- por supuesto, a permitir que sus 2 hijas menores puedan tener relación con su progenitor tal y como indica la sentencia de divorcio.
Se trata de una de las primeras sentencias de este tipo que se dictan en la demarcación de Lleida y que no deja impune algunas desigualdades.
Renunciar al 50% de la escritura de la vivienda tras el divorcio
http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?codcat=115 230 000 000&men=618123
renunciar al 50% de la escritura
Autor: Arazerling
Fecha: 05/05/2010
Tema: renunciar al 50% de la escritura
Hola a tod@s!
No sé si este es el foro adecuado, pero no sé dónde preguntar esto así que perdón por adelantado si no va aquí.
Mi caso es el siguiente: Acabo de divorciarme de mutuo acuerdo, y no hemos repartido los bienes, entre otras porque sólo tenemos un coche de 6 años de antigüedad y un piso del que apenas si estamos empezando a pagar los primeros años de hipoteca.
El piso está en Alicante. Él va a seguir residiendo en la casa, y yo me voy a la de mi madre en otra comunidad autónoma.
Quisiera saber si hay alguna manera de renunciar a mi parte en la escritura de la casa, y que sea sólo suya.
O si legalmente podría "venderle" mi 50% y así romper toda relación con él.
La verdad es que supongo que, si para comprar un piso tuvimos que acudir al notario, para renunciar a mi parte, también habría que hacerlo, y eso ya implicaría el factor dinero. Muchísimas gracias por responder.
Un saludo!
Autor: x-aaa
Fecha: 06/05/2010
La forma de hacer lo que dices es disolviendo la sociedad de gananciales; puedes "venderle" tu parte, pero te saldría mas caro por el impuesto a pagar.
Efectivamente, tienes que hacerlo en escritura notarial, así que lo mejor es que consultes el tema en una notaría.
Autor: ABQ
Fecha: 06/05/2010
Efectivamente, es más barato disolver la sociedad de gananciales, si es que estáis en ese régimen y no en el de separación de bienes.
Sin embargo, los lotes adjudicados a uno y otro deben ser iguales, sino tendrás que pagar más impuestos.
Pero lo más importante es que aunque la propiedad se la quede él, la hipoteca la seguís debiendo los 2.
Autor: Morinelli
Fecha: 06/05/2010
Estoy algo espeso, pero aunque estuviesen en separación de bienes podrían hacer una extinción del proindiviso...que pal caso es lo mismo, no?
Autor: Arazerling
Fecha: 06/05/2010
Hola y gracias por responder a tod@s!
x-aaa esta mañana he enviado un email a 2 notarios de mi zona, a ver si me aclaran algo del tema. Gracias!
Lo que pasa es que la "venta" sería de mentira, puesto que ni él tiene el dinero para pagármela ni yo lo quiero tampoco.
Lo que me interesa es que no exista elementos que nos sigan uniendo a pesar del divorcio.
Solo eso.
ABQ nosotros no hicimos separación de bienes al casarnos.
De todas maneras no entiendo por qué debo seguir pagando la hipoteca yo si la casa se la queda él???
Y por supuesto Morinelli, que tampoco sé qué es una extinción del proindiviso.
Bueno, de nuevo muchísimas gracias a tod@s,
un saludo!
Autor: ABQ
Fecha: 06/05/2010
Frente al banco los deudores del préstamo hipotecario son los 2 personas que lo firmaron.
Qué razón se te ocurre para que el banco renuncie a una de ellas, corriendo así el doble de riesgo de impago?
Una cosa son los pactos que acordéis entre vosotros y otra muy distinta los que se hacen frente a terceros.
Tiene razón Morinelli, en que podrías hacer una extinción del proindiviso, pero si estás en gananciales, no, así que no tiene importancia para este caso.
De todas formas, el notario te informará de lo que debes hacer, pero mucho ojo con el tema fiscal.
Autor: Arazerling
Fecha: 06/05/2010
Sí ABQ, tienes razón, yo no había caído en eso del banco...
En fin, es todo más complicado de lo que parecía en principio.
De todas maneras he buscado ahora información para saber qué es eso del proindiviso, y he leído un caso parecido al mío en otro foro, pero nombran la EXTINCIÓN DE CONDOMINIO... sabéis si eso es aplicable a mi caso?
La vivienda la compramos hace más de 3 años, lo digo porque leí que si no es así hay que devolver dinero a Hacienda, un 7% si le vendo mi parte y tan solo un 1% si hacemos esto.
Muchas gracias por responder... :)
Autor: Morinelli
Fecha: 06/05/2010
Como te ha dicho ABQ si estáis en gananciales no es una extinción de condominio sino disolución de los gananciales.
Si ambas partes os quedáis con lo mismo no hay que pagar nada.
Cuestión distinta como también te apunta ABQ es que el banco requiera a tu ex-marido avales o garantías para que tú "desaparezcas" de la hipoteca.
Si lo consigue él se queda la casa y la deuda...
renunciar al 50% de la escritura
Autor: Arazerling
Fecha: 05/05/2010
Tema: renunciar al 50% de la escritura
Hola a tod@s!
No sé si este es el foro adecuado, pero no sé dónde preguntar esto así que perdón por adelantado si no va aquí.
Mi caso es el siguiente: Acabo de divorciarme de mutuo acuerdo, y no hemos repartido los bienes, entre otras porque sólo tenemos un coche de 6 años de antigüedad y un piso del que apenas si estamos empezando a pagar los primeros años de hipoteca.
El piso está en Alicante. Él va a seguir residiendo en la casa, y yo me voy a la de mi madre en otra comunidad autónoma.
Quisiera saber si hay alguna manera de renunciar a mi parte en la escritura de la casa, y que sea sólo suya.
O si legalmente podría "venderle" mi 50% y así romper toda relación con él.
La verdad es que supongo que, si para comprar un piso tuvimos que acudir al notario, para renunciar a mi parte, también habría que hacerlo, y eso ya implicaría el factor dinero. Muchísimas gracias por responder.
Un saludo!
Autor: x-aaa
Fecha: 06/05/2010
La forma de hacer lo que dices es disolviendo la sociedad de gananciales; puedes "venderle" tu parte, pero te saldría mas caro por el impuesto a pagar.
Efectivamente, tienes que hacerlo en escritura notarial, así que lo mejor es que consultes el tema en una notaría.
Autor: ABQ
Fecha: 06/05/2010
Efectivamente, es más barato disolver la sociedad de gananciales, si es que estáis en ese régimen y no en el de separación de bienes.
Sin embargo, los lotes adjudicados a uno y otro deben ser iguales, sino tendrás que pagar más impuestos.
Pero lo más importante es que aunque la propiedad se la quede él, la hipoteca la seguís debiendo los 2.
Autor: Morinelli
Fecha: 06/05/2010
Estoy algo espeso, pero aunque estuviesen en separación de bienes podrían hacer una extinción del proindiviso...que pal caso es lo mismo, no?
Autor: Arazerling
Fecha: 06/05/2010
Hola y gracias por responder a tod@s!
x-aaa esta mañana he enviado un email a 2 notarios de mi zona, a ver si me aclaran algo del tema. Gracias!
Lo que pasa es que la "venta" sería de mentira, puesto que ni él tiene el dinero para pagármela ni yo lo quiero tampoco.
Lo que me interesa es que no exista elementos que nos sigan uniendo a pesar del divorcio.
Solo eso.
ABQ nosotros no hicimos separación de bienes al casarnos.
De todas maneras no entiendo por qué debo seguir pagando la hipoteca yo si la casa se la queda él???
Y por supuesto Morinelli, que tampoco sé qué es una extinción del proindiviso.
Bueno, de nuevo muchísimas gracias a tod@s,
un saludo!
Autor: ABQ
Fecha: 06/05/2010
Frente al banco los deudores del préstamo hipotecario son los 2 personas que lo firmaron.
Qué razón se te ocurre para que el banco renuncie a una de ellas, corriendo así el doble de riesgo de impago?
Una cosa son los pactos que acordéis entre vosotros y otra muy distinta los que se hacen frente a terceros.
Tiene razón Morinelli, en que podrías hacer una extinción del proindiviso, pero si estás en gananciales, no, así que no tiene importancia para este caso.
De todas formas, el notario te informará de lo que debes hacer, pero mucho ojo con el tema fiscal.
Autor: Arazerling
Fecha: 06/05/2010
Sí ABQ, tienes razón, yo no había caído en eso del banco...
En fin, es todo más complicado de lo que parecía en principio.
De todas maneras he buscado ahora información para saber qué es eso del proindiviso, y he leído un caso parecido al mío en otro foro, pero nombran la EXTINCIÓN DE CONDOMINIO... sabéis si eso es aplicable a mi caso?
La vivienda la compramos hace más de 3 años, lo digo porque leí que si no es así hay que devolver dinero a Hacienda, un 7% si le vendo mi parte y tan solo un 1% si hacemos esto.
Muchas gracias por responder... :)
Autor: Morinelli
Fecha: 06/05/2010
Como te ha dicho ABQ si estáis en gananciales no es una extinción de condominio sino disolución de los gananciales.
Si ambas partes os quedáis con lo mismo no hay que pagar nada.
Cuestión distinta como también te apunta ABQ es que el banco requiera a tu ex-marido avales o garantías para que tú "desaparezcas" de la hipoteca.
Si lo consigue él se queda la casa y la deuda...
Reemplazo de Tarjeta de Residencia por divorcio
http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?codcat=115 229 310 000&men=610798
Autor: florencia1
Fecha: 19/04/2010
Tema: reemplazo de tarjeta de residencia por divorcio
ME CASE HACE 9 MESES CON UN ESPAÑOL, AHORA ESTAMOS EN TRAMITE DE DIVORCIO. YO ESTOY FORMANDO UNA ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO EN EL CUAL TENDRIA EL CARGO DE PRESIDENTA DE LA ASOCIACION.
MI PREGUNTA ES: SI AL ANULARSE LA TARJETA DE RESIDENCIA POR MATRIMONIO UNA VEZ QUE SE DICTE SENTENCIA PUEDO YO OBTENER O REEMPLAZAR ESA TARJETA DE RESIDENCIA POR OTRA AL TENER EL CARGO DE PRESIDENTE DE UNA ASOCIACION ?
GRACIAS.
Autor: massi1
Fecha: 20/04/2010
Hola, Si podrías pasar al régimen general, pero la asociación es 100% tuya o hay más socios?
Lo digo porque si tienes el control efectivo de la empresa, lo que procede es un permiso por cuenta propia.
O en cambio, es otra persona que te va a contratar? en cuyo caso sería cuenta ajena.
También es importante saber si recibirás dinero de alguna empresa, más o menos de qué se trata, puesto que en principio se supone que debe ser un negocio a explotar que recibas a cambio un salario.
Una contraprestación en los términos de lo que establece el Estatuto de los Trabajadores. Saludos,
Maciel Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
Autor: sagabe
Fecha: 29/04/2010
Massi, de la respuesta que has dado, me surge una inquietud, y te pregunto con todo respeto: Puede acaso una persona pasar de la comunitaria por haber estado casada con español al regimen general tan facilito, sin tener en cuenta el tiempo (menos de un año) de estar en España? si no te importa ahondar un poco mas en la respuesta, sería muy bueno.
Saludos
Autor: massi1
Fecha: 29/04/2010
Hola Sagabe, Hay diversas formas de hacer el cambio y dependiendo el caso oriento a la gente. Para cambiar al régimen general (trabajo por cuenta ajena) y no someterse a la Situación Nacional de Empleo (SNE), el Reglamento establece que debe probar alguno de los supuestos que va desde haber pasado al menos 3 años de matrimonio hasta tener la custodía de 1 de los menos de edad.
Ahora bien, en caso de que no apliques a ninguno de los supuestos, entonces tienes que mirar la SNE, para lo planteado, como se trata de un cuenta propia, ella podría gestionar el cambio ya que no va a mirarse la SNE, si no más bien el proyecto en concreto.
Saludos,
Autor: sagabe
Fecha: 29/04/2010
Perdona, para terminar, quiere esto decir, que cualquier persona ilegal en España y que tenga medios económicos para ser autónomo, lograría su residencia?
insisto en pedirte disculpas por las molestias, pero es que no lo tengo claro.
Saludos
Autor: nausicaa1983
Fecha: 30/04/2010
Sagabe, yo nunca he intentado un cuenta propia inicial, tengo entendido, si no me equivoco, que debe iniciarse desde el país de origen: y en cuanto al arraigo social (estancia irregular demostrada de 3 años) es una figura que solo se contempla para supuestos de oferta de trabajo, cuenta ajena (contratos laborales).
Por otro lado, si la persona irregular a que te refieres no cumple los 3 años para acceder al arraigo social (o 2, arraigo laboral) no puede hacer nada por ninguna vía: excepto extraordinarios supuestos contemplados expresamente en la Ley, o que contrajera matrimonio con español o ciudadano comunitario residente.
Salvo mejor criterio, ya que veo a la compañera Massi por aquí que suele aportar excelentes referencias ;)
Saludos
Autor: massi1
Fecha: 30/04/2010
Hola, Si está muy bien nausicaa1983 lo que dices y estoy de acuerdo con tu explicación.
Pero tenemos que situarnos al caso concreto de una mujer que tenía una tarjeta de residencia como familiar de comunitario que para modificar su situación al régimen general no cumple los requisitos del Reglamento en el sentido de al menos poseer 3 años de matrimonio.
Entonces, mi tesis es que ella sí puede modificar su tarjeta al régimen general, pero no beneficiándose de los términos estipulados por el Reglamento ya que no le aplica por no cumplir los requisitos.
Entonces, tendría o bien que someterse a la Situación Nacional de Empleo (SNE) o bien solicitar una tarjeta de residencia por cuenta propia, lo que pasa es que ella tendrá que ir a por el visado a su país de origen una vez concedido el permiso en Madrid.
Puedo equivocarme y siempre digo que soy humilde en mis conocimientos, pero en extranjería las cosas no son como decir 2 2 son 4.
Siempre, siempre habrá excepciones y obviamente hay que gestionar todas las opciones que la ley te permita.
Saludos,
Maciel Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
Autor: florencia1
Fecha: 19/04/2010
Tema: reemplazo de tarjeta de residencia por divorcio
ME CASE HACE 9 MESES CON UN ESPAÑOL, AHORA ESTAMOS EN TRAMITE DE DIVORCIO. YO ESTOY FORMANDO UNA ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO EN EL CUAL TENDRIA EL CARGO DE PRESIDENTA DE LA ASOCIACION.
MI PREGUNTA ES: SI AL ANULARSE LA TARJETA DE RESIDENCIA POR MATRIMONIO UNA VEZ QUE SE DICTE SENTENCIA PUEDO YO OBTENER O REEMPLAZAR ESA TARJETA DE RESIDENCIA POR OTRA AL TENER EL CARGO DE PRESIDENTE DE UNA ASOCIACION ?
GRACIAS.
Autor: massi1
Fecha: 20/04/2010
Hola, Si podrías pasar al régimen general, pero la asociación es 100% tuya o hay más socios?
Lo digo porque si tienes el control efectivo de la empresa, lo que procede es un permiso por cuenta propia.
O en cambio, es otra persona que te va a contratar? en cuyo caso sería cuenta ajena.
También es importante saber si recibirás dinero de alguna empresa, más o menos de qué se trata, puesto que en principio se supone que debe ser un negocio a explotar que recibas a cambio un salario.
Una contraprestación en los términos de lo que establece el Estatuto de los Trabajadores. Saludos,
Maciel Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
Autor: sagabe
Fecha: 29/04/2010
Massi, de la respuesta que has dado, me surge una inquietud, y te pregunto con todo respeto: Puede acaso una persona pasar de la comunitaria por haber estado casada con español al regimen general tan facilito, sin tener en cuenta el tiempo (menos de un año) de estar en España? si no te importa ahondar un poco mas en la respuesta, sería muy bueno.
Saludos
Autor: massi1
Fecha: 29/04/2010
Hola Sagabe, Hay diversas formas de hacer el cambio y dependiendo el caso oriento a la gente. Para cambiar al régimen general (trabajo por cuenta ajena) y no someterse a la Situación Nacional de Empleo (SNE), el Reglamento establece que debe probar alguno de los supuestos que va desde haber pasado al menos 3 años de matrimonio hasta tener la custodía de 1 de los menos de edad.
Ahora bien, en caso de que no apliques a ninguno de los supuestos, entonces tienes que mirar la SNE, para lo planteado, como se trata de un cuenta propia, ella podría gestionar el cambio ya que no va a mirarse la SNE, si no más bien el proyecto en concreto.
Saludos,
Autor: sagabe
Fecha: 29/04/2010
Perdona, para terminar, quiere esto decir, que cualquier persona ilegal en España y que tenga medios económicos para ser autónomo, lograría su residencia?
insisto en pedirte disculpas por las molestias, pero es que no lo tengo claro.
Saludos
Autor: nausicaa1983
Fecha: 30/04/2010
Sagabe, yo nunca he intentado un cuenta propia inicial, tengo entendido, si no me equivoco, que debe iniciarse desde el país de origen: y en cuanto al arraigo social (estancia irregular demostrada de 3 años) es una figura que solo se contempla para supuestos de oferta de trabajo, cuenta ajena (contratos laborales).
Por otro lado, si la persona irregular a que te refieres no cumple los 3 años para acceder al arraigo social (o 2, arraigo laboral) no puede hacer nada por ninguna vía: excepto extraordinarios supuestos contemplados expresamente en la Ley, o que contrajera matrimonio con español o ciudadano comunitario residente.
Salvo mejor criterio, ya que veo a la compañera Massi por aquí que suele aportar excelentes referencias ;)
Saludos
Autor: massi1
Fecha: 30/04/2010
Hola, Si está muy bien nausicaa1983 lo que dices y estoy de acuerdo con tu explicación.
Pero tenemos que situarnos al caso concreto de una mujer que tenía una tarjeta de residencia como familiar de comunitario que para modificar su situación al régimen general no cumple los requisitos del Reglamento en el sentido de al menos poseer 3 años de matrimonio.
Entonces, mi tesis es que ella sí puede modificar su tarjeta al régimen general, pero no beneficiándose de los términos estipulados por el Reglamento ya que no le aplica por no cumplir los requisitos.
Entonces, tendría o bien que someterse a la Situación Nacional de Empleo (SNE) o bien solicitar una tarjeta de residencia por cuenta propia, lo que pasa es que ella tendrá que ir a por el visado a su país de origen una vez concedido el permiso en Madrid.
Puedo equivocarme y siempre digo que soy humilde en mis conocimientos, pero en extranjería las cosas no son como decir 2 2 son 4.
Siempre, siempre habrá excepciones y obviamente hay que gestionar todas las opciones que la ley te permita.
Saludos,
Maciel Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
Aprobada en Aragón la primera ley para la custodia compartida en España
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Aprobada/Aragon/primera/ley/custodia/compartida/Espana/elpepusoc/20100520elpepusoc_2/Tes
Aprobada en Aragón la primera ley para la custodia compartida en España
El Parlamento autónomo da luz verde a una norma pionera.-
Vizcaya, Cataluña y la Comunidad Valenciana también se muestran a favor de reformar la legislación.
PERE RÍOS / ALBERTO URIONA - Barcelona / Bilbao - 20/05/2010
Aragón se ha convertido esta tarde en pionera en la custodia compartida de los hijos como el régimen preferente que han de adoptar los jueces en los casos de separación o divorcio cuando no haya acuerdo entre los progenitores.
El pleno de las Cortes de esa comunidad autónoma ha dado luz verde a la norma con los votos a favor del PSOE, PP, PAR y la Chunta Aragonesista.
Izquierda Unida se ha abstenido, pero no por el contenido de la ley, sino por cómo se ha regulado, según ha informado la formación política.
El Código Civil vigente califica esta medida de "excepcional"
Anualmente se producen más de 100.000 rupturas en todo el Estado.
La aprobación de esta iniciativa se produce en un momento social y político en el que arrecia el debate para modificar la reforma de la Ley del Divorcio aprobada en 2005, que califica la custodia compartida como una situación "excepcional" que sólo se otorgará si el fiscal informa a favor.
La coordinadora de la ponencia que tramitó la ley, la diputada del PAR María Herrero, calificó la norma como "la más avanzada en Derecho Civil relativo a las relaciones familiares" en España, "actuando como locomotora del cambio legislativo" en este aspecto.
La ley pretende asegurar que los menores de padres separados mantengan el derecho a relacionarse con los restantes familiares y que los 2 cónyuges conserven sus funciones como autoridad familiar, sin que ésta pueda ser menoscabada.
Así, los 2 cónyuges seguirán tomando decisiones sobre la educación y crianza de sus hijos y ambos tendrán derecho a relacinarse de forma regular y directa con sus hijos.
Impulso en otras autonomías.
El debate no sólo ha prendido en la sociedad aragonesa.
Esta mañana también se ha hablado de custodia de los hijos en las Juntas Generales de Vizcaya (el Parlamento de la provincia), que han aprobado esta mañana una proposición no de ley en la que respaldan la custodia compartida como norma preferente tras los divorcios.
La declaración ha sido ratificada por 35 votos a favor (PNV, PP, EA, Alternativa y 1 representante de la ilegalizada ANV) y 13 abstenciones (PSOE e IU).
La propuesta no tiene efectos prácticos como en Aragón, porque en Euskadi no existen competencia sobre este asunto.
Por ello, el texto insta a que se presente en las Cortes Generales "de forma urgente" el proyecto de ley de modificación de la Ley del Divorcio.
Eizbea Atela, del PNV, ha mostrado su apoyo porque "la realidad ha superado a la norma" y ha remarcado "la enorme conflictividad en los casos de separaciones con hijos, plasmada en el gran número de litigios judiciales".
Susana González, del PSE, ha pedido que este tema se trate "con responsabilidad" y ha abogado por no hacer una "modificación de la ley precipitada".
Al pleno, celebrado en las Juntas Generales de Gernika, han asistido una veintena de miembros de la Asociación La Terraza y de la Agrupación de Vizcaya de Padres y Madres Separados, que han mostrado su "satisfacción total" por este acuerdo.
"Es un paso más y el 80% de la sociedad está a favor de la custodia compartida. El bien del menor es estar con sus 2 padres", han asegurado.
Cataluña también ultima una ley, menos ambiciosa que la aragonesa, que pretende la mayor implicación de los hombres en el cuidado de los hijos y mitigar los efectos del divorcio.
En la Comunidad Valencia el debate también está encima de la mesa.
Han comenzado las reuniones para legislar en ese sentido.
Una reclamación que no es nueva
"Algo se está moviendo poco a poco en la sociedad española", explica Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia, que viene reclamando desde hace años otra legislación en materia de familia.
Es por eso que la ley que han aprobado hoy las Cortes de Aragón tiene precedentes en España.
La Ley de Igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres establece que "el juez adoptará de forma preferente la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente".
La decisión judicial se basará, entre otros factores, en el plan de relaciones familiares que presentará cada progenitor tras la ruptura, algo que ahora no se reconoce en el Código Civil español.
El plan deberá detallar:
a.- el destino de la vivienda,
b.- el régimen de convivencia y visitas de los hijos
c.- así como la pensión compensatoria a la madre, si procede,
aspectos que ahora decide el juez o que se incluyen en cualquier convenio regulador de divorcio que presentan las partes si es de mutuo acuerdo.
Sin embargo, la ley aragonesa va más allá y precisa que ese plan también deberá referirse al régimen de relación de los hijos con sus hermanos, abuelos y otros parientes y personas allegadas.
Se pretende acabar así con una situación que afecta a centenares de miles de abuelos de España, casi siempre paternos, que dejan de ver a sus nietos tras el divorcio.
Anualmente se producen en España más de 100.000 rupturas.
El Instituto Nacional de Estadística (INE) cifra las separaciones, divorcios y nulidades matrimoniales en 118.939, lejos de las 145.919 que se alcanzaron en 2006, cuando no había crisis.
No hay estudios rigurosos sobre las custodias compartidas que se conceden, pero nadie duda que apenas superan el 5% del total.
La inmensa mayoría son por mutuo acuerdo, pues las estrecheces de la actual legislación le impiden al juez optar por esa vía.
Otra cosa es que, hecha la ley, hecha la trampa, porque los jueces últimamente están concediendo lo que se llama amplios regímenes de visitas que, en la práctica son custodias compartidas de hecho, que no de derecho.
Como el caso de Joan Carles Castañé, que saltó a los medios en 2006, cuando un juzgado de Gavà (Barcelona), le negó la custodia compartida, entre otros motivos, porque sufre una ligera cojera. Tras una larga batalla judicial ha conseguido que sus hijos, que cumplirán 11 y 7 años, estén con él martes, jueves y fines de semana alternos que se inician el viernes, cuando salen del colegio, y finalizan el lunes, cuando regresan.
Igual que la madre, que los tiene lunes, miércoles y fines de semana, pero oficialmente es ella quien tiene la custodia.
Las excepciones
La ley aragonesa precisa que no se concederá la custodia, ni individual ni compartida, "cuando el juez advierta la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género".
Algunos voces alertan que este redactado puede favorecer el abuso del Código Penal.
El proyecto inicial hablaba de sentencia firme y no indicios, pero finalmente fue modificado, según explica María Herrero, coordinadora de la ponencia parlamentaria y diputada del PAR.
Otro artículo establece que el juez limitará la atribución del uso de la vivienda a uno de los progenitores si las partes no se ponen de acuerdo e incluso podrá dictar su venta si beneficia a las relaciones familiares.
La sentencia al uso que se dicta en España atribuye a la mujer la custodia de los hijos, una pensión de alimentos y el uso de la vivienda sin acotarlo en el tiempo.
Aunque no lo parezca, es una telaraña que atrapa a la mujer, pues cuando los hijos se emancipan, el padre pide la división de la cosa común.
Y ella, con una cierta edad, se ve obligada a abandonar la casa si no le puede comprar a él su parte.
La ley aragonesa contiene también una disposición transitoria que permite su retroactividad, de manera que cuando entre en vigor dentro de 3 meses, se podrán revisar todas las sentencias ya dictadas.
"La fiscalía tiene la llave"
¿A alguien se le ocurre que un juez español no pueda tomar una decisión si se opone el fiscal? Pues eso es lo que ocurre en España con el artículo 92.8 del Código Civil, que impide al juez dictar una custodia compartida si el fiscal no está de acuerdo.
Es lo que salió de las Cortes en una votación de madrugada celebrada en 2005, cuando se reformó la ley del divorcio.
El PSOE dijo entonces que había sido un error y que se modificaría la ley, pero han pasado 5 años y sigue igual.
Las audiencias provinciales de Las Palmas y Navarra han planteado dos cuestiones de inconstitucionalidad sobre ese artículo.
"La fiscalía tiene la llave de la custodia compartida y en ocasiones nos gustaría dictar más sentencias así, pero no podemos", explica José Luis Utrera, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Málaga, especializado en familia.
Y ante ese imperativo legal lo que hacen muchas sentencias es llenar de contenido la patria potestad, que sigue siendo compartida tras el divorcio, de manera que los jueces establecen, por ejemplo, que el progenitor custodio no podrá cambiar a los hijos de domicilio sin acuerdo del otro, ni de centro escolar, ni organizar actos sociales o familiares, ni visitas médicas o al psicólogo.
El juez Utrera coincide con los abogados de familia en que también hay que cambiar el artículo 96, que atribuye automáticamente la vivienda al progenitor custodio, sin temporalizar el derecho de uso ni regular su posible venta, como hace la ley aragonesa.
"Esperamos que produzca un efecto dominó en otras comunidades y en España para invertir la tendencia actual y darle la vuelta al Código Civil", explica la diputada del PAR María Herrero.
"Los jueces siguen siendo reacios a la custodia compartida, pero la sociedad va por delante de la ley y con el paso del tiempo llegarán los cambios legales", asegura el abogado Niñerola.
Aprobada en Aragón la primera ley para la custodia compartida en España
El Parlamento autónomo da luz verde a una norma pionera.-
Vizcaya, Cataluña y la Comunidad Valenciana también se muestran a favor de reformar la legislación.
PERE RÍOS / ALBERTO URIONA - Barcelona / Bilbao - 20/05/2010
Aragón se ha convertido esta tarde en pionera en la custodia compartida de los hijos como el régimen preferente que han de adoptar los jueces en los casos de separación o divorcio cuando no haya acuerdo entre los progenitores.
El pleno de las Cortes de esa comunidad autónoma ha dado luz verde a la norma con los votos a favor del PSOE, PP, PAR y la Chunta Aragonesista.
Izquierda Unida se ha abstenido, pero no por el contenido de la ley, sino por cómo se ha regulado, según ha informado la formación política.
El Código Civil vigente califica esta medida de "excepcional"
Anualmente se producen más de 100.000 rupturas en todo el Estado.
La aprobación de esta iniciativa se produce en un momento social y político en el que arrecia el debate para modificar la reforma de la Ley del Divorcio aprobada en 2005, que califica la custodia compartida como una situación "excepcional" que sólo se otorgará si el fiscal informa a favor.
La coordinadora de la ponencia que tramitó la ley, la diputada del PAR María Herrero, calificó la norma como "la más avanzada en Derecho Civil relativo a las relaciones familiares" en España, "actuando como locomotora del cambio legislativo" en este aspecto.
La ley pretende asegurar que los menores de padres separados mantengan el derecho a relacionarse con los restantes familiares y que los 2 cónyuges conserven sus funciones como autoridad familiar, sin que ésta pueda ser menoscabada.
Así, los 2 cónyuges seguirán tomando decisiones sobre la educación y crianza de sus hijos y ambos tendrán derecho a relacinarse de forma regular y directa con sus hijos.
Impulso en otras autonomías.
El debate no sólo ha prendido en la sociedad aragonesa.
Esta mañana también se ha hablado de custodia de los hijos en las Juntas Generales de Vizcaya (el Parlamento de la provincia), que han aprobado esta mañana una proposición no de ley en la que respaldan la custodia compartida como norma preferente tras los divorcios.
La declaración ha sido ratificada por 35 votos a favor (PNV, PP, EA, Alternativa y 1 representante de la ilegalizada ANV) y 13 abstenciones (PSOE e IU).
La propuesta no tiene efectos prácticos como en Aragón, porque en Euskadi no existen competencia sobre este asunto.
Por ello, el texto insta a que se presente en las Cortes Generales "de forma urgente" el proyecto de ley de modificación de la Ley del Divorcio.
Eizbea Atela, del PNV, ha mostrado su apoyo porque "la realidad ha superado a la norma" y ha remarcado "la enorme conflictividad en los casos de separaciones con hijos, plasmada en el gran número de litigios judiciales".
Susana González, del PSE, ha pedido que este tema se trate "con responsabilidad" y ha abogado por no hacer una "modificación de la ley precipitada".
Al pleno, celebrado en las Juntas Generales de Gernika, han asistido una veintena de miembros de la Asociación La Terraza y de la Agrupación de Vizcaya de Padres y Madres Separados, que han mostrado su "satisfacción total" por este acuerdo.
"Es un paso más y el 80% de la sociedad está a favor de la custodia compartida. El bien del menor es estar con sus 2 padres", han asegurado.
Cataluña también ultima una ley, menos ambiciosa que la aragonesa, que pretende la mayor implicación de los hombres en el cuidado de los hijos y mitigar los efectos del divorcio.
En la Comunidad Valencia el debate también está encima de la mesa.
Han comenzado las reuniones para legislar en ese sentido.
Una reclamación que no es nueva
"Algo se está moviendo poco a poco en la sociedad española", explica Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia, que viene reclamando desde hace años otra legislación en materia de familia.
Es por eso que la ley que han aprobado hoy las Cortes de Aragón tiene precedentes en España.
La Ley de Igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres establece que "el juez adoptará de forma preferente la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente".
La decisión judicial se basará, entre otros factores, en el plan de relaciones familiares que presentará cada progenitor tras la ruptura, algo que ahora no se reconoce en el Código Civil español.
El plan deberá detallar:
a.- el destino de la vivienda,
b.- el régimen de convivencia y visitas de los hijos
c.- así como la pensión compensatoria a la madre, si procede,
aspectos que ahora decide el juez o que se incluyen en cualquier convenio regulador de divorcio que presentan las partes si es de mutuo acuerdo.
Sin embargo, la ley aragonesa va más allá y precisa que ese plan también deberá referirse al régimen de relación de los hijos con sus hermanos, abuelos y otros parientes y personas allegadas.
Se pretende acabar así con una situación que afecta a centenares de miles de abuelos de España, casi siempre paternos, que dejan de ver a sus nietos tras el divorcio.
Anualmente se producen en España más de 100.000 rupturas.
El Instituto Nacional de Estadística (INE) cifra las separaciones, divorcios y nulidades matrimoniales en 118.939, lejos de las 145.919 que se alcanzaron en 2006, cuando no había crisis.
No hay estudios rigurosos sobre las custodias compartidas que se conceden, pero nadie duda que apenas superan el 5% del total.
La inmensa mayoría son por mutuo acuerdo, pues las estrecheces de la actual legislación le impiden al juez optar por esa vía.
Otra cosa es que, hecha la ley, hecha la trampa, porque los jueces últimamente están concediendo lo que se llama amplios regímenes de visitas que, en la práctica son custodias compartidas de hecho, que no de derecho.
Como el caso de Joan Carles Castañé, que saltó a los medios en 2006, cuando un juzgado de Gavà (Barcelona), le negó la custodia compartida, entre otros motivos, porque sufre una ligera cojera. Tras una larga batalla judicial ha conseguido que sus hijos, que cumplirán 11 y 7 años, estén con él martes, jueves y fines de semana alternos que se inician el viernes, cuando salen del colegio, y finalizan el lunes, cuando regresan.
Igual que la madre, que los tiene lunes, miércoles y fines de semana, pero oficialmente es ella quien tiene la custodia.
Las excepciones
La ley aragonesa precisa que no se concederá la custodia, ni individual ni compartida, "cuando el juez advierta la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género".
Algunos voces alertan que este redactado puede favorecer el abuso del Código Penal.
El proyecto inicial hablaba de sentencia firme y no indicios, pero finalmente fue modificado, según explica María Herrero, coordinadora de la ponencia parlamentaria y diputada del PAR.
Otro artículo establece que el juez limitará la atribución del uso de la vivienda a uno de los progenitores si las partes no se ponen de acuerdo e incluso podrá dictar su venta si beneficia a las relaciones familiares.
La sentencia al uso que se dicta en España atribuye a la mujer la custodia de los hijos, una pensión de alimentos y el uso de la vivienda sin acotarlo en el tiempo.
Aunque no lo parezca, es una telaraña que atrapa a la mujer, pues cuando los hijos se emancipan, el padre pide la división de la cosa común.
Y ella, con una cierta edad, se ve obligada a abandonar la casa si no le puede comprar a él su parte.
La ley aragonesa contiene también una disposición transitoria que permite su retroactividad, de manera que cuando entre en vigor dentro de 3 meses, se podrán revisar todas las sentencias ya dictadas.
"La fiscalía tiene la llave"
¿A alguien se le ocurre que un juez español no pueda tomar una decisión si se opone el fiscal? Pues eso es lo que ocurre en España con el artículo 92.8 del Código Civil, que impide al juez dictar una custodia compartida si el fiscal no está de acuerdo.
Es lo que salió de las Cortes en una votación de madrugada celebrada en 2005, cuando se reformó la ley del divorcio.
El PSOE dijo entonces que había sido un error y que se modificaría la ley, pero han pasado 5 años y sigue igual.
Las audiencias provinciales de Las Palmas y Navarra han planteado dos cuestiones de inconstitucionalidad sobre ese artículo.
"La fiscalía tiene la llave de la custodia compartida y en ocasiones nos gustaría dictar más sentencias así, pero no podemos", explica José Luis Utrera, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Málaga, especializado en familia.
Y ante ese imperativo legal lo que hacen muchas sentencias es llenar de contenido la patria potestad, que sigue siendo compartida tras el divorcio, de manera que los jueces establecen, por ejemplo, que el progenitor custodio no podrá cambiar a los hijos de domicilio sin acuerdo del otro, ni de centro escolar, ni organizar actos sociales o familiares, ni visitas médicas o al psicólogo.
El juez Utrera coincide con los abogados de familia en que también hay que cambiar el artículo 96, que atribuye automáticamente la vivienda al progenitor custodio, sin temporalizar el derecho de uso ni regular su posible venta, como hace la ley aragonesa.
"Esperamos que produzca un efecto dominó en otras comunidades y en España para invertir la tendencia actual y darle la vuelta al Código Civil", explica la diputada del PAR María Herrero.
"Los jueces siguen siendo reacios a la custodia compartida, pero la sociedad va por delante de la ley y con el paso del tiempo llegarán los cambios legales", asegura el abogado Niñerola.
De maltratada a mujer maltratadora
http://www.ideal.es/granada/v/20100519/granada/detencion-churriana-vega-granada-20100519.html
GRANADA: Detención en Churriana de la Vega (Granada) de una joven víctima de malos tratos por agredir a sus padres
La chica, de 19 años, había vuelto a la casa familiar tras separarse de su pareja, a la que acusó de maltrato
19.05.10 M. V. COBO GRANADA.
Con apenas 18 años sufrió en sus carnes la violencia doméstica.
Su pareja la maltrataba y decidió denunciarlo y separarse de él.
La joven recogió a su hija pequeña, aún bebé, y se refugió en los brazos de su familia.
Se mudó a casa de sus padres, donde la historia dio un giro terrible e inesperado.
A esa misma casa acudió la Guardia Civil hace unos días, pero esta vez para detenerla a ella.
El hecho tuvo en un domicilio de Churriana de la Vega, en el que vivían un matrimonio, su hija, de 19 años, y la nieta, de unos 2 años.
Al parecer, el enfrentamiento comenzó cuando el padre le preguntó a la joven dónde había estado.
La pregunta no sentó muy bien a la chica y se inició una discusión en la que ella agredió a su padre, ocasionándole lesiones leves.
La madre de la chica, que presenciaba los hechos, trató de mediar en la discusión y también recibió varios golpes de la joven, que la agredió con una sombrilla.
Pero la historia no se quedó en las lesiones leves que sufrieron los 2.
Lejos de calmarse, la joven llegó a agarrar a un cuchillo con el que amenazó a sus padres con matarlos.
El estado en el que se encontraba la joven y sus amenazas asustaron tanto a los padres, que se decidieron a llamar a la Guardia Civil para denunciar la situación.
La chica se había hecho fuerte en la casa y no los dejaba salir.
Cuando llegaron los agentes a la casa, la joven intentó encerrarse en el cuarto de baño, pero no tuvo tiempo.
Fue detenida con el cuchillo en la mano y trasladada a dependencias de la Guardia Civil, en cuyos calabozos pasó la noche por lo ocurrido.
De víctima a verdugo
Pero lo más sorprendente no fue la agresión, sino el hecho de que la chica había sido la víctima solo unos meses antes.
Según ha podido saber este periódico de fuentes de la Guardia Civil, la joven había denunciado por malos tratos a su pareja.
Esta violencia la empujó a separarse de su pareja y padre de su hija, cuando la niña aún tenía unos meses.
Precisamente por eso se mudó de nuevo a la casa de sus padres.
Sin embargo, por un motivo o por otro, la semilla de la violencia debió quedar en la joven, que pasó la noche en los calabozos por el presunto delito de violencia doméstica contra sus padres.
Tras tomarle declaración a la joven y a sus padres, la detenida pasó ayer a disposición judicial.
Esta chica, de 19 años, fue 1 de las 3 personas detenidas ayer por la Guardia Civil por presuntos casos de violencia doméstica.
Las otras 2 detenciones corresponden a 2 varones que fueron detenidos por presuntamente agredir a sus parejas
GRANADA: Detención en Churriana de la Vega (Granada) de una joven víctima de malos tratos por agredir a sus padres
La chica, de 19 años, había vuelto a la casa familiar tras separarse de su pareja, a la que acusó de maltrato
19.05.10 M. V. COBO GRANADA.
Con apenas 18 años sufrió en sus carnes la violencia doméstica.
Su pareja la maltrataba y decidió denunciarlo y separarse de él.
La joven recogió a su hija pequeña, aún bebé, y se refugió en los brazos de su familia.
Se mudó a casa de sus padres, donde la historia dio un giro terrible e inesperado.
A esa misma casa acudió la Guardia Civil hace unos días, pero esta vez para detenerla a ella.
El hecho tuvo en un domicilio de Churriana de la Vega, en el que vivían un matrimonio, su hija, de 19 años, y la nieta, de unos 2 años.
Al parecer, el enfrentamiento comenzó cuando el padre le preguntó a la joven dónde había estado.
La pregunta no sentó muy bien a la chica y se inició una discusión en la que ella agredió a su padre, ocasionándole lesiones leves.
La madre de la chica, que presenciaba los hechos, trató de mediar en la discusión y también recibió varios golpes de la joven, que la agredió con una sombrilla.
Pero la historia no se quedó en las lesiones leves que sufrieron los 2.
Lejos de calmarse, la joven llegó a agarrar a un cuchillo con el que amenazó a sus padres con matarlos.
El estado en el que se encontraba la joven y sus amenazas asustaron tanto a los padres, que se decidieron a llamar a la Guardia Civil para denunciar la situación.
La chica se había hecho fuerte en la casa y no los dejaba salir.
Cuando llegaron los agentes a la casa, la joven intentó encerrarse en el cuarto de baño, pero no tuvo tiempo.
Fue detenida con el cuchillo en la mano y trasladada a dependencias de la Guardia Civil, en cuyos calabozos pasó la noche por lo ocurrido.
De víctima a verdugo
Pero lo más sorprendente no fue la agresión, sino el hecho de que la chica había sido la víctima solo unos meses antes.
Según ha podido saber este periódico de fuentes de la Guardia Civil, la joven había denunciado por malos tratos a su pareja.
Esta violencia la empujó a separarse de su pareja y padre de su hija, cuando la niña aún tenía unos meses.
Precisamente por eso se mudó de nuevo a la casa de sus padres.
Sin embargo, por un motivo o por otro, la semilla de la violencia debió quedar en la joven, que pasó la noche en los calabozos por el presunto delito de violencia doméstica contra sus padres.
Tras tomarle declaración a la joven y a sus padres, la detenida pasó ayer a disposición judicial.
Esta chica, de 19 años, fue 1 de las 3 personas detenidas ayer por la Guardia Civil por presuntos casos de violencia doméstica.
Las otras 2 detenciones corresponden a 2 varones que fueron detenidos por presuntamente agredir a sus parejas
Custodia Compartida tambien en Valencia (España)
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=389688
(Comunidad Valenciana) POLITICA
Futura ley valenciana establecerá la custodia compartida en casos de divorcio
Valencia, 20 may 2010(EFE).-
El proyecto de ley de Custodia Compartida, que aprobará el Gobierno de la Generalitat antes del verano, establecerá que en los casos de divorcio, salvo pacto entre los padres, se establecerá la custodia compartida entre ambos cónyuges.
Así lo ha anunciado hoy en una rueda de prensa el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, quien ha explicado que el anteproyecto de ley ya está redactado en su articulado y que antes del verano se presentará al pleno del Consell para su aprobación.
Castellano ha afirmado que la decisión de que en los casos de divorcio, salvo pacto entre los padres, se establezca la custodia compartida entre ambos cónyuges, se ha tomado "primando el interés general de los hijos" para que estos "no tengan que pagar los platos rotos de las desavenencias conyugales".
La Comisión de Codificación de Derecho Foral Civil ha redactado el texto, que ha sido negociado con las asociaciones de custodia compartida y de abuelos por la custodia compartida, según Castellano, quien ha recordado que este asunto estaba en el programa electoral del PP.
Las noticias más vistas
1. La mitad de los hombres españoles pone excusas para no tener sexo
7. Doña Letizia, «reina» de las revistas del corazón
8. La parricida de Lloret es la esposa del pederasta británico detenido en Barcelona
9. El decreto ley para recortar sueldos a los funcionarios puede ser inconstitucional
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Futura ley valenciana establecerá la custodia compartida en casos de divorcio
Valencia, 20 may 2010(EFE).-
El proyecto de ley de Custodia Compartida, que aprobará el Gobierno de la Generalitat antes del verano, establecerá que en los casos de divorcio, salvo pacto entre los padres, se establecerá la custodia compartida entre ambos cónyuges.
Así lo ha anunciado hoy en una rueda de prensa el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, quien ha explicado que el anteproyecto de ley ya está redactado en su articulado y que antes del verano se presentará al pleno del Consell para su aprobación.
Castellano ha afirmado que la decisión de que en los casos de divorcio, salvo pacto entre los padres, se establezca la custodia compartida entre ambos cónyuges, se ha tomado "primando el interés general de los hijos" para que estos "no tengan que pagar los platos rotos de las desavenencias conyugales".
La Comisión de Codificación de Derecho Foral Civil ha redactado el texto, que ha sido negociado con las asociaciones de custodia compartida y de abuelos por la custodia compartida, según Castellano, quien ha recordado que este asunto estaba en el programa electoral del PP.
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9. El decreto ley para recortar sueldos a los funcionarios puede ser inconstitucional
El juez del buen divorcio:La Mediación Intrajudicial
http://www.elcorreoweb.es/andalucia/094428/juez/buen/divorcio
El juez del buen divorcio
Laura Blanco.19/05/2010
El CGPJ premia al juzgado de familia nº 5 de Málaga por su gestión de los conflictos familiares.
El índice de divorcios y separaciones tramitados con consenso entre las partes es del 80%, un 20% más alto que la media nacional.
En caso de divorcio "el juez y los abogados sólo le resolverán las cuestiones legales pero no las emocionales";
en una ruptura "se separan los padres, no los hijos";
aunque uno de los progenitores ostente la guarda y custodia "los hijos no son propiedad exclusiva del padre o la madre";
introduzca a su nueva pareja en la vida de sus hijos "con tacto y progresivamente" y, sobre todo, antes de acudir a un proceso judicial "agoten siempre las posibilidades de acuerdo entre las partes".
Son algunos de los consejos del Decálogo del Buen Divorcio del Juzgado de Familia nº 5 de Málaga, premiado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por su programa para mejorar la gestión judicial de los conflictos familiares.
El juez José Luis Utrera es el titular de este órgano que desde hace 10 años aplica distintas medidas que le han permitido resolver entre el 70 y el 80% de las separaciones y divorcios con consenso entre las partes, "un porcentaje que mejora entre un 10 y un 20% la media nacional, situada entre el 50 y el 60%".
En realidad, el año pasado, en los juzgados andaluces, se tramitaron más divorcios no consensuados (10.916) que con acuerdo entre las partes (10.665) mientras que en el caso de las separaciones sí fueron más las consensuadas (1.041 frente a 827).
Las medidas del programa van desde contar con una sala para tomar declaración a los niños cuya decoración "nada tiene que ver con un juzgado, es como la de cualquier guardería" al uso de tablas orientadoras para fijar las pensiones de manutención -en función de la renta del progenitor que no ostenta la custodia de los hijos y del número de éstos-, con lo que "los abogados saben más o menos de antemano las cuantías y se agiliza el proceso y facilita el consenso".
Y es que según el juez Utrera, del 20 o 25% de contenciosos donde no se logra una solución consensuada previa, el 80% se refiere a conflictos por la cuantía de las pensiones.
"Los relativos a la custodia de los hijos son pocos", reconoce el magistrado.
Además, el juzgado cuenta con un servicio de mediación familiar intrajudicial, en colaboración con asociaciones de mediadores, que en caso de ser aceptado por las partes suspende el proceso judicial.
Pero la ayuda que presta este juzgado malagueño no se limita sólo al tiempo que dura el trámite jurídico sino que deriva a aquellas parejas cuya ruptura ha sido especialmente compleja y que deseen recibir terapia a un servicio de intervención familiar posruptura que presta el gabinete psicológico de la Universidad de Málaga.
Al juzgado de familia nº 5 de Málaga, que en realidad es un órgano de primera instancia aunque exclusivo de familia, llegan anualmente unos 1.700 asuntos y según su titular, desde la crisis, no se han detectado grandes cambios en el volumen de trabajo aunque "en 2009 sí hubo una pequeña disminución pero hay que tener en cuenta que algunos asuntos llegan a los juzgados de Violencia de Género y eso ha podido influir".
Sí reconoce que se ha notado "un incremento en los procesos de modificación de medidas, padres que al ver reducidos sus ingresos, estar en paro o en la economía sumergida piden que se reduzca la pensión que deben pasar a su ex mujer e hijos".
El juzgado malagueño es el único órgano andaluz reconocido este año por el CGPJ con un accésit dentro de sus Premios anuales Calidad Justicia 2010, que distinguen las mejores iniciativas a la justicia más eficaz, transparente y accesible y que serán entregados el próximo 21 de junio en Madrid.
El juez del buen divorcio
Laura Blanco.19/05/2010
El CGPJ premia al juzgado de familia nº 5 de Málaga por su gestión de los conflictos familiares.
El índice de divorcios y separaciones tramitados con consenso entre las partes es del 80%, un 20% más alto que la media nacional.
En caso de divorcio "el juez y los abogados sólo le resolverán las cuestiones legales pero no las emocionales";
en una ruptura "se separan los padres, no los hijos";
aunque uno de los progenitores ostente la guarda y custodia "los hijos no son propiedad exclusiva del padre o la madre";
introduzca a su nueva pareja en la vida de sus hijos "con tacto y progresivamente" y, sobre todo, antes de acudir a un proceso judicial "agoten siempre las posibilidades de acuerdo entre las partes".
Son algunos de los consejos del Decálogo del Buen Divorcio del Juzgado de Familia nº 5 de Málaga, premiado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por su programa para mejorar la gestión judicial de los conflictos familiares.
El juez José Luis Utrera es el titular de este órgano que desde hace 10 años aplica distintas medidas que le han permitido resolver entre el 70 y el 80% de las separaciones y divorcios con consenso entre las partes, "un porcentaje que mejora entre un 10 y un 20% la media nacional, situada entre el 50 y el 60%".
En realidad, el año pasado, en los juzgados andaluces, se tramitaron más divorcios no consensuados (10.916) que con acuerdo entre las partes (10.665) mientras que en el caso de las separaciones sí fueron más las consensuadas (1.041 frente a 827).
Las medidas del programa van desde contar con una sala para tomar declaración a los niños cuya decoración "nada tiene que ver con un juzgado, es como la de cualquier guardería" al uso de tablas orientadoras para fijar las pensiones de manutención -en función de la renta del progenitor que no ostenta la custodia de los hijos y del número de éstos-, con lo que "los abogados saben más o menos de antemano las cuantías y se agiliza el proceso y facilita el consenso".
Y es que según el juez Utrera, del 20 o 25% de contenciosos donde no se logra una solución consensuada previa, el 80% se refiere a conflictos por la cuantía de las pensiones.
"Los relativos a la custodia de los hijos son pocos", reconoce el magistrado.
Además, el juzgado cuenta con un servicio de mediación familiar intrajudicial, en colaboración con asociaciones de mediadores, que en caso de ser aceptado por las partes suspende el proceso judicial.
Pero la ayuda que presta este juzgado malagueño no se limita sólo al tiempo que dura el trámite jurídico sino que deriva a aquellas parejas cuya ruptura ha sido especialmente compleja y que deseen recibir terapia a un servicio de intervención familiar posruptura que presta el gabinete psicológico de la Universidad de Málaga.
Al juzgado de familia nº 5 de Málaga, que en realidad es un órgano de primera instancia aunque exclusivo de familia, llegan anualmente unos 1.700 asuntos y según su titular, desde la crisis, no se han detectado grandes cambios en el volumen de trabajo aunque "en 2009 sí hubo una pequeña disminución pero hay que tener en cuenta que algunos asuntos llegan a los juzgados de Violencia de Género y eso ha podido influir".
Sí reconoce que se ha notado "un incremento en los procesos de modificación de medidas, padres que al ver reducidos sus ingresos, estar en paro o en la economía sumergida piden que se reduzca la pensión que deben pasar a su ex mujer e hijos".
El juzgado malagueño es el único órgano andaluz reconocido este año por el CGPJ con un accésit dentro de sus Premios anuales Calidad Justicia 2010, que distinguen las mejores iniciativas a la justicia más eficaz, transparente y accesible y que serán entregados el próximo 21 de junio en Madrid.
Aragón impulsa una ley pionera sobre la custodia compartida
http://www.lavanguardia.es/premium/publica/publica?COMPID=53929997470&ID_PAGINA=22088&ID_FORMATO=9
EL CÓDIGO CIVIL SE ADAPTA A LA REALIDAD SOCIAL.
Aragón impulsa una ley pionera sobre la custodia compartida.
La ley catalana, aún sin aprobar, cambia custodia compartida por parentalidad.
El nuevo Código Civil catalán podría ver la luz definitiva en sólo unas semanas.
MARIO SASOT / JAVIER RICOU 20/05/2010
Hoy las Cortes de Aragón aprobarán la primera ley de España que marca como prioritaria y preferente la custodia compartida de los hijos en las separaciones sin acuerdo.
Es una ley que busca romper con la actual tendencia de otorgar esa guarda a uno de los cónyuges –mayoritariamente a las madres– y que nace con el ánimo de asegurar y favorecer la relación de esos menores con sus progenitores tras la ruptura de la pareja.
El pionero paso dado por Aragón ha cogido a Catalunya –pendiente de aprobar una ley con una filosofía muy similar desde finales del 2008– con los deberes a medio hacer.
El debate catalán parece haberse aletargado en el debate de discusión entre los grupos parlamentarios, aunque los más optimistas auguran que en cuestión de semanas podría darse el paso definitivo en el Parlament.
Eso ocurrirá cuando se apruebe el libro segundo del Codi Civil de Catalunya, donde se incluye un artículo que aboga por la responsabilidad compartida de los hijos tras una ruptura de pareja.
La ley catalana no habla, sin embargo, de custodia compartida –como el texto que hoy aprobará Aragón– al estimar que ese término "puede inducir a equívocos", tal como afirma una portavoz de la Conselleria de Justícia.
El Codi Civil busca resolver los conflictos entre cónyuges separados con hijos con el llamado plan de parentalidad.
Una propuesta, indica la misma portavoz de Justícia, "que quiere ir más allá del término custodia compartida, con el que se puede interpretar que los progenitores se repartirán, en intervalos de tiempo iguales, el cuidado de sus hijos".
La ley catalana establece que cada cónyuge deberá aportar documentación sobre sus ingresos, trabajo, disponibilidad para atender a los hijos, medios de vida, situación de la vivienda... y sobre la base de esos informes el juez decidirá cuánto tiempo puede dedicar cada uno a los menores.
La propuesta, al margen de tener otro nombre, no es muy diferente a la ley de Aragón, donde se ofrece también a los cónyuges la posibilidad de elaborar "un pacto de relaciones familiares", en el que se fijarán las responsabilidades de cada miembro de la pareja hacia sus hijos.
Y el fondo de ambas leyes coincide también en la defensa de los intereses de los menores.
En el texto que hoy se aprobará en las Cortes aragonesas se defiende el derecho de esos niños a relacionarse con el resto de familiares de padres y madres, haciendo especial mención a los abuelos.
Los 2 cónyuges conservarán, asimismo, su potestad como autoridad familiar.
Ambas leyes tienen, también, como principal objetivo romper con la tendencia de otorgar la custodia a uno de los cónyuges y fijar regímenes de visitas y una pensión alimenticia para el otro. María Herrero, diputada del PAR –el partido aragonés que ha impulsado esta ley con el apoyo de todos los grupos, excepto IU– afirma que el objetivo "es invertir la tendencia actual, en la que los jueces, si no hay acuerdo, otorgaban automáticamente, en la práctica totalidad de los casos a la mujer, la custodia de los hijos y también el uso de la vivienda familiar".
Con la custodia compartida o plan de parentalidad se busca ser más equitativo y justo en el reparto de responsabilidades.
Pero no hay que caer en el error, advierte Antonio Rubio, presidente de la sección de derecho matrimonial y familia del Col·legi d'Advocats de Barcelona, de pensar que con este reparto de responsabilidades se han acabado los pagos de pensiones o medidas como las referidas al uso y disfrute de la vivienda familiar.
"Compartir no quiere decir partir las cosas en dos mitades", añade este abogado matrimonialista. "Y cuando haya, por ejemplo, grandes diferencias económicas entre los cónyuges, habrá que fijar pensiones alimenticias, tal como se viene haciendo hasta ahora", augura este letrado.
Rubio considera, sin embargo, como positiva esta medida, "que se ajusta al derecho continental". Esta ley que tanto le está costando aprobar a Catalunya, "no hace más que adaptarse a la realidad social", añade el letrado.
Y es que, sin necesidad del nuevo Codi Civil, algunos juzgados están ya resolviendo casos de custodias compartidas entre cónyuges que llegan a acuerdos y fijan sus propios planes.
Rubio lamenta, por otro lado, la demora del Parlament en aprobar el segundo libro del Codi Civil de Catalunya.
Este letrado achaca la tardanza –lo que ha facilitado a Aragón adelantarse en la iniciativa– "a una falta de voluntad política" para acelerar el proceso.
Núria de Gispert, portavoz de justicia de CiU en el Parlament, anuncia que quedan un par de reuniones de ponencias antes de llevar la ley al Parlament.
El Departament de Justícia afirma, por su parte, que este paso "será inminente", pero falta por ver qué enmiendas presentadas al proyecto –muchas de ellas formuladas por el Col·legi d'Advocats de Barcelona– se han tenido en cuenta.
De entrada una de las sorpresas, para Núria de Gispert es que en el actual texto, según afirma, "no aparezca en ningún artículo el término custodia".
Para esta diputada el temor es que lo que Justícia ha bautizado como plan de parentalidad "varíe en muy pocos aspectos de lo que ya se viene haciendo hasta ahora en las separaciones sin mutuo acuerdo".
En Aragón se han recogido 85 de las 115 enmiendas presentadas y la nueva ley, lo que coincide también con la catalana, establece que la vivienda familiar la ocupara la parte con menos recursos.
Como novedad, las Cortes aragonesas darán vía libre al juez, una vez aprobado el texto, para instar la venta del domicilio conyugal si eso resulta más beneficioso para los hijos y no hay acuerdo sobre su uso y disfrute entre los padres.
María Herrero espera un efecto dominó para cambiar la legislación en la materia a nivel estatal.
Cuando llegar a un acuerdo no depende de la voluntad
Pocos son los que dudan que la custodia compartida es la fórmula ideal para criar a unos hijos cuando la pareja se rompe.
El padre en una casa, con una habitación para cuando vienen sus hijos; la madre, en otra de similares características y, eso sí, no muy lejos uno del otro porque los niños deben ir al mismo colegio, independientemente de si ese día, esa semana o ese mes le toca estar con su progenitor o su progenitora...
Pero, a veces, la voluntad de los 2 padres no es suficiente para conseguir esa situación ideal, sin duda, la mejor para los niños.
Como explican abogados de familia, para la custodia compartida es preciso que:
a.- ambos residan "más o menos cerca", porque si no es muy complicado que los menores puedan acudir al centro escolar (si uno vive en el centro de Barcelona y otro en Mollerussa, los niños son obligados a levantarse con muchas horas de antelación);
b.-y también, que los horarios laborales así lo permitan (hay personas que su trabajo se extiende durante todo el día hasta bien entrada la noche y cualquier compatibilización horaria con los pequeños es casi nula)...
c.- Además, y fundamental, la relación entre los progenitores debe ser, al menos, correcta, porque supone que la relación es mayor que cuando sólo uno tiene la custodia y, por tanto, lleva directamente la agenda infantil.
Por ello, explican, no siempre es posible establecer la custodia compartida, aunque los padres la quieran, porque perjudicaría notablemente la vida de los hijos.
Pero, dicho esto, la parte positiva de este tipo de custodia es que hay tantos modelos como pactos puede llegar a cerrar la ex pareja.
Hay quienes deciden que, mejor que estar cambiado cada semana de casa, lo más adecuado es que el niño o los niños vivan con cada padre una vez al mes; otros, que por cuestiones de trabajo, prefieren una parte de la semana y la otra parte, el resto, y una tercera opción, que optan por la estancia semanal...
Las fórmulas son muchas, tantas como la disposición de las parejas a sellar pactos, algo que, también en muchos casos, es difícil si el divorcio ha sido tormentoso. / C. López
EL CÓDIGO CIVIL SE ADAPTA A LA REALIDAD SOCIAL.
Aragón impulsa una ley pionera sobre la custodia compartida.
La ley catalana, aún sin aprobar, cambia custodia compartida por parentalidad.
El nuevo Código Civil catalán podría ver la luz definitiva en sólo unas semanas.
MARIO SASOT / JAVIER RICOU 20/05/2010
Hoy las Cortes de Aragón aprobarán la primera ley de España que marca como prioritaria y preferente la custodia compartida de los hijos en las separaciones sin acuerdo.
Es una ley que busca romper con la actual tendencia de otorgar esa guarda a uno de los cónyuges –mayoritariamente a las madres– y que nace con el ánimo de asegurar y favorecer la relación de esos menores con sus progenitores tras la ruptura de la pareja.
El pionero paso dado por Aragón ha cogido a Catalunya –pendiente de aprobar una ley con una filosofía muy similar desde finales del 2008– con los deberes a medio hacer.
El debate catalán parece haberse aletargado en el debate de discusión entre los grupos parlamentarios, aunque los más optimistas auguran que en cuestión de semanas podría darse el paso definitivo en el Parlament.
Eso ocurrirá cuando se apruebe el libro segundo del Codi Civil de Catalunya, donde se incluye un artículo que aboga por la responsabilidad compartida de los hijos tras una ruptura de pareja.
La ley catalana no habla, sin embargo, de custodia compartida –como el texto que hoy aprobará Aragón– al estimar que ese término "puede inducir a equívocos", tal como afirma una portavoz de la Conselleria de Justícia.
El Codi Civil busca resolver los conflictos entre cónyuges separados con hijos con el llamado plan de parentalidad.
Una propuesta, indica la misma portavoz de Justícia, "que quiere ir más allá del término custodia compartida, con el que se puede interpretar que los progenitores se repartirán, en intervalos de tiempo iguales, el cuidado de sus hijos".
La ley catalana establece que cada cónyuge deberá aportar documentación sobre sus ingresos, trabajo, disponibilidad para atender a los hijos, medios de vida, situación de la vivienda... y sobre la base de esos informes el juez decidirá cuánto tiempo puede dedicar cada uno a los menores.
La propuesta, al margen de tener otro nombre, no es muy diferente a la ley de Aragón, donde se ofrece también a los cónyuges la posibilidad de elaborar "un pacto de relaciones familiares", en el que se fijarán las responsabilidades de cada miembro de la pareja hacia sus hijos.
Y el fondo de ambas leyes coincide también en la defensa de los intereses de los menores.
En el texto que hoy se aprobará en las Cortes aragonesas se defiende el derecho de esos niños a relacionarse con el resto de familiares de padres y madres, haciendo especial mención a los abuelos.
Los 2 cónyuges conservarán, asimismo, su potestad como autoridad familiar.
Ambas leyes tienen, también, como principal objetivo romper con la tendencia de otorgar la custodia a uno de los cónyuges y fijar regímenes de visitas y una pensión alimenticia para el otro. María Herrero, diputada del PAR –el partido aragonés que ha impulsado esta ley con el apoyo de todos los grupos, excepto IU– afirma que el objetivo "es invertir la tendencia actual, en la que los jueces, si no hay acuerdo, otorgaban automáticamente, en la práctica totalidad de los casos a la mujer, la custodia de los hijos y también el uso de la vivienda familiar".
Con la custodia compartida o plan de parentalidad se busca ser más equitativo y justo en el reparto de responsabilidades.
Pero no hay que caer en el error, advierte Antonio Rubio, presidente de la sección de derecho matrimonial y familia del Col·legi d'Advocats de Barcelona, de pensar que con este reparto de responsabilidades se han acabado los pagos de pensiones o medidas como las referidas al uso y disfrute de la vivienda familiar.
"Compartir no quiere decir partir las cosas en dos mitades", añade este abogado matrimonialista. "Y cuando haya, por ejemplo, grandes diferencias económicas entre los cónyuges, habrá que fijar pensiones alimenticias, tal como se viene haciendo hasta ahora", augura este letrado.
Rubio considera, sin embargo, como positiva esta medida, "que se ajusta al derecho continental". Esta ley que tanto le está costando aprobar a Catalunya, "no hace más que adaptarse a la realidad social", añade el letrado.
Y es que, sin necesidad del nuevo Codi Civil, algunos juzgados están ya resolviendo casos de custodias compartidas entre cónyuges que llegan a acuerdos y fijan sus propios planes.
Rubio lamenta, por otro lado, la demora del Parlament en aprobar el segundo libro del Codi Civil de Catalunya.
Este letrado achaca la tardanza –lo que ha facilitado a Aragón adelantarse en la iniciativa– "a una falta de voluntad política" para acelerar el proceso.
Núria de Gispert, portavoz de justicia de CiU en el Parlament, anuncia que quedan un par de reuniones de ponencias antes de llevar la ley al Parlament.
El Departament de Justícia afirma, por su parte, que este paso "será inminente", pero falta por ver qué enmiendas presentadas al proyecto –muchas de ellas formuladas por el Col·legi d'Advocats de Barcelona– se han tenido en cuenta.
De entrada una de las sorpresas, para Núria de Gispert es que en el actual texto, según afirma, "no aparezca en ningún artículo el término custodia".
Para esta diputada el temor es que lo que Justícia ha bautizado como plan de parentalidad "varíe en muy pocos aspectos de lo que ya se viene haciendo hasta ahora en las separaciones sin mutuo acuerdo".
En Aragón se han recogido 85 de las 115 enmiendas presentadas y la nueva ley, lo que coincide también con la catalana, establece que la vivienda familiar la ocupara la parte con menos recursos.
Como novedad, las Cortes aragonesas darán vía libre al juez, una vez aprobado el texto, para instar la venta del domicilio conyugal si eso resulta más beneficioso para los hijos y no hay acuerdo sobre su uso y disfrute entre los padres.
María Herrero espera un efecto dominó para cambiar la legislación en la materia a nivel estatal.
Cuando llegar a un acuerdo no depende de la voluntad
Pocos son los que dudan que la custodia compartida es la fórmula ideal para criar a unos hijos cuando la pareja se rompe.
El padre en una casa, con una habitación para cuando vienen sus hijos; la madre, en otra de similares características y, eso sí, no muy lejos uno del otro porque los niños deben ir al mismo colegio, independientemente de si ese día, esa semana o ese mes le toca estar con su progenitor o su progenitora...
Pero, a veces, la voluntad de los 2 padres no es suficiente para conseguir esa situación ideal, sin duda, la mejor para los niños.
Como explican abogados de familia, para la custodia compartida es preciso que:
a.- ambos residan "más o menos cerca", porque si no es muy complicado que los menores puedan acudir al centro escolar (si uno vive en el centro de Barcelona y otro en Mollerussa, los niños son obligados a levantarse con muchas horas de antelación);
b.-y también, que los horarios laborales así lo permitan (hay personas que su trabajo se extiende durante todo el día hasta bien entrada la noche y cualquier compatibilización horaria con los pequeños es casi nula)...
c.- Además, y fundamental, la relación entre los progenitores debe ser, al menos, correcta, porque supone que la relación es mayor que cuando sólo uno tiene la custodia y, por tanto, lleva directamente la agenda infantil.
Por ello, explican, no siempre es posible establecer la custodia compartida, aunque los padres la quieran, porque perjudicaría notablemente la vida de los hijos.
Pero, dicho esto, la parte positiva de este tipo de custodia es que hay tantos modelos como pactos puede llegar a cerrar la ex pareja.
Hay quienes deciden que, mejor que estar cambiado cada semana de casa, lo más adecuado es que el niño o los niños vivan con cada padre una vez al mes; otros, que por cuestiones de trabajo, prefieren una parte de la semana y la otra parte, el resto, y una tercera opción, que optan por la estancia semanal...
Las fórmulas son muchas, tantas como la disposición de las parejas a sellar pactos, algo que, también en muchos casos, es difícil si el divorcio ha sido tormentoso. / C. López
El proceso de divorcio entre Lydia Bosh y Alberto Martín ha quedado paralizado
http://www.telecinco.es/elprogramadeanarosa/detail/detail22726.shtml
4 meses de incertidumbre por delante: Peligra la custodia de Lydia Bosh sobre sus hijos.
Alberto Martín, aún su marido, ha reclamado la custodia compartida de los mellizos.
El juez ha aceptado la petición y el divorcio se ha aplazado hasta septiembre.
Los pequeños, Ana y Juan, podrían someterse a un examen psicológico .
Lydia Bosh se lamenta porque no quería implicar a los niños en la separación.
19.05.10 telecinco.es
El proceso de divorcio entre Lydia Bosh y Alberto Martín ha quedado paralizado.
El motivo es que el padre de los mellizos ha reclamado ante el juez la custodia de sus hijos, petición que ha sido aceptada y que retrasará la separación hasta septiembre.
Recientemente se ha visto a la actriz jugando en un parque con sus hijos, sabiendo que tiene por delante un verano lleno de incertidumbre.
Aplazado el divorcio de Lydia Bosch.
TODO SOBRE EL DIVORCIO DE LYDIA BOSCH
¿Custodia absoluta o compartida?
En principio se barajaba la posibilidad de que Alberto Martín hubiese pedido la custodia absoluta de sus hijos pero, según ha publicado la revista 'Lecturas', el entorno más cercano al que todavía es marido de Lydia Bosch ha aclardo que no es esa su intención, sino pedir la custodia compartida para que ninguno de sus hijos se quede sin el afecto de uno de sus padres.
Exámenes psicológicos
En este momento, tras su separación, Lydia vive con los mellizos y a Alberto le corresponde tenerlos fines de semana alternos y también los miércoles.
Sin embargo, para el padre de Ana y Juan este contacto no es suficiente y por eso ha llevado a cabo la petición de retraso del divorcio, aceptada por el juez, que terminará de materializarse en septiembre, una vez que la convivencia entre los padres y los niños haya quedado especificada.
Los mellizos podrían ser sometidos a una serie de exámenes psicológicos llevados a cabo por peritos judiciales independientes de las partes elegidos por los profesionales de Madrid.
Si fuera necesario, tanto Ana como Alberto también deberán ser evaluados para determinar su perfil. Lydia Bosch, aunque esté dispuesta a ello, se lamenta porque no quería involucrar a sus hijos en el proceso de divorcio
4 meses de incertidumbre por delante: Peligra la custodia de Lydia Bosh sobre sus hijos.
Alberto Martín, aún su marido, ha reclamado la custodia compartida de los mellizos.
El juez ha aceptado la petición y el divorcio se ha aplazado hasta septiembre.
Los pequeños, Ana y Juan, podrían someterse a un examen psicológico .
Lydia Bosh se lamenta porque no quería implicar a los niños en la separación.
19.05.10 telecinco.es
El proceso de divorcio entre Lydia Bosh y Alberto Martín ha quedado paralizado.
El motivo es que el padre de los mellizos ha reclamado ante el juez la custodia de sus hijos, petición que ha sido aceptada y que retrasará la separación hasta septiembre.
Recientemente se ha visto a la actriz jugando en un parque con sus hijos, sabiendo que tiene por delante un verano lleno de incertidumbre.
Aplazado el divorcio de Lydia Bosch.
TODO SOBRE EL DIVORCIO DE LYDIA BOSCH
¿Custodia absoluta o compartida?
En principio se barajaba la posibilidad de que Alberto Martín hubiese pedido la custodia absoluta de sus hijos pero, según ha publicado la revista 'Lecturas', el entorno más cercano al que todavía es marido de Lydia Bosch ha aclardo que no es esa su intención, sino pedir la custodia compartida para que ninguno de sus hijos se quede sin el afecto de uno de sus padres.
Exámenes psicológicos
En este momento, tras su separación, Lydia vive con los mellizos y a Alberto le corresponde tenerlos fines de semana alternos y también los miércoles.
Sin embargo, para el padre de Ana y Juan este contacto no es suficiente y por eso ha llevado a cabo la petición de retraso del divorcio, aceptada por el juez, que terminará de materializarse en septiembre, una vez que la convivencia entre los padres y los niños haya quedado especificada.
Los mellizos podrían ser sometidos a una serie de exámenes psicológicos llevados a cabo por peritos judiciales independientes de las partes elegidos por los profesionales de Madrid.
Si fuera necesario, tanto Ana como Alberto también deberán ser evaluados para determinar su perfil. Lydia Bosch, aunque esté dispuesta a ello, se lamenta porque no quería involucrar a sus hijos en el proceso de divorcio
Aragón abre la puerta legal de la custodia compartida en España
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Aragon/abre/puerta/legal/custodia/compartida/Espana/elpepisoc/20100520elpepisoc_5/Tes
Aragón abre la puerta legal de la custodia compartida en España
El juez fijará el tiempo de uso de la vivienda familiar y el régimen de visitas de otros parientes - Cataluña y País Vasco también promueven 'otra ley del divorcio'
PERE RÍOS - Barcelona - 20/05/2010
Las Cortes de Aragón aprobarán hoy la primera ley en España que considera la custodia compartida de los hijos como el régimen preferente que han de adoptar los jueces en los casos de separación o divorcio cuando no haya acuerdo de los progenitores.
La aprobación se produce en un momento social y político en el que arrecia el debate para modificar la reforma de la ley del divorcio aprobada en 2005, que califica la custodia compartida como una situación "excepcional" que sólo se otorgará si el fiscal informa a favor.
El Código Civil vigente califica esta medida de "excepcional".
Anualmente se producen más de 100.000 rupturas en todo el Estado.
Cataluña también ultima una ley, menos ambiciosa que la aragonesa, que pretende la mayor implicación de los hombres en el cuidado de los hijos y mitigar los efectos del divorcio.
Igualmente, las Juntas Generales de Vizcaya aprobarán hoy una proposición no de ley en la que se insta al Gobierno, con carácter urgente, a que presente en las Cortes un proyecto de modificación de la ley del divorcio para que la custodia compartida sea el modelo preferente.
En ese mismo sentido se posiciona el Ararteko (Defensor del Pueblo del País Vasco) en su último informe anual.
En la Comunidad Valencia el debate está encima de la mesa. Han comenzado las reuniones para legislar en ese sentido.
"Algo se está moviendo poco a poco en la sociedad española", explica Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia, que viene reclamando desde hace años otra legislación en materia de familia.
Es por eso que la ley que aprueban hoy las Cortes de Aragón tiene precedentes en España.
El proyecto fue impulsado por el Partido Aragonés (PAR), que gobierna en coalición con el PSOE, aunque al final lo apoyarán también el PP y la Chunta Aragonesista.
En total, 66 de los 67 diputados. El de Izquierda Unida se opondrá.
La Ley de Igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres establece que "el juez adoptará de forma preferente la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente".
La decisión judicial se basará, entre otros factores, en el plan de relaciones familiares que presentará cada progenitores tras la ruptura, algo que ahora no se reconoce en el Código Civil español.
El plan deberá detallar:
1.- el destino de la vivienda,
2.- el régimen de convivencia y visitas de los hijos,
3.- así como la pensión compensatoria a la madre, si procede,
aspectos que ahora decide el juez o que se incluyen en cualquier convenio regulador de divorcio que presentan las partes si es de mutuo acuerdo.
Sin embargo, la ley aragonesa va más allá y precisa que ese plan también deberá referirse al régimen de relación de los hijos con sus hermanos, abuelos y otros parientes y personas allegadas.
Se pretende acabar así con una situación que afecta a centenares de miles de abuelos de España, casi siempre paternos, que dejan de ver a sus nietos tras el divorcio.
Anualmente se producen en España más de 100.000 rupturas.
El Instituto Nacional de Estadística (INE) cifra las separaciones, divorcios y nulidades matrimoniales en 118.939, lejos de las 145.919 que se alcanzaron en 2006, cuando no había crisis.
No hay estudios rigurosos sobre las custodias compartidas que se conceden, pero nadie duda que apenas superan el 5% del total.
La inmensa mayoría son por mutuo acuerdo, pues las estrecheces de la actual legislación le impiden al juez optar por esa vía.
Otra cosa es que, hecha la ley, hecha la trampa, porque los jueces últimamente están concediendo lo que se llama amplios regímenes de visitas que, en la práctica son custodias compartidas de hecho, que no de derecho.
Como el caso de Joan Carles Castañé, que saltó a los medios en 2006, cuando un juzgado de Gavà (Barcelona), le negó la custodia compartida, entre otros motivos, porque sufre una ligera cojera. Tras una larga batalla judicial ha conseguido que sus hijos, que cumplirán 11 y 7 años, estén con él martes, jueves y fines de semana alternos que se inician el viernes, cuando salen del colegio, y finalizan el lunes, cuando regresan.
Igual que la madre, que los tiene lunes, miércoles y fines de semana, pero oficialmente es ella quien tiene la custodia.
La ley aragonesa precisa que no se concederá la custodia, ni individual ni compartida, "cuando el juez advierta la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género".
Algunos voces alertan que este redactado puede favorecer el abuso del Código Penal.
El proyecto inicial hablaba de sentencia firme y no indicios, pero finalmente fue modificado, según explica María Herrero, coordinadora de la ponencia parlamentaria y diputada del PAR.
Otro artículo establece que el juez limitará la atribución del uso de la vivienda a uno de los progenitores si las partes no se ponen de acuerdo acuerdo e incluso podrá dictar su venta si beneficia a las relaciones familiares.
La sentencia al uso que se dicta en España atribuye a la mujer:
a.- la custodia de los hijos,
b.- una pensión de alimentos y
3.- el uso de la vivienda sin acotarlo en el tiempo.
Aunque no lo parezca, es una telaraña que atrapa a la mujer, pues cuando los hijos se emancipan, el padre pide la división de la cosa común. Y ella, con una cierta edad, se ve obligada a abandonar la casa si no le puede comprar a él su parte.
La ley aragonesa contiene también una disposición transitoria que permite su retroactividad, de manera que cuando entre en vigor dentro de 3 meses, se podrán revisar todas las sentencias ya dictadas.
"La fiscalía tiene la llave"
¿A alguien se le ocurre que un juez español no pueda tomar una decisión si se opone el fiscal? Pues eso es lo que ocurre en España con el artículo 92.8 del Código Civil, que impide al juez dictar una custodia compartida si el fiscal no está de acuerdo.
Es lo que salió de las Cortes en una votación de madrugada celebrada en 2005, cuando se reformó la ley del divorcio.
El PSOE dijo entonces que había sido un error y que se modificaría la ley, pero han pasado 5 años y sigue igual.
Las audiencias provinciales de Las Palmas y Navarra han planteado 2 cuestiones de inconstitucionalidad sobre ese artículo.
"La fiscalía tiene la llave de la custodia compartida y en ocasiones nos gustaría dictar más sentencias así, pero no podemos", explica José Luis Utrera, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Málaga, especializado en familia.
Y ante ese imperativo legal lo que hacen muchas sentencias es llenar de contenido la patria potestad, que sigue siendo compartida tras el divorcio, de manera que los jueces establecen, por ejemplo, que el progenitor custodio no podrá cambiar a los hijos de domicilio sin acuerdo del otro, ni de centro escolar, ni organizar actos sociales o familiares, ni visitas médicas o al psicólogo.
El juez Utrera coincide con los abogados de familia en que también hay que cambiar el artículo 96, que atribuye automáticamente la vivienda al progenitor custodio, sin temporalizar el derecho de uso ni regular su posible venta, como hace la ley aragonesa.
"Esperamos que produzca un efecto dominó en otras comunidades y en España para invertir la tendencia actual y darle la vuelta al Código Civil", explica la diputada del PAR María Herrero. "Los jueces siguen siendo reacios a la custodia compartida, pero la sociedad va por delante de la ley y con el paso del tiempo llegarán los cambios legales", asegura el abogado Niñerola.
Aragón abre la puerta legal de la custodia compartida en España
El juez fijará el tiempo de uso de la vivienda familiar y el régimen de visitas de otros parientes - Cataluña y País Vasco también promueven 'otra ley del divorcio'
PERE RÍOS - Barcelona - 20/05/2010
Las Cortes de Aragón aprobarán hoy la primera ley en España que considera la custodia compartida de los hijos como el régimen preferente que han de adoptar los jueces en los casos de separación o divorcio cuando no haya acuerdo de los progenitores.
La aprobación se produce en un momento social y político en el que arrecia el debate para modificar la reforma de la ley del divorcio aprobada en 2005, que califica la custodia compartida como una situación "excepcional" que sólo se otorgará si el fiscal informa a favor.
El Código Civil vigente califica esta medida de "excepcional".
Anualmente se producen más de 100.000 rupturas en todo el Estado.
Cataluña también ultima una ley, menos ambiciosa que la aragonesa, que pretende la mayor implicación de los hombres en el cuidado de los hijos y mitigar los efectos del divorcio.
Igualmente, las Juntas Generales de Vizcaya aprobarán hoy una proposición no de ley en la que se insta al Gobierno, con carácter urgente, a que presente en las Cortes un proyecto de modificación de la ley del divorcio para que la custodia compartida sea el modelo preferente.
En ese mismo sentido se posiciona el Ararteko (Defensor del Pueblo del País Vasco) en su último informe anual.
En la Comunidad Valencia el debate está encima de la mesa. Han comenzado las reuniones para legislar en ese sentido.
"Algo se está moviendo poco a poco en la sociedad española", explica Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia, que viene reclamando desde hace años otra legislación en materia de familia.
Es por eso que la ley que aprueban hoy las Cortes de Aragón tiene precedentes en España.
El proyecto fue impulsado por el Partido Aragonés (PAR), que gobierna en coalición con el PSOE, aunque al final lo apoyarán también el PP y la Chunta Aragonesista.
En total, 66 de los 67 diputados. El de Izquierda Unida se opondrá.
La Ley de Igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de la convivencia de los padres establece que "el juez adoptará de forma preferente la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente".
La decisión judicial se basará, entre otros factores, en el plan de relaciones familiares que presentará cada progenitores tras la ruptura, algo que ahora no se reconoce en el Código Civil español.
El plan deberá detallar:
1.- el destino de la vivienda,
2.- el régimen de convivencia y visitas de los hijos,
3.- así como la pensión compensatoria a la madre, si procede,
aspectos que ahora decide el juez o que se incluyen en cualquier convenio regulador de divorcio que presentan las partes si es de mutuo acuerdo.
Sin embargo, la ley aragonesa va más allá y precisa que ese plan también deberá referirse al régimen de relación de los hijos con sus hermanos, abuelos y otros parientes y personas allegadas.
Se pretende acabar así con una situación que afecta a centenares de miles de abuelos de España, casi siempre paternos, que dejan de ver a sus nietos tras el divorcio.
Anualmente se producen en España más de 100.000 rupturas.
El Instituto Nacional de Estadística (INE) cifra las separaciones, divorcios y nulidades matrimoniales en 118.939, lejos de las 145.919 que se alcanzaron en 2006, cuando no había crisis.
No hay estudios rigurosos sobre las custodias compartidas que se conceden, pero nadie duda que apenas superan el 5% del total.
La inmensa mayoría son por mutuo acuerdo, pues las estrecheces de la actual legislación le impiden al juez optar por esa vía.
Otra cosa es que, hecha la ley, hecha la trampa, porque los jueces últimamente están concediendo lo que se llama amplios regímenes de visitas que, en la práctica son custodias compartidas de hecho, que no de derecho.
Como el caso de Joan Carles Castañé, que saltó a los medios en 2006, cuando un juzgado de Gavà (Barcelona), le negó la custodia compartida, entre otros motivos, porque sufre una ligera cojera. Tras una larga batalla judicial ha conseguido que sus hijos, que cumplirán 11 y 7 años, estén con él martes, jueves y fines de semana alternos que se inician el viernes, cuando salen del colegio, y finalizan el lunes, cuando regresan.
Igual que la madre, que los tiene lunes, miércoles y fines de semana, pero oficialmente es ella quien tiene la custodia.
La ley aragonesa precisa que no se concederá la custodia, ni individual ni compartida, "cuando el juez advierta la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género".
Algunos voces alertan que este redactado puede favorecer el abuso del Código Penal.
El proyecto inicial hablaba de sentencia firme y no indicios, pero finalmente fue modificado, según explica María Herrero, coordinadora de la ponencia parlamentaria y diputada del PAR.
Otro artículo establece que el juez limitará la atribución del uso de la vivienda a uno de los progenitores si las partes no se ponen de acuerdo acuerdo e incluso podrá dictar su venta si beneficia a las relaciones familiares.
La sentencia al uso que se dicta en España atribuye a la mujer:
a.- la custodia de los hijos,
b.- una pensión de alimentos y
3.- el uso de la vivienda sin acotarlo en el tiempo.
Aunque no lo parezca, es una telaraña que atrapa a la mujer, pues cuando los hijos se emancipan, el padre pide la división de la cosa común. Y ella, con una cierta edad, se ve obligada a abandonar la casa si no le puede comprar a él su parte.
La ley aragonesa contiene también una disposición transitoria que permite su retroactividad, de manera que cuando entre en vigor dentro de 3 meses, se podrán revisar todas las sentencias ya dictadas.
"La fiscalía tiene la llave"
¿A alguien se le ocurre que un juez español no pueda tomar una decisión si se opone el fiscal? Pues eso es lo que ocurre en España con el artículo 92.8 del Código Civil, que impide al juez dictar una custodia compartida si el fiscal no está de acuerdo.
Es lo que salió de las Cortes en una votación de madrugada celebrada en 2005, cuando se reformó la ley del divorcio.
El PSOE dijo entonces que había sido un error y que se modificaría la ley, pero han pasado 5 años y sigue igual.
Las audiencias provinciales de Las Palmas y Navarra han planteado 2 cuestiones de inconstitucionalidad sobre ese artículo.
"La fiscalía tiene la llave de la custodia compartida y en ocasiones nos gustaría dictar más sentencias así, pero no podemos", explica José Luis Utrera, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Málaga, especializado en familia.
Y ante ese imperativo legal lo que hacen muchas sentencias es llenar de contenido la patria potestad, que sigue siendo compartida tras el divorcio, de manera que los jueces establecen, por ejemplo, que el progenitor custodio no podrá cambiar a los hijos de domicilio sin acuerdo del otro, ni de centro escolar, ni organizar actos sociales o familiares, ni visitas médicas o al psicólogo.
El juez Utrera coincide con los abogados de familia en que también hay que cambiar el artículo 96, que atribuye automáticamente la vivienda al progenitor custodio, sin temporalizar el derecho de uso ni regular su posible venta, como hace la ley aragonesa.
"Esperamos que produzca un efecto dominó en otras comunidades y en España para invertir la tendencia actual y darle la vuelta al Código Civil", explica la diputada del PAR María Herrero. "Los jueces siguen siendo reacios a la custodia compartida, pero la sociedad va por delante de la ley y con el paso del tiempo llegarán los cambios legales", asegura el abogado Niñerola.