martes, 27 de julio de 2010

IU: Juzgados de Familia y Equipos Psicosociales

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VIII LEGISLATURA
Serie D: GENERAL
Pregunta: 24 de mayo de 2006 Núm. 392
Respuesta: 26 de septiembre de 2006 Núm. 436


184/072909. Pregunta escrita al Congreso: Por: Navarro Casillas, Isaura (GIV-IU-ICV).
Existencia en los Juzgados de Familia de los equipos técnicos necesarios para desarrollar la labor que se les encomienda, así como previsiones acerca de aumentar la planta de los mismos (nº reg. 125612)
Respuesta:
En relación con la creación de nuevos juzgados de familia se informa que al Gobierno le compete el desarrollo de la planta judicial y al Consejo General del Poder Judicial la especialización de juzgados en funcionamiento en una determinada materia, y en concreto la de los juzgados de familia, tal como se establece en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial al acordar, previo informe de la Sala de Gobierno, a propuesta, en su caso, de la Junta de Jueces, que en aquellas circunscripciones en las que exista más de un Juzgado de la misma clase, uno o varios asumen con carácter exclusivo el conocimiento de determinadas clases de asuntos ingresados del orden jurisdiccional de que se trate.

Y así viene regulado en el artículo 15 del Reglamento número 1/2005, de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales aprobado por Acuerdo del Pleno de 15 de septiembre de 2005 del Consejo General del Poder Judicial:
Por lo tanto, el Consejo puede especializar algún juzgado de primera instancia en juzgado de familia, a propuesta de la Junta de Jueces, en su caso.
Estando justificado por el hecho de asignar asuntos de Derecho de Familia a un único juzgado especializado, siendo aconsejable esta medida a fin de garantizar la uniformidad de criterios en una materia de especial sensibilidad, además de conseguir una mayor seguridad jurídica y una mayor agilidad en la resolución de los procesos.

En estos momentos, según datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial hay un total de 78 juzgados de primera instancia especializados en asuntos de derecho de familia.
Por lo que respecta al desarrollo de la planta judicial, se señala que los servicios técnicos del Ministerio de Justicia realizan un seguimiento detallado de la evolución real de la carga de trabajo de todos los juzgados de primera instancia en funcionamiento, y en el momento en que se aprecie un incremento significativo de la misma, se procederá a la creación de nuevos juzgados de primera instancia dentro de la programación anual correspondiente.

Y ello, en función de lo dispuesto en el citado artículo 20.1 de la Ley de demarcación y de planta judicial, y siempre que no existan otras necesidades judiciales y prioridades más urgentes que atender.

Siguiendo en este tema de actuación, para la programación del año 2006 se ha propuesto la creación de 9 nuevos juzgados de primera instancia en todo el territorio nacional, de los cuales, alguno puede ser especializado más tarde por el Consejo General del Poder Judicial, al ser suya la competencia.
Por el momento no se va a efectuar aumento de plantilla con carácter general para los Juzgados de Familia, hasta que no se constate un aumento en la carga de trabajo.

No obstante, se revisaría la plantilla sólo en aquellos juzgados en los que realmente aumentara considerablemente dicha carga, y siempre que no hiciera aconsejable la creación de un juzgado más de esa clase.
Por lo que se refiere a un posible incremento en el nº de equipos técnicos destinados en los Juzgados de Familia para un correcto desarrollo de las funciones encomendadas por la Ley 15/05, de 8 de julio, por la que se reforma el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, se indica que en la actualidad no existe ninguna previsión en ese sentido, si bien hay que tener en cuenta que habiendo sido creados recientemente 22 nuevos equipos técnicos para atender las necesidades que se deriven de la Ley de medidas contra la violencia de género, en lo que no resulten necesarios sus servicios en esa materia, podrán prestar su colaboración con los equipos técnicos de otros órganos jurisdiccionales cuando éstos lo precisen.

Madrid, 3 de julio de 2006.-
El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.

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