http://www.eldia.es/2009-09-17/CRITERIOS/25-Falsas-denuncias-malos-tratos.htm
LO QUE HAY JOSÉ M. CLAR FERNÁNDEZ
Falsas denuncias de malos tratos
17/sep/09 07:31
EN LOS DOS ARTÍCULOS anteriores traté el tema de las consecuencias que está teniendo la aplicación de la Ley 1/2004, contra la Violencia de Género.
Una ley que considero injusta y discriminatoria, hecha para la mujer, ya que no trata por igual a hombres y mujeres que sufren maltrato de su pareja.
Esta desigualdad está dando lugar a que algunas mujeres no sólo se conformen con la protección que la propia ley les otorga, sino también que abusan de ella para humillar y perjudicar a su pareja.
Esta situación conduce inexorablemente a una discriminación cada vez más aguda e insostenible, que no sólo no evita el maltrato sufrido, sino que además genera una situación propicia para dotar a las mujeres maltratadoras de un arma nueva y muy poderosa contra los hombres: las denuncias falsas.
En efecto.
Tal como está la ley, cuando en una relación de pareja existe una fuerte controversia entre ambos miembros, la mujer lo tiene muy fácil para arremeter contra el hombre y perjudicarle. Los pasos suelen ser los siguientes:
1.- Cizañar en contra del marido a amistades, vecinos y familiares, contándoles falsedades y haciéndose la víctima de la mala vida que le da el marido. Por supuesto, el marido permanece ignorante de lo que está sucediendo.
2.- El siguiente paso es poner una denuncia por malos tratos que conlleva la expulsión automática del hombre de su propia casa. En muchos casos esposado y ante la mirada de sus hijos y vecinos. Para ello no hace falta prueba alguna. Basta con la palabra de la mujer para que sea tenida por veraz la denuncia por muy disparatada que ésta sea...
3.- La mujer presenta la demanda de separación. En la misma se incide más en las falsas acusaciones y se solicitan unas medidas exageradas y desproporcionadas. Se exige del juzgado que limite al máximo las visitas del padre a los hijos y se le reclama un dinero que ni tiene ni ha tenido nunca.
Las denuncias falsas contra el hombre se suceden día tras día. Por el motivo más peregrino.
Se tramitan con extraordinaria presteza por ser mujer la denunciante, pues, como ya mencioné, basta la palabra de la mujer, que será considerada prueba suficiente.
Así, y como consecuencia de esta denuncia, lo primero que hará el juzgado es poner unas medidas cautelares que afectan al padre, entre ellas la de alejamiento de la madre y su entorno familiar, hijos incluidos, privando al padre e hijos de tener una relación adecuada.
Al hombre ni se le admiten las pruebas ni se le deja hablar en el juicio.
La condena está escrita en su frente antes de entrar en la sala de vistas.
Cualquier petición de la madre ante el juzgado es atendida al momento por el simple hecho de ser mujer "maltratada": aclaraciones de sentencia que llegan a ser modificaciones en toda regla, restricciones en el régimen de visitas, etc.
En buena parte de las ocasiones sin dar traslado u oír la versión del padre.
Por el contrario, las peticiones del padre ante el juzgado suelen ser desestimadas tras largos meses, cuando no años de espera, sin motivar siquiera.
Así es.
Puesto que la presunción de inocencia de un hombre acusado por su mujer de malos tratos está cuanto menos muy en entredicho, una denuncia falsa provoca:
1.- la detención del hombre,
2.- su puesta a disposición judicial y
3.- con frecuencia la prisión preventiva, con la única esperanza posible del sobreseimiento del caso, que llegará sólo en el mejor de los casos.
Pero, como ocurre que la presión social a la que están sometidos los jueces es tan grande, la inocencia absoluta no asegura a los hombres la libre absolución en un caso en que no hay pruebas contra él, o no son relevantes, como debería obligar la presunción de inocencia que existe desde el Derecho Romano ("in dubio pro reo") y que aparece en el artículo 24.2 de nuestra Constitución.
De tal modo que una mujer puede maltratar y acusar falsamente al hombre con casi absoluta impunidad amparada en el sistema judicial.
Confiemos en que no se tarde mucho tiempo en corregir o derogar la Ley 1/2004, a fin de que lo denominado "violencia de género" encaje en los delitos ya tipificados contra la salud e integridad de las personas, aplicándoseles las penas que correspondan a cada caso, sin discriminarlas por razón de sexo.
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