http://www.eldia.es/2008-07-23/canarias/canarias12.htm
23 . JULIO. 2008
M.G., Adeje
La introducción de la custodia o guardia compartida en la reforma del Código Civil realizada en el año 2005 ha generado una cierta polémica social que, a juicio de Aránzazu Calzadilla, profesora del Departamento de Disciplinas Jurídicas Básicas de la Universidad de La Laguna (ULL), está "injustificada".
Según esta experta, antes de entrar en vigor la modificación legal de esta norma ya se habían dictado sentencias que establecían la guardia compartida entre los padres.
"Sí es cierto que para que funcione debe haber compenetración en la pareja, y eso es difícil, pero no es algo descartable", opinó Calzadilla, que ayer intervino en el curso sobre la mediación familiar que ofrece la Universidad de Verano de Adeje para hablar sobre el principio de interés familiar del menor.
La profesora de la ULL recalcó que el principio de interés familiar se traduce en la obligación de "proteger al menor cuando existen intereses enfrentados al suyo".
De esta manera, cuando no hay acuerdo entre la pareja que se divorcia, lo que sucede en la mayoría de los casos, "no hay que ver el interés del padre o la madre, sino el del niño", algo que no afecta sólo a la custodia, sino a todos los aspectos de la separación.
No existe una definición exacta de este principio.
"No es algo matemático", explicó Aránzazu Calzadilla, que considera esto un aspecto positivo, ya que "el juez puede afrontar cada situación con flexibilidad" y asesorarse con especialistas, además de escuchar a las partes implicadas y al propio menor, siempre que éste cuente con más de doce años o tenga el juicio suficiente.
La sensación en la sociedad es la de que el niño siempre va con la madre, reconoció.
Sin embargo, para analizar si realmente esto ocurre así es preciso incluir en las estadísticas los casos en que ambos progenitores piden la custodia.
Realmente, observó Calzadilla, en la gran mayoría de los casos los padres no la piden. "No digo que los padres quieran desprenderse de los hijos, pero a veces prefieren que estén con sus madres, incluso como un acto de amor", comentó.
Problemas tras el divorcio.
De cualquier manera, la mayor parte de los problemas que surgen durante los procesos de divorcio no tiene que ver con la custodia de los hijos, sino con cuestiones patrimoniales.
"El derecho siempre va detrás de la realidad social y los jueces deben resolver los problemas que se les presenten", indicó la profesora, que pone como ejemplo el matrimonio entre homosexuales, que también ha despertado una polémica que, desde el punto de vista jurídico, "no tiene justificación".
En este sentido, Calzadilla recordó que, antes de que se hiciera efectiva la reforma del Código Civil ya había adopciones por parte de homosexuales.
Asimismo, apuntó que existe una sentencia de 2001 de la Audiencia Provincial que atribuye un régimen de visitas a una pareja de lesbianas separadas.
En cuanto a la preadopción, Calzadilla indicó que "a veces es muy conflictiva".
Se trata de un proceso en el que, realmente, todavía no se ha adoptado.
"Es posible que la situación no desemboque en adopción y, si la madre biológica está en condiciones de hacerse cargo de sus hijos, hay que evaluarlo. Decir qué es lo mejor es difícil, pero hay que mirar siempre por el interés del menor", dijo.
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