La Comunidad de Madrid ha anunciado que va a ampliar el programa Mi Primera Vivienda de Madrid para las personas de 40 a 50 años. A través de este programa se facilita que facilita el acceso a una hipoteca a quienes compran su 1ª hogar y no tienen ahorros suficientes para para cubrir el 20% del valor de la vivienda que suelen pedir los bancos.
Es decir se facilita el acceso a una hipoteca cuando la financiación pueda ser superior al 80 % del valor del inmueble porque la Comunidad de Madrid concede el aval,
Con los cambios, a través el programa Mi Iª Vivienda Los menores de 40 años podrán optar a hipotecas de hasta el 100% del valor del inmueble
Las personas 40 y los 45 podrán optar a hipotecas de hasta el 95% del valor del inmueble
Las personas de 45 a 50 años podrán optar a hipotecas de hasta el 90% del valor del inmueble.
Además, según anunciado el consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se van a incluir en el programa las construcciones de obra nueva entre las opciones financiables.
El programa Mi Iª Vivienda de Madrid se puso en marcha en otoño de 2022, mediante un convenio de adhesión con 2 entidades bancarias (actualmente ya colaboran 8) para que los menores de 35 años pudieran firmar una hipoteca aunque no tuvieran dinero para cubrir el 20% del valor de la vivienda que piden los bancos.
Inicialmente, formaba parte la Estrategia de Protección a la Maternidad y Paternidad y de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2022/26 de la Comunidad de Madrid.
En julio de 2024 se amplió hasta los 40 años y a las familias numerosas, las familias monoparentales y los padres recientes sin restricciones de edad y ahora se extenderá a las personas de 40 a 50 años para aumentar la protección a las familias.
Estos nuevos incentivos del Plan Mi Iª Vivienda forman parte del Plan de Choque 2026/27, formado por 15 medidas, entre las que destacan una nueva Ley del Suelo y el incremento tanto de la edificabilidad como de la densidad en las parcelas destinadas a inmuebles protegidos;
Para poder beneficiarse del programa hay que acreditar:
a.- la residencia legal en la Comunidad de Madrid, de manera continuada e
ininterrumpida, durante los 2 años previos a la petición de la hipoteca,
b.- no ser propietario de ningún inmueble en España y
c.- que el coste la vivienda no supere un valor determinado.
Tienes más información en este enlace de Servicios de vivienda de la Comunidad de Madrid

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