miércoles, 27 de agosto de 2025

Ante el juez por el fútbol de los niños

Los litigios por los desacuerdos de padres divorciados en el ejercicio de la patria potestad
se disparan: las extraescolares o el empadronamiento también son fuente de conflictos.
Marta Fontán, Vigo, 26 Agosto 2025 
Cuando la crispación es la tónica, cualquier decisión se antoja imposible. Lo saben muy bien en los 3 juzgados de Familia de Vigo, donde han visto como los procedimientos de jurisdicción voluntaria por desacuerdos entre padres divorciados en el ejercicio de la patria potestad se han disparado
Y la casuística es cada vez más amplia. La expedición del pasaporte a los hijos menores o la elección del colegio donde los niños cursarán sus estudios son situaciones con las que los jueces están ya muy acostumbrados a lidiar. 
Pero en ocasiones se enfrentan a otro tipo de cuestiones más anecdóticas, como desencuentros relacionados con las actividades extraescolares o, debido al auge de las custodias compartidas, con la dirección en la cual empadronar a los pequeños.

"Nos están entrando procedimientos en los que la problemática de fondo son las actividades extraescolares a las que van los hijos, como el baloncesto o el fútbol", afirman en 1 de los 3 juzgados. El conflicto puede surgir porque uno de los excónyuges no esté conforme con dichas clases o porque, al no ser el progenitor custodio y tener al hijo consigo solo unos determinados días en virtud del régimen de visitas establecido, se opone a llevarlo al considerar que le resta horas para estar con el menor. "La madre eligió ese horario para que así el niño esté menos tiempo conmigo", llegó a esgrimir algún padre divorciado para justificar su negativa a la extraescolar.

Estipulado en el Código Civil
Cuando no hay consenso posible, es el juez el que debe tomar la decisión. Así lo establece el Código Civil. "En caso de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad, cualquiera de los dos [excónyuges] podrá acudir a la autoridad judicial, quien, después de oír a ambos y al hijo si tuviera suficiente madurez y, en todo caso, si fuera mayor de 12 años, atribuirá la facultad de decidir a 1 de los 2 progenitores", reza el art. 156 de dicho texto legal.

Junto a las actividades extraescolares, otra cuestión que también están viendo de forma frecuente los magistrados es la relativa al empadronamiento
¿En caso de custodia compartida en qué dirección debe constar oficialmente el menor? ¿En la de la madre o en la del padre? "Muchas veces el conflicto se debe a que el empadronamiento está vinculado a determinadas subvenciones, ayudas o becas", explican las fuentes judiciales antes citadas.

Cuando debe primar el sentido común
En la mayoría de las ocasiones el juez, por medio de una resolución judicial, zanja el conflicto dando la razón a uno u a otro progenitor. Pero no es excepcional que se abstenga de intervenir. "Hay circunstancias en la vida familiar tras la ruptura en las que no existe posible respuesta jurisdiccional [...] Hay eventualidades a las que este juzgado no puede dar respuesta si no hay sentido común de los progenitores por el bien de los niños", respondió en una ocasión una magistrada a un vigués que acudió a la vía judicial porque su exmujer se negaba a entregarle el DNI y la tarjeta sanitaria del niño para aquellos períodos en los que estaba con él. Si bien, dicho archivo judicial acabó siendo corregido en IIª instancia por la Audiencia, al considerar estos magistrados que la entrega de dicha documentación personal es una "medida de protección mínima para el menor" mientras disfruta de la estancia con su padre.

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Convenios reguladores detallados que imponen presupuestos para los gastos extraordinarios.
Precisamente para evitar que las discrepancias acaben en un pleito judicial, cada vez es más habitual ver convenios de divorcio que regulan al detalle todo lo relativo a la relación de los excónyuges con sus hijos. Junto a las cuestiones clásicas –el régimen de guarda y custodia, las visitas, vacaciones y fechas especiales o la pensión de alimentos–, muchos padres concretan también cómo debe ser la comunicación telefónica, se extienden en la casuística de los gastos extraordinarios o precisan con nombres y apellidos qué familiares, en caso de necesidad, pueden recoger o entregar a los niños.

"Los progenitores habrán de informarse mutuamente del destino, dirección de estancia y número de teléfono de localización en los supuestos de viajes dentro del territorio nacional y en el extranjero, así como del estado de salud y tratamientos [del niño] incluso en los casos de enfermedad leve", concreta uno de estos convenios, en el que, en lo relativo a gastos extraordinarios, indica que la progenitora custodia "deberá presentar un presupuesto" a su expareja que tendrá que ser aprobado por ambos: en caso de desacuerdo "deberá presentarse uno comparativo o quedará a decisión judicial".

Otro convenio detalla de forma amplia cuáles son los gastos extraordinarios a abonar "por mitad" entre el exmatrimonio. Desde el teléfono o la tablet hasta los campamentos de verano o las estancias en el extranjero pasando por los actos religiosos como la comunión o la confirmación
Y deja las cosas claras: si no hay consenso, "el gasto será asumido en exclusiva por el progenitor que decide realizarlos".

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