Me divorcio: ¿Tengo derecho a la pensión compensatoria?.
Las consecuencias de un divorcio con separación de bienes.
INFÓRMATE SOBRE CÓMO REPARTIR LA PROPIEDAD.
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Si existe mutuo acuerdo, la división de la vivienda deberá firmarse por medio de un consenso entre las partes.
Patricia Campos Martínez, 14/03/2023
Cuando se pone en marcha una separación o la disolución de un matrimonio, surgen ante nosotros multitud de dudas en torno a cómo se puede repartir entre 2 personas una vida conjunta. En algunas ocasiones, gracias a la previsión por parte de la pareja, la división está previamente establecida en un contrato o se ha determinado que cada cual mantenga una separación de los bienes con los que cuenta.
¿Cómo se reparte la propiedad de un piso al divorciarse?
Sin embargo, no siempre es tan sencillo, es muy común que deconstruir una vida en pareja se pueda tornar complicado y que llegar a un acuerdo sea un proceso turbio. Ante estos casos, repartir, por ejemplo, un inmueble se convierte en un verdadero dilema en el que la justicia debe mediar para una resolución satisfactoria.
El tipo de divorcio es clave
Al tomar la decisión de divorciarse o separarse, las razones que han llevado a cada pareja a la situación pueden ser muy diferentes.
Esto conlleva que, no en todos los casos, se pueda llevar a cabo una finalización del matrimonio de forma amistosa.
En España existen 2 tipos diferentes de divorcio y en cada uno de ellos, la separación de los bienes se realiza de una manera diferente.
En caso que la separación sea de mutuo acuerdo, las 2 partes de la pareja han tomado una decisión para disolver su matrimonio por lo que se podrá convenir que pasa con los bienes, qué responsabilidad se va a tener respecto a los niños y cualquier otro aspecto financiero que atienda a ambas partes.
Por el contrario, si estamos hablando de un divorcio contencioso, no existirá acuerdo entre las partes, tendrá entonces que presentarse una demanda de divorcio ante un tribunal y será un juez quién tome las decisiones necesarias. Tanto para el reparto de bienes como para el reparto de responsabilidades parentales.
En el caso de este 2º tipo de divorcio, que se haya identificado a uno de los cónyuges como legítimo propietario del piso no quiere decir que se permita que este viva en ella o que la pueda vender de forma inmediata. En un divorcio contencioso, la justicia pude conceder derecho a habitar la casa durante un periodo determinado, a pesar de que no sea de su propiedad. En estos casos, se tienen en cuenta tanto los niños a cargo como las situaciones de desamparo o enfermedad.
En caso que la separación sea de mutuo acuerdo, las 2 partes de la pareja han tomado una decisión para disolver su matrimonio por lo que se podrá convenir que pasa con los bienes, qué responsabilidad se va a tener respecto a los niños y cualquier otro aspecto financiero que atienda a ambas partes.
Por el contrario, si estamos hablando de un divorcio contencioso, no existirá acuerdo entre las partes, tendrá entonces que presentarse una demanda de divorcio ante un tribunal y será un juez quién tome las decisiones necesarias. Tanto para el reparto de bienes como para el reparto de responsabilidades parentales.
En el caso de este 2º tipo de divorcio, que se haya identificado a uno de los cónyuges como legítimo propietario del piso no quiere decir que se permita que este viva en ella o que la pueda vender de forma inmediata. En un divorcio contencioso, la justicia pude conceder derecho a habitar la casa durante un periodo determinado, a pesar de que no sea de su propiedad. En estos casos, se tienen en cuenta tanto los niños a cargo como las situaciones de desamparo o enfermedad.
En caso de que haya hijos en común
Los niños en un divorcio complican en gran manera el reparto de los bienes. En estos casos la vivienda suele quedarse con aquella persona que vaya a tener la custodia de los hijos, independientemente de quién sea el dueño de la casa.
Debemos tener en cuenta que en un caso de divorcio a quiénes hay que proteger es a los que están más desamparados, en este caso los menores. Es por ello por lo que un juez puede entender que el interés familiar recae en la protección de los vástagos. De esta forma, la vivienda podrá usarse por la persona responsable de ellos, aunque no sea la propietaria legal del inmueble.
¿Matrimonio en gananciales o separación de bienes?
Por supuesto, la situación de una separación cambia de forma radical si nos encontramos ante un matrimonio en gananciales o en separación de bienes.
Si hablamos de gananciales, el C.Civil establece que todas las ganancias, beneficios y bienes que los cónyuges hayan adquirido, comprado o heredado, antes o durante el matrimonio pasan a ser de ambos.
En caso de disolución del matrimonio, los bienes se repartirán en un 50% para cada una de las partes.
Por el contrario, si la forma de elegida para el matrimonio en la separación de bienes, cada cónyuge conservará los bienes que tiene a su nombre por lo que en caso de finalización de la unión cada uno se llevará su parte, con la salvedad de que se acuerde lo contrario mediante un convenio entre ambos.
Por el contrario, si la forma de elegida para el matrimonio en la separación de bienes, cada cónyuge conservará los bienes que tiene a su nombre por lo que en caso de finalización de la unión cada uno se llevará su parte, con la salvedad de que se acuerde lo contrario mediante un convenio entre ambos.
¿Y si se vende la casa durante el proceso de divorcio?
Si los cónyuges llegaran a un acuerdo previo al divorcio, podrían vender la vivienda antes de finalizar con los trámites que pongan punto final al matrimonio. Para poder realizar esta operación será precisa la intervención de un tasador que estipule el valor de la propiedad.
En caso de gananciales, la cantidad recibida se repartirá a partes iguales entre ambos mientras que si hablamos de una caso de separación de bienes, el dinero pasará a la persona a la que pertenezca la vivienda.
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