Más de 12.000 € por la pensión de viudedad: los cambios en 2023.
Te explicamos cómo funciona la pensión de viudedad para exparejas y cuáles son sus requisitos.
Economía Digital, 8 enero 2023
Para aquellas personas que se quedan sin su cónyuge o su pareja de hecho, el Estado prevé la concesión de una prestación: la pensión de viudedad. Este subsidio que ofrece el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene como objetivo garantizar la solvencia económica de la persona superviviente, así como evitar que entre en una situación de necesidad económica. Además, hay que tener en cuenta que esta pensión es compatible con la actividad laboral y con la percepción de pensiones propias de jubilación e incapacidad permanente.
Esta prestación económica no es solo para los cónyuges o parejas de hecho que se quedan sin su pareja por fallecimiento, sino que también se pueden beneficiar los separados o divorciados.
Economía Digital, 8 enero 2023
Para aquellas personas que se quedan sin su cónyuge o su pareja de hecho, el Estado prevé la concesión de una prestación: la pensión de viudedad. Este subsidio que ofrece el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene como objetivo garantizar la solvencia económica de la persona superviviente, así como evitar que entre en una situación de necesidad económica. Además, hay que tener en cuenta que esta pensión es compatible con la actividad laboral y con la percepción de pensiones propias de jubilación e incapacidad permanente.
Esta prestación económica no es solo para los cónyuges o parejas de hecho que se quedan sin su pareja por fallecimiento, sino que también se pueden beneficiar los separados o divorciados.
Para ello, tanto el fallecido como los beneficiarios tienen que cumplir una serie de requisitos para su solicitud.
Requisitos para la pensión de viudedad en divorciados
El derecho a la pensión de viudedad, para el cónyuge o excónyuge, exige como requisito imprescindible la existencia previa de vínculo matrimonial, en cualquiera de las formas previstas en el Código Civil.
Requisitos para la pensión de viudedad en divorciados
El derecho a la pensión de viudedad, para el cónyuge o excónyuge, exige como requisito imprescindible la existencia previa de vínculo matrimonial, en cualquiera de las formas previstas en el Código Civil.
Asimismo, también otro tipo de requisitos, tal y como recoge el blog jurídico Elderecho.
En el caso de separación o divorcio, es imprescindible no haber contraído nuevas nupcias ni haber constituido pareja de hecho.
Ser acreedor de la pensión compensatoria, establecida por haberle producido la separación o el divorcio un desequilibrio económico. Esta pensión compensatoria no puede ser mayor a la pensión de viudedad.
En el caso de nulidad matrimonial, el derecho a la pensión de viudedad corresponde al superviviente al que se le haya reconocido el derecho a indemnización (CC art.98), y siempre que no hubiera contraído nuevas nupcias ni constituido una pareja de hecho.
En el caso de separación o divorcio, es imprescindible no haber contraído nuevas nupcias ni haber constituido pareja de hecho.
Ser acreedor de la pensión compensatoria, establecida por haberle producido la separación o el divorcio un desequilibrio económico. Esta pensión compensatoria no puede ser mayor a la pensión de viudedad.
En el caso de nulidad matrimonial, el derecho a la pensión de viudedad corresponde al superviviente al que se le haya reconocido el derecho a indemnización (CC art.98), y siempre que no hubiera contraído nuevas nupcias ni constituido una pareja de hecho.
Las ayudas van en función al número de hijos.
Las pensiones de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, y las pensiones de Clases Pasivas, incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán un 8,5% para este año, que es la inflación media del año anterior. Con ello, la pensión media de viudedad quedará en unos 930 €.
Las pensiones de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, y las pensiones de Clases Pasivas, incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán un 8,5% para este año, que es la inflación media del año anterior. Con ello, la pensión media de viudedad quedará en unos 930 €.
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