lunes, 13 de junio de 2022

Las ventajas de divorciarse recurriendo a la mediación

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La mediación familiar tras una ruptura conflictiva con hijos llega a la Iglesia.
El proceso es «más rápido, más económico y conlleva un menor coste emocional», asegura Alejandra García, mediadora y experta en Derecho Colaborativo.
Carlota Fominaya, MADRID, 12/06/2022 
El proceso es duro. Los miembros de la pareja, ahora separados, tienen que sentarse, uno frente al otro, escucharse y hablarse. Nada de comunicaciones a través de los abogados, sino uno junto al otro y en actitud positiva, tratando de alcanzar soluciones buenas para ambos en relación a la disolución del matrimonio. En esto consiste la mediación, apunta la abogada de familia y también mediadora Alejandra García. 
Para esta experta, «el resultado es muy satisfactorio, ya que se elimina la posibilidad de que un 3º, el juez, decida sobre asuntos de gran calado sentimental y repercusión práctica en sus vidas». 
Lo que ocurre en nuestro país, prosigue García, «es que el divorcio por mediación, un gran desconocido en nuestro país no sólo por la opinión pública, sino también para algunos abogados, procuradores y jueces por Desconocimiento y desconfianza», se lamenta.
Es, sin embargo, una realidad de plena aplicación desde que en 2012 se publicara en España la Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles y ahora, tras la reciente aprobación del Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal, será una realidad obligatoria. Es decir, quien quiera divorciarse deberá acreditar ante el juez que antes de acudir a la vía ordinaria ha tratado de hacerlo a través de un método alternativo de resolución de conflictos, entre los que se encuentra la mediación. 
Bastará con acreditar que se ha acudido a una única sesión para que se activen los mecanismos habituales de divorcio. Más allá de este trámite obligatorio, la socia directora de Garea Abogados, recomienda «seguir todo el proceso por mediación, y es que, en sus propias palabras, quienes lo han hecho así refieren experiencias satisfactorias y un gran reconocimiento para el sistema».
Para Alejandra García, las ventajas son clarísimas y de distinta naturaleza. La 1ª es la emocional. «El tratar de buscar soluciones, de llegar a puntos de encuentro que sean positivos para todas las partes, sobre todo si existen hijos en el matrimonio, marca una gran diferencia, sobre los divorcio duros, "a cara de perro", en los que no sólo se buscan mejoras para uno mismo sino "la derrota" del contrario», advierte.
Estos conflictos, prosigue, «generan un desgaste que repercute en toda la unidad familiar, sobre todo si se prolongan en el tiempo. Y éste es el 2º asunto a considerar. Mientras que el divorcio ordinario se puede demorar meses, en mediación se pueden alcanzar acuerdos en 5 o 6 sesiones, aunque, por supuesto, cada caso es distinto».
Si hablamos de dinero, «la mediación no solo es más económica, sino que en este ámbito -explica García-, se llegan a acuerdos más coherentes para toda la familia en materia de pensiones compensatorias, el uso de la vivienda, el régimen de gananciales o la liquidación del patrimonio común».
¿Es buena también la mediación para parejas sin hijos? Pues depende de si existen cuestiones como las recién mencionadas en las que no hay entendimiento. Según explica la directora de Garea Abogados, «en este caso bastaría con que ambos acudiesen junto a un abogado a suscribir un convenio de divorcio para la disolución del vínculo, o lo que es lo mismo, que recurriesen al divorcio notarial. Ahora bien, podrían optar por la mediación, como paso previo a acudir a la notaría, si existiesen cuestiones económicas espinosas en las que no lograsen ponerse de acuerdo, como, por ejemplo, el reparto del patrimonio común».
La mediación se lleva a cabo en los despachos de mediadores privados, donde éstos, que tienen que estar formados en la materia, trabajará como figuras neutrales para lograr la mejor solución para ambas partes. 
El proceso también se puede realizar en colegios profesionales (el de abogados, procuradores, psicólogos, entre otros o en el Colegio Notarial). También en organismos públicos dependientes de comunidades autónomas o ayuntamientos.
Los acuerdos alcanzados serán completamente vinculantes entre las partes y cualquiera puede solicitar su elevación a público ante notario o su homologación judicial, con lo cual tiene una total vinculación a lo firmado. Si no se llegase a tal acuerdo, habrá que acudir a los tribunales y presentar la demanda de divorcio. Cuando entre el vigor, recordamos, la Ley de Eficiencia procesal, se deberá presentar un documento acreditativo de que se ha pasado por este estadio.
NOta: Nada cambia sobre el modelo actual, en una sesión no se hace nada. El Proceso de Mediación familiar no se hace obligatoria, por que es un negocio para un montón de gente...

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