ABC/ EFE, 02 jul 2021
La Fiscalía ha rechazado "de plano" que se conceda el indulto a Juana Rivas porque, entre otras razones, ella no acepta la condena que le impuso el Tribunal Supremo por retener a sus hijos e incluso llegó a proclamar "a los cuatro vientos" que "volvería a hacerlo".
Rivas, vecina de Maracena (Granada), fue condenada a 2 años y medio de prisión después de permanecer durante más de 1 mes en paradero desconocido con sus 2 hijos menores para no entregárselos al padre, el italiano Francesco Arcuri, con el argumento de que este había sido condenado por maltrato.
En un escrito fechado el 30 de junio al que ha tenido acceso Efe, el Ministerio Público ya avisa en el capítulo preliminar de que la solicitud de la medida de gracia "debería haberse rechazado de plano" porque la defensa de la procesada la pidió respecto a una condena que entonces todavía era "susceptible de recurso y no firme aún".
En este sentido, la petición de indulto está fechada el 21 de marzo de 2019, mientras que la sentencia del Supremo data del 26 de abril de 2021, por lo que la Fiscalía expone como "única explicación posible" que la solicitud se confeccionó "por si acaso".
Para el Ministerio Público, también "se hace difícil comprender" que Rivas reclame el indulto "mostrando una clara discrepancia con la condena cuyo perdón se pide" y, en consecuencia, expresando una "absoluta disconformidad con los hechos" por los que fue castigada.
Sus argumentos "parecen más propios de un recurso o incidente procesal" contra la condena, añade el escrito.
El fiscal destaca que la sentencia fue el fruto de "un largo camino" que "revela" que Rivas "no aceptó" la decisión judicial respecto a la custodia compartida.
De hecho, "sustrajo 1º y retuvo luego" a sus hijos, con lo que "se colocó en franca rebeldía", y promovió "infructuosos incidentes" que "dilataron de forma indebida" la ejecución de la sentencia del juzgado de primera instancia que decidió sobre el caso.
"Y cuando le tocó responder penalmente, después de vulnerar deliberada-mente nuestra legislación interna y hacer burla de los compromisos internacionales suscritos por España, excusó o pretextó su dolor de sufrida madre maltratada, acompasada del revuelo mediático", dice la Fiscalía.
Para la acusación pública, es "una incoherencia, cuando no un completo absurdo" que compara con la paradoja del gato de Schrödinger, que Rivas alegue "un supuesto arrepentimiento" al mismo tiempo que "hurta" lo dictado por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Granada, responsable de la condena inicial.
"Haber proclamado a los 4 vientos que volvería a hacerlo", prosigue el fiscal, hace que decaigan "los supuestos motivos de justicia, equidad y utilidad pública" que defendió el letrado de Rivas.
La Fiscalía granadina, además, se adhiere a los argumentos de la expareja de Rivas y recuerda que "cuantas responsabilidades" se le pudieran atribuir a Arcuri en la causa por maltrato quedaron extinguidas y archivadas en 2016.
En esta línea, critica los "errores" del abogado de Rivas en sus alegatos, como la referencia a la "supuesta pero inexistente condena" dictada por un tribunal italiano contra el exmarido, que además el Supremo "declaró expresamente ajena al debate".
Esta es la posición de la Fiscalía Provincial de Granada, que en todo caso se remite a la postura definitiva que adopte la Fiscalía del Supremo, al ser este tribunal el que condenó a Rivas, según han informado fuentes del Ministerio Público a Efe.
La Fiscalía ha rechazado "de plano" que se conceda el indulto a Juana Rivas porque, entre otras razones, ella no acepta la condena que le impuso el Tribunal Supremo por retener a sus hijos e incluso llegó a proclamar "a los cuatro vientos" que "volvería a hacerlo".
Rivas, vecina de Maracena (Granada), fue condenada a 2 años y medio de prisión después de permanecer durante más de 1 mes en paradero desconocido con sus 2 hijos menores para no entregárselos al padre, el italiano Francesco Arcuri, con el argumento de que este había sido condenado por maltrato.
En un escrito fechado el 30 de junio al que ha tenido acceso Efe, el Ministerio Público ya avisa en el capítulo preliminar de que la solicitud de la medida de gracia "debería haberse rechazado de plano" porque la defensa de la procesada la pidió respecto a una condena que entonces todavía era "susceptible de recurso y no firme aún".
En este sentido, la petición de indulto está fechada el 21 de marzo de 2019, mientras que la sentencia del Supremo data del 26 de abril de 2021, por lo que la Fiscalía expone como "única explicación posible" que la solicitud se confeccionó "por si acaso".
Para el Ministerio Público, también "se hace difícil comprender" que Rivas reclame el indulto "mostrando una clara discrepancia con la condena cuyo perdón se pide" y, en consecuencia, expresando una "absoluta disconformidad con los hechos" por los que fue castigada.
Sus argumentos "parecen más propios de un recurso o incidente procesal" contra la condena, añade el escrito.
El fiscal destaca que la sentencia fue el fruto de "un largo camino" que "revela" que Rivas "no aceptó" la decisión judicial respecto a la custodia compartida.
De hecho, "sustrajo 1º y retuvo luego" a sus hijos, con lo que "se colocó en franca rebeldía", y promovió "infructuosos incidentes" que "dilataron de forma indebida" la ejecución de la sentencia del juzgado de primera instancia que decidió sobre el caso.
"Y cuando le tocó responder penalmente, después de vulnerar deliberada-mente nuestra legislación interna y hacer burla de los compromisos internacionales suscritos por España, excusó o pretextó su dolor de sufrida madre maltratada, acompasada del revuelo mediático", dice la Fiscalía.
Para la acusación pública, es "una incoherencia, cuando no un completo absurdo" que compara con la paradoja del gato de Schrödinger, que Rivas alegue "un supuesto arrepentimiento" al mismo tiempo que "hurta" lo dictado por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Granada, responsable de la condena inicial.
"Haber proclamado a los 4 vientos que volvería a hacerlo", prosigue el fiscal, hace que decaigan "los supuestos motivos de justicia, equidad y utilidad pública" que defendió el letrado de Rivas.
La Fiscalía granadina, además, se adhiere a los argumentos de la expareja de Rivas y recuerda que "cuantas responsabilidades" se le pudieran atribuir a Arcuri en la causa por maltrato quedaron extinguidas y archivadas en 2016.
En esta línea, critica los "errores" del abogado de Rivas en sus alegatos, como la referencia a la "supuesta pero inexistente condena" dictada por un tribunal italiano contra el exmarido, que además el Supremo "declaró expresamente ajena al debate".
Esta es la posición de la Fiscalía Provincial de Granada, que en todo caso se remite a la postura definitiva que adopte la Fiscalía del Supremo, al ser este tribunal el que condenó a Rivas, según han informado fuentes del Ministerio Público a Efe.
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