lunes, 18 de mayo de 2020

Mallorca: Pensión de alimentos mínima: 180€

Los jueces de Palma fijan en 180 euros la pensión mínima de alimentos
V. Malagón, Palma, 16/05/2020
Los jueces de Familia de todos los partidos judiciales de Baleares excepto Ibiza buscan evitar una avalancha de demandas de padres y madres divorciados con hijos. En una serie de juntas han fijado una serie de criterios comunes para hacer frente a 2 focos de conflicto derivados del estado de alarma: cómo se recuperan el tiempo que un progenitor no pudo disfrutar con su hijo por las restricciones de movilidad y qué ocurre con las pensiones de alimentos a los menores de padres afectados por la crisis económica. Así, el acuerdo en Palma ha sido fijar como «mínimo vital» la cantidad de 180 euros mensuales en el caso de 1 hijo, 150 euros para 2 hijos y 120 para 3.
El acuerdo de los jueces de Palma señala que estos criterios son «interpretativos» y que buscan dar «seguridad jurídica a las relaciones familiares e intentar evitar el incremento desmesurado de los procedimientos judiciales». Es decir, se busca que sean los padres quienes intenten alcanzar acuerdos y se apela a su «lógica, sensatez y prudencia». Además, los jueces recomiendan que se acuda a otros procesos como la mediación en lugar de pleitear.
Sobre los regímenes de visitas establecen como norma general que el progenitor que no tiene la custodia pueda recuperar las visitas que haya dejado de disfrutar. Así, propone que se añada un fin de semana mensual. Algo similar hace con las vacaciones y en los casos en los que se trata de custodias compartidas. También marca que se reanuden todas las visitas, con la salvedad de las que se realizan en el punto de encuentro que gestiona el Govern y que tendrá que garantizar que puede llevar a cabo los intercambios con seguridad.
El problema que prevén los jueces con las pensiones es un aluvión de peticiones de que se modifiquen a la baja por parte de padres que se vean afectados por la crisis económica. Se abre la puerta a esas revisiones pero se aclara que se trata de unas medidas provisionales: «En el supuesto de que la situación del progenitor que ha solicitado la revisión, pasado un tiempo, vuelva a ser la anterior, en el proceso posterior se podrá aplicar con carácter retroactivo la pensión vigente antes de la modificación». 

El acuerdo es común para todos los juzgados de Mallorca.

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