martes, 3 de diciembre de 2019

La Custodia Compartida no acaba de arrancar tras 14 años

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Luces y sombras en la custodia compartida de los menores
La custodia compartida pasa de residual a dictarse en 3 de cada 10 casos.
La falta de implicación, tiempo o voluntad de los hijos deja 2/3 de los procesos en exclusiva maternal. Hace una década apenas se daban un 8%.
Ahora la jurisprudencia la señala como la «opción preferente»
M. GAJATE, VALLADOLID, 02/12/2019
Hace ya muchos años en los que la instantánea de los hogares no muestra a las mujeres en casa haciéndose cargo en exclusiva de los hijos. La corresponsabilidad en el hogar ha ido haciéndose hueco hasta convertirse en una realidad en un importante volumen de los hogares. «Los tiempos han cambiado», los padres «quieren colaborar». Sin embargo, en casos de separación los pronunciamientos judiciales parecían no acompasar a ese escenario. Una década atrás las custodias compartidas apenas se daban, eran algo casi residual. No alcanzaban ni el 8 % del total. Sin embargo, la jurisprudencia se ha «actualizado» y adaptado a lo que la sociedad «reclama». En los últimos 10 años, los procesos con este desenlace se han disparado y ya copan 3 de cada 10.
Desde 2005 la ley ya contemplaba la custodia compartida, pero es en 2013 cuando el Tribunal Supremo señala que es la opción más recomendable. Este punto de inflexión no sólo abrió la puerta a plantear los procesos de custodia desde otra perspectiva, sino que supuso la revisión de otros en los que se había dado en exclusiva y querían incorporarse al cambio.
Según los datos del INE, se han incrementado en un 247% las custodias compartidas otorgadas antes y después de ese pronunciamiento del Tribunal Supremo que tras años de aplicación «está funcionando bien». «Se respeta el derecho de los hijos a estar con los 2 padres, y a los 2 padres estar con sus hijos», sin que en este proceso se interprete un «vencedor y un vencido». «Ahora no gana ninguno y todo funciona muchísimo mejor», apunta la jueza de familia Sonsoles de la Hoz, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Valladolid. «En 2 años, sólo damos compartidas. En los casos que se pueda, claro», añade.
Y es que no siempre es factible. Se dan situaciones en las que reconoce De la Hoz que se piden «por pedir», porque uno de los progenitores no puede hacerse cargo del niño o nunca lo ha hecho antes -«no saben ni cómo se llama su tutor»-, otros se mudan a otra ciudad y quieren que esté medio año la niña en cada lugar o, incluso, que los reclaman desde prisión. «Tienen que estar implicados», destaca, lamentando como los hay que piensan en la rentabilidad económica, bajo la «errónea» creencia de que con la compartida se evita el pago de una pensión

Y es que cuando hay mucha diferencia entre el salario de uno y otro sí se establece una compensación que evite que uno asuma un mayor esfuerzo o que el menor viva a 2 velocidades. 
Del mismo modo, también está en juego el domicilio. Con la custodia compartida cada uno paga su casa, pero si es exclusiva, ese progenitor disfruta del inmueble familiar, un punto del Código Civil que jueces y fiscales ya han reclamado que sea modificado.
El 66%, para la madre
Esas dificultades para establecer la custodia compartida siguen siendo muchas. Pese a ser la opción «preferente», no es la más popular. La realidad marca que es la exclusiva para la madre la que sigue imperando en un 66 % de los casos. Muchas vienen determinadas por esos inconvenientes ya citados, otras porque el padre se desentiende y en otras porque los hijos, ya adolescentes, se niegan.
Ante un proceso de custodia, desde los juzgados se evalúa el caso de distinta forma según la edad de los menores. Si no llegan a los 12 años, un equipo formado por una trabajadora social y una psicóloga analizan a niños y su entorno para realizar un informe que aconseje qué es lo mejor. La mayoría «son a favor de la custodia compartida». Cuando ya han entrado en la adolescencia, les exploran fiscal y juez. A través de preguntas, analizan cómo es su relación con sus progenitores. «A veces cuentan más que a los padres». Los más mayores suelen llegar con la «idea clara». Algunos confiesan que quieren estar con «los 2, pero piden que no lo cuentes» y otros «me dicen nada más entrar: ‘Quiero estar con...’». En sus palabras se trata de ver si hay sinceridad o están «mediatizados» por uno de sus progenitores. «Se les pilla». En ese caso, se desvían al equipo psicosocial como los pequeños.
La opinión del menor
«Normalmente hay que intentar respetar su opinión» cuando son adolescentes, ya que a estas edades, explica De la Hoz, que si no quieren no cumplen con el régimen acordado. A veces se posicionan de parte del «más débil» y «pierden la «perspectiva de que el otro también estuvo allí». «A muchos les digo que luego se van a arrepentir», porque el equipo psicosocial dice que «es un buen padre» aquel al que no quieren volver a ver. Pero con 16 años «no le puedes obligar». Con los de 13 se tiende a poner un régimen de visitas para «intentar que vuelvan a tener contacto». Incluso hay casos en los que el mayor está en exclusiva con uno y los pequeños en régimen compartido, aunque se intenta «no separar a los hermanos».
Ya con la valoración de los hijos realizada se ponen sobre la mesa las posibilidades reales para hacerse cargo de ellos. Horarios laborales, posibilidad de ayuda familiar o de una persona empleada... Si se considera que la custodia compartida es la opción adecuada, empieza el encaje de bolillos para hacerla a «a la carta». Se pauta el día de Reyes, los cumpleaños, las vacaciones... Lo habitual es por semanas alternas, a veces 15 días. Cuando son más pequeñitos se establecen visitas entre semana para que no pierdan el contacto y hay otros casos en los que incluso el planning es diario. Si ellos lo encajan y es factible, sale «adelante», expone De la Hoz. Lo que no funcionan son las «casa nido» en las que siempre viven los niños y se cambian los padres, que acaban enfrentados por cosas del hogar.
Para otorgar una custodia compartida, una de las partes debe solicitarla, aunque no sea de inicio, suele ser habitual a mitad de proceso, al contrario que en otros países en los que se puede obligar aunque uno de ellos no quiera. En Castilla y León se ha dado algún caso en circunstancias especiales, como un menor con discapacidad que se dictó que los 2 tenían que «asumir responsabilidades».

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