lunes, 5 de agosto de 2019

Sin pensión ni herencia para los malos hijos

....... los padres han ganado la batalla.
Cada día más jóvenes están perdiendo sus pensiones y sus herencias por no cumplir con sus obligaciones.
A. PASCUAL, 05/08/2019
Hasta hace un par de años, los hijos de matrimonios divorciados podían disfrutar de la pensión de alimentos hasta que se incorporasen al mercado laboral. En algunos casos, como los que optan a oposiciones o aquellos que se graduaron en carreras que exigen un examen profesional posterior, como Medicina o Psicología, podían alargar el cobro de la pensión casi hasta los 40 años.
Es más, en muchos casos los jueces ni siquiera entraban en el fondo de la cuestión y se ceñían a la doctrina: si los hijos no pueden mantenerse por sí mismos, es necesario que los padres sigan pagándoles los gastos hasta que tengan un trabajo, independientemente de su edad. Pero este grifo se empezó a cerrar durante la crisis económica y no parece que vaya a volver a abrirse.
"Antes de la crisis económica, había muy pocas sentencias de este tipo", dice Javier María Pérez-Roldán, director del bufete que lleva su nombre. "Pero con las apreturas económicas, muchos padres han comenzado a demandar a sus hijos. Se puede entender como que escasea el dinero o que los niños de estas generaciones son especialmente vagos, 'ninis', como se los llama".

Los jueces intentan evitar el parasitismo social con estas sentencias.
Para Manuel Hernández, director de Vilches Abogados, especializados en derecho de familia, hay otro motivo para esta avalancha de sentencias: "Hay que tener en cuenta que la pensión de alimentos ha de pasarse sí o sí hasta que el hijo cumple 18 años. Entonces, cuando un padre se plantea llevar el asunto a los tribunales, el hijo normalmente ya tiene 20 o 21 años. Teniendo en cuenta que lo normal es que estas pensiones se extingan sobre los 26, antes los padres hacían cuentas y veían que les salía más caro elevar el asunto hasta el Supremo que pagar los años de pensión que les quedaban".
Al respecto, los especialistas señalan la sentencia 395/2017 (PDF) de la Sala Civil del Supremo como una pieza histórica. En ella, el magistrado Francisco Javier Arroyo entra de lleno a analizar el rendimiento académico de Emilio, un joven de 23 años al que demandó su padre. "Durante su adolescencia, Emilio fue un pésimo estudiante. Acabó la ESO con 20 años. En 2011 tuvo 7 insuficientes. En 2012 y 2013 no cursó estudios", dice el texto, que no solo dejó a Emilio sin pensión, sino que sentó jurisprudencia.
"Los jueces tienen que responder a los sentimientos de la sociedad", dice Pérez-Roldán, "y es notorio que la sociedad cada vez tolera peor a los 'ninis'. Todos conocemos cómo está el mercado laboral y lo complicado que es acceder a un buen trabajo, pero lo que ahora están diciendo los magistrados es que también hay otro tipo de trabajos, de subsistencia, y que el trabajo está mal para todos, tanto para los hijos como para sus padres".
"Lo que busca esta sentencia", afirma Hernández, "es evitar que se creen parásitos sociales. El juez considera que, por su propio bien, se ha de retirar la pensión para que el joven espabile y comience a buscarse la vida". Continúa Hernández: "Pero no es tan sencillo acreditar que una persona no está aprovechando sus estudios. En el bufete hemos tenido el caso de un chico que abandonó la Formación Profesional y el juez le mantuvo la pensión solo porque se apuntó a una academia privada de inglés, cuyo título ni siquiera estaba homologado".

Una cita por burofax
Hay otro supuesto por el que los jueces están fallando a favor de los padres: el desagradecimiento. "Es muy habitual que los hijos, sobre todo a partir de los 18 años, empiecen a tener pereza por ir a visitar a su padre", dice Pérez-Roldán. "Tienen su grupo de amigos, y su pareja, en el entorno familiar de la madre y, a resultas, pasan mucho tiempo sin ir a visitar a su padre. Y el Código Civil es muy claro en ese aspecto: a un padre hay que obedecerle hasta los 18 años, pero hay que respetarle siempre".

Es habitual que, después de los 18 años, los hijos dejen de visitar a su padre
El magistrado del Supremo Eduardo Baena utilizó el caso de 2 jóvenes madrileños que llevaban 10 años sin ver a su padre, y que no tenían intención de hacerlo, para sentar jurisprudencia. "Por ello, siendo la negativa a relacionarse con el padre una decisión libre que parte de los hijos mayores de edad y habiéndose consolidado tal situación de hecho en virtud de la cual el padre ha de asumir el pago de unos alimentos sin frecuentar el trato con los beneficiarios ni conocer la evolución de sus estudios, se considera impropio que subsista la pensión a favor de los alimentistas por cuanto que se estaría propiciando una suerte de enriquecimiento injusto a costa de un padre al que han alejado de sus vidas", dice la sentencia.
Desde entonces, una riada de sentencias está dejando sin pensión a los hijos más desapegados. Sin embargo, como recuerda Asunción Santos, abogada de familia de Legálitas, conseguir pruebas para sostener la acusación es un proceso peliagudo: "Esto puede sonar muy drástico, y desde luego es triste tener que llegar a estos extremos, pero la mejor forma de acreditarlo es que el padre solicite una cita a su hijo mediante un burofax", dice la letrada. "Es importante reflejar la reiteración del interés por parte del padre y la desidia del hijo".
Hay motivos que justifican no visitar al padre y seguir recibiendo la pensión, como un pasado de agresiones o que el progenitor sufra alguna adicción que afecte su relación con los hijos. "Hablamos solo de casos en los que el padre, siendo un buen padre, pueda acreditar que los niños no quieren ir a verle", dice Santos, quien además coordina la asistencia telefónica a sus abonados: "Es muy duro para los padres llegar al punto de demandar a sus hijos, pero lo cierto es que cada día se ven más casos".
Desheredar a los hijos es ahora más fácil
Pero el desafecto filial tiene una vertiente más: "Esta figura del desagradecimiento también la han utilizado en el Supremo, más recientemente, para algo novedoso: desheredar a un hijo", dice Pérez-Roldán. "Este es un gran cambio", continúa Asunción Santos, "porque antes los motivos para desheredar estaban tasados y eran muy extremos, como que el hijo maltratase al padre, de modo que prácticamente siempre se daban las herencias".
El Supremo ahora equipara el maltrato físico con el maltrato psicológico que implica que un hijo se desentienda de su padre. "En este aspecto, es importante señalar el síndrome de manipulación parental (SAP), que es algo que muchos ponen en duda pero que otros no dudamos de él", dice Pérez-Roldán. "Muchas veces el cónyuge que está a cargo de los hijos los predispone contra el otro, de modo que termina por romper la relación. Esto, a partir de los 18 años, es factible, lo que no tiene sentido es que una persona herede de un padre al que hace 20 años que no ve".

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