Andrea Pascual, 16 Mar 2019
¿Cuáles son los motivos de disputa después de un divorcio?
Los recientes datos sobre el divorcio en España nos han sorprendido por su tendencia a la baja por 1ª vez en los últimos 17 años.
Los 21.000 divorcios registrados en 2018 suponen un récord a la mínima desde 2001.
Pero no deberíamos precipitarnos a celebrar el amor.
El dato se correspondería, según el Consejo General del Poder Judicial, con el descenso paralelo del número de matrimonios.
A menos bodas, menos divorcios, pero, ojo, no menos reclamaciones post sentencia de divorcio.
Las parejas que consiguen decirse adiós juez mediante regresan a los despachos de abogados y a los tribunales con el objeto de modificar medidas recogidas en la sentencia. O bien con el fin de hacerlas cumplir.
Ellos o ellas, lo explica la abogada de familia y directora de Garea Abogados, Alejandra García, acuden de igual manera, tengan o no la custodia de los niños.
Entre los motivos, estos son los más habituales:
No pagar la pensión alimenticia.
Una cuestión que es de obligado cumplimiento, sin importar las circunstancias que pretendan justificarlo.
Ni la falta de recursos económicos, ni que se plantee el impago como compensación de deudas entre ambos progenitores.
Mucho menos, que se produzca en represalia por impedir las visitas a los hijos.
Nunca se debe dejar de pagar la pensión, ya que, en el mejor de los casos, ese incumplimiento dará lugar a una ejecución de sentencia, incrementándose la deuda con los intereses y costas que se generen.
En el peor de los supuestos, advierte la letrada, puede derivar en un proceso penal por impago de pensiones.
Con la consiguiente condena y generando antecedentes penales.
No actualización de la pensión con el IPC o con el sistema de actualización que recoja la Sentencia.
El IPC es un índice de carácter público, que puede ser conocido por cualquier persona.
Por ello, la actualización es de obligado cumplimiento por estar a disposición de la parte los datos necesarios para realizarla.
¿Qué ocurre si no se lleva a cabo?
Lo mismo que en el apartado anterior, desde el incremento de deuda e intereses hasta la condena penal.
Dejar de pagar la hipoteca.
Una mala decisión que afecta a ambas partes.
Ya que el impago de esta carga puede dar lugar a que el banco ejecute la hipoteca.
Y, ponga en marcha un proceso en el que no va a reclamar las cuotas no abonadas, sino la totalidad de la hipoteca, más intereses y costas.
Así pues, es preferible tratar de alcanzar acuerdos entre las partes.
E, incluso, con la entidad bancaria con el fin de evitar perjuicios mayores.
Uso del domicilio conyugal.
También en relación a la vivienda, y tras la Sentencia del Tribunal Supremo sobre el uso de la casa familiar para los divorciados con hijos, desde Garea Abogados recuerdan que:
Quien vive en el domicilio conyugal con los niños no puede meter en él a su nueva pareja sentimental.
Si lo hace puede quedarse en la calle, en caso de que los bienes de la pareja se encuentren en régimen de gananciales.
Tomar decisiones que afectan a la patria potestad unilateralmente.
Es muy habitual que el progenitor custodio, amparándose en esa custodia, tome decisiones sobre los menores sin contar con el otro.
Por ejemplo, elegir la guardería o el colegio, trasladar la residencia menor, matricularle en catequesis…
Se trata de cuestiones relevantes a tratar en el seno de la pareja .
En caso de desacuerdo será el Juez quien determine a quién otorga el poder de decidir.
Impedir el régimen de visitas.
Lo fundamental en los procesos que regulan la ruptura es la protección de los menores.
Los progenitores no deben ignorar que el derecho de visitas es de los niños, no de los padres.
Por eso un incumplimiento reiterado del régimen de visitas provocado por el progenitor custodio puede dar lugar incluso a un cambio de custodia.
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