La condena media impuesta a los asesinos machistas fue de 17 años de cárcel, según el análisis de las sentencias de 2016 hecho por el Poder Judicial.
REYES RINCÓN, Madrid 30 MAY 2018
Solo 1 de cada 4 mujeres muertas por violencia de género en 2016 había denunciado a su maltratador. Así lo revela el análisis de las sentencias dictadas ese año por crímenes machistas realizado por el grupo de expertos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Según ese análisis, solo en 10 de las 38 sentencias dictadas por tribunales de Jurado y por las Audiencias Provinciales en 2016 consta la existencia de denuncias previas por violencia de género. No quiere decir que en el otro 74% de casos no hubiera malos tratos previos al crimen, sino que “a buen seguro”, según los expertos, sí los había pero las víctimas no dieron el paso de denunciar.
Además de las 38 sentencias de crímenes por violencia de género, los expertos han analizado 10 sentencias de casos de muertes por violencia doméstica y 5 por asesinato de menores a manos de sus progenitores.
El informe, aprobado este miércoles por el Observatorio que preside la vocal del CGPJ Ángeles Carmona, señala que es preciso fomentar la mejora en la información a todos los agentes implicados en Ayuntamientos, Comunidades Autónomas y Gobierno central para que las víctimas conozcan sus derechos y los recursos con los que cuentan. También se incide en la necesidad de mejorar los canales de detección de riesgo en mujeres que acuden a centros sociales a recabar ayudas y no desean denunciar, y en hacer hincapié en los programas de información, prevención y mecanismos de protección a niños y adolescentes.
En 2016, según los datos, hubo un aumento de la media de edad de las víctimas mortales, que se situó en los 40 años, frente a los 32 del año anterior. Ninguna de las víctimas era menor de edad y la más joven tenía 20 años. El grupo de expertos aboga por reforzar programas de información y sensibilización en los centros educativos para mejorar la prevención y protección de los/las jóvenes. También considera necesario fortalecer el apoyo a personas mayores en situación de dependencia, pues cada año se registran feminicidios de dependientes a cargo de sus parejas.
Agravante de parentesco
Los jueces aplicaron en el 92% de los casos de violencia de género la agravante de parentesco, en el 52% de los casos de violencia doméstica y en todas las sentencias dictadas cuando la víctima era un menor. También se aplicaron otras agravantes como el abuso de superioridad, reincidencia, alevosía y ensañamiento. En cuanto a las atenuantes, el trastorno mental fue apreciado en apenas un 10% de los casos, lo que demuestra, según los expertos, la nula influencia de las disfunciones mentales en los crímenes de violencia de género. Sólo en 1 de las sentencias se apreció la atenuante por consumo de alcohol o drogas, mientras que en el resto de procedimientos en los que fue solicitada dicha atenuante por las defensas no quedó demostrado que la adicción o ingesta disminuyera o anulara la capacidad de discernimiento del acusado.
Las resoluciones analizadas arrojan también que en conexión con el crimen machista hubo otras 4 muertes, 2 de ellas hijos de la pareja de menores de edad. Según se recoge en las sentencias, 8 menores presenciaron el crimen de su madre. “Son muchos los estudios que demuestran que haber sido testigo o víctima directa de las agresiones tiene consecuencias devastadoras para la salud psicológica de los menores”, advierten los expertos.
El estudio destaca la “ausencia de impunidad” de los casos de violencia de género: de las 38 sentencias dictadas por feminicidio hubo condena en 37. De ellas, 30 fueron por asesinato y 7 por homicidio, lo que demuestra, según los expertos, la gravedad de los casos, ya que implica una mayor preparación de los mismos y en una mayor agresividad en su ejecución. La pena media privativa de libertad impuesta fue superior a 17 años. En las sentencias de violencia doméstica, en un 40% de los casos, los hechos fueron calificados como asesinato, con una pena media privativa de libertad ligeramente superior a 12 años. Cuando la víctima fue menor de edad, todos los casos fueron calificados como asesinato y la pena media impuesta fue de 20 años.
En este estudio se incluye por 1ª vez el análisis de 9 sentencias dictadas por homicidio y/o asesinato de una mujer a manos de un varón con el que no mantenía una relación de afectividad o parentesco, en los que el género de la víctima era lo que la hacía vulnerable. Entre estos casos se encuentran, por ejemplo, supuestos de agresiones sexuales, crímenes en el ámbito del ejercicio de la prostitución y homicidios o asesinatos ocurridos en situaciones de robo con violencia. La relación entre víctima y autor del crimen es muy variable, contemplándose casos de compañeros de trabajo, conocidos, vecinos, amigos, y otros supuestos en los que no pudo acreditarse la existencia de relación alguna.
En 2016, según los datos, hubo un aumento de la media de edad de las víctimas mortales, que se situó en los 40 años, frente a los 32 del año anterior. Ninguna de las víctimas era menor de edad y la más joven tenía 20 años. El grupo de expertos aboga por reforzar programas de información y sensibilización en los centros educativos para mejorar la prevención y protección de los/las jóvenes. También considera necesario fortalecer el apoyo a personas mayores en situación de dependencia, pues cada año se registran feminicidios de dependientes a cargo de sus parejas.
Agravante de parentesco
Los jueces aplicaron en el 92% de los casos de violencia de género la agravante de parentesco, en el 52% de los casos de violencia doméstica y en todas las sentencias dictadas cuando la víctima era un menor. También se aplicaron otras agravantes como el abuso de superioridad, reincidencia, alevosía y ensañamiento. En cuanto a las atenuantes, el trastorno mental fue apreciado en apenas un 10% de los casos, lo que demuestra, según los expertos, la nula influencia de las disfunciones mentales en los crímenes de violencia de género. Sólo en 1 de las sentencias se apreció la atenuante por consumo de alcohol o drogas, mientras que en el resto de procedimientos en los que fue solicitada dicha atenuante por las defensas no quedó demostrado que la adicción o ingesta disminuyera o anulara la capacidad de discernimiento del acusado.
Las resoluciones analizadas arrojan también que en conexión con el crimen machista hubo otras 4 muertes, 2 de ellas hijos de la pareja de menores de edad. Según se recoge en las sentencias, 8 menores presenciaron el crimen de su madre. “Son muchos los estudios que demuestran que haber sido testigo o víctima directa de las agresiones tiene consecuencias devastadoras para la salud psicológica de los menores”, advierten los expertos.
El estudio destaca la “ausencia de impunidad” de los casos de violencia de género: de las 38 sentencias dictadas por feminicidio hubo condena en 37. De ellas, 30 fueron por asesinato y 7 por homicidio, lo que demuestra, según los expertos, la gravedad de los casos, ya que implica una mayor preparación de los mismos y en una mayor agresividad en su ejecución. La pena media privativa de libertad impuesta fue superior a 17 años. En las sentencias de violencia doméstica, en un 40% de los casos, los hechos fueron calificados como asesinato, con una pena media privativa de libertad ligeramente superior a 12 años. Cuando la víctima fue menor de edad, todos los casos fueron calificados como asesinato y la pena media impuesta fue de 20 años.
En este estudio se incluye por 1ª vez el análisis de 9 sentencias dictadas por homicidio y/o asesinato de una mujer a manos de un varón con el que no mantenía una relación de afectividad o parentesco, en los que el género de la víctima era lo que la hacía vulnerable. Entre estos casos se encuentran, por ejemplo, supuestos de agresiones sexuales, crímenes en el ámbito del ejercicio de la prostitución y homicidios o asesinatos ocurridos en situaciones de robo con violencia. La relación entre víctima y autor del crimen es muy variable, contemplándose casos de compañeros de trabajo, conocidos, vecinos, amigos, y otros supuestos en los que no pudo acreditarse la existencia de relación alguna.
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