miércoles, 4 de enero de 2017

Los presos por violencia de género ya son el tercer mayor grupo en las cárceles españolas.

A finales del pasado noviembre había 3.987 reclusos condenados por violencia de género en las prisiones españolas, por encima de los 3.803 castigados por homicidio.
Manifestación con motivo del Día Internacional por la Eliminación de la Violencia hacia las Mujeres. (EFE)
Los últimos cambios normativos dirigidos a la penalización de la violencia contra la mujer han provocado un notable "incremento de la población penitenciaria". Así se expresa Pilar Casado, subdirectora de Régimen Penitenciario en Almería, en un artículo escrito en el periódico 'Enfoque', editado por el sindicato Acaip. Según dicha funcionaria, estas modificaciones han aumentado el número de inquilinos de las cárceles "hasta el punto de que los internos condenados" por este tipo de conductas "constituyen el 3º grupo más importante en prisión".
Según datos de Instituciones Penitenciarias, a finales del pasado noviembre —último dato registrado—, había 3.987 reclusos condenados por violencia de género en las prisiones españolas, por encima de los 3.803 castigados por homicidio o alguna de sus formas. Estos datos sitúan a los encerrados por este tipo de delitos como los 3º presos más comunes, por detrás de los que se encuentran dentro de la cárcel por robo (u otros atentados contra el patrimonio y el orden socioeconómico) o por los relativos a la salud pública (drogas, etc.). Actualmente, hay 19.704 encarcelados por el 1º tipo penal y 10.818 por el 2º.
Casado asegura que se trata de cambios legislativos "necesarios" que pretenden atajar lo que ella misma denomina "el símbolo más brutal de la desigualdad". "Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas por sus agresores como carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión", señala la responsable de prisiones, que recuerda que la labor de la Secretaría de Instituciones Penitenciarias ya no se limita a la simple custodia de los reclusos, sino que se ha convertido en "garante de la seguridad de las víctimas de estos delitos violentos".
En concreto, la funcionaria se refiere a lo que dispone la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que obliga a las prisiones a comunicar las excarcelaciones de los agresores a la Policía y a los servicios sociales con el fin de que estos comuniquen la información a la víctima. Aunque también a los programas de reeducación y reinserción que deben llevar a cabo los especialistas en las prisiones, con el fin de detectar las "causas últimas" que motivaron esa violencia y "prevenir posibles agresiones futuras".
Este camino abierto por la reforma legislativa marca una tendencia que seguirá previsiblemente manteniéndose en los próximos años. El número de denuncias por violencia de género en los juzgados tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, que abordó el fenómeno por 1ª vez de modo integral, se incrementó de 400 en 2005 a las 546 de 2006 y las 1.176 de 2007. Esta mayor conciencia de la víctima provocó un aumento de los procesos judiciales y, por lo tanto, de las sentencias, tanto condenatorias como absolutorias, según revela el Observatorio de la Violencia de Género.
Las 1ªs pasaron de las 10.581 de 2006 a las 13.029 del año siguiente. Las 2ªs, de las 7.008 de 2006 a las 10.426 del ejercicio posterior. Tras experimentar un pico en 2010, las resoluciones judiciales volvieron a descender hasta 2015, año en el que los juzgados volvieron a dictar más sentencias: 14.528 condenatorias por las 13.877 del año anterior. Por el momento, en los 3 primeros trimestres de 2016 (últimos contabilizados y publicados por el Consejo General del Poder Judicial), el número de sentencias condenatorias se sitúa en las 10.892, lo que hace prever un resultado muy similar al de 2015 cuando terminen de computarse los datos del último trimestre.
Esta tendencia hace prever que el ritmo de internos que seguirán engrosando las cárceles continuará la misma tendencia que hasta el momento, por lo que los condenados por violencia de género continuarán siendo previsiblemente el tercer mayor grupo de reclusos de los centros penitenciarios españoles, a menos que los castigados por homicidio y sus formas experimenten un repunte, algo que en principio no apoya ningún tipo de tendencia.
El año ha comenzado en España con una víctima de la violencia machista. Una mujer española de 40 años falleció durante la madrugada del pasado domingo en el hospital Gregorio Marañón de Madrid tras ser apuñalada el sábado a las 22:00 en Rivas Vaciamadrid por la pareja con quien convivía, que fue inmediatamente detenida. Se trata de un varón colombiano de 20 años, que tenía una orden de alejamiento desde noviembre de 2016 a raíz de una denuncia por malos tratos presentada entonces por la mujer ahora fallecida.
Durante los últimos años, debido también al incremento de denuncias, ha habido un creciente número de órdenes de protección incoadas por los juzgados. Sin embargo, los juzgados se han tornado más estrictos a la hora de conceder las órdenes de protección solicitadas. En concreto, a finales de 2005 los tribunales adoptaban casi el 80% de las órdenes reclamadas por las víctimas. Hoy, ese porcentaje se sitúa en torno al 59% a la espera de que el Poder Judicial publique los datos relativos al último trimestre de 2016, que seguramente se situarán en torno a esa proporción.

El 'Boletín de información estadística' de noviembre de 2015 publicado por el CGPJ explicaba, sin embargo, que el hecho de que "no se haya acordado una orden de protección no significa necesariamente que la mujer se haya quedado desprotegida". "Hay un muy importante número de medidas que se aplican en casos de no adoptarse una orden de protección", justificaba el informe.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Hola, solo se podra responder a los comentarios o preguntas si nos indicas un email de contacto.