Deniegan
a la madre de una hija discapacitada el uso indefinido de la casa de su
exmarido.
La
mujer obtuvo la pensión alimentaria permanente por tener un hijo dependiente y
quiso alargar también el derecho a la vivienda.
- J.M.B.ABC - Valencia,
27/01/2017
El
Tribunal Supremo ha negado a una divorciada que se hace cargo de una
hija discapacitada el uso indefinido de la casa de su exmarido, según
consta en el 1º pronunciamiento del alto tribunal sobre el uso de la
vivienda que fue familiar en caso de una separación con estas características.
La
madre, que ya vivía con su hija mayor de edad pero dependiente en el domicilio
que es propiedad del padre, pidió el uso indefinido de la casa, al
igual que había obtenido la pensión de alimentos, sobre la base de que
los hijos mayores de edad dependientes son equiparables a los menores.
Cuando
uno de los progenitores se hace cargo de un menor tiene derecho a recibir una
pensión de alimentos hasta que llegue a la edad adulta, y del mismo modo, cuando
el hijo no puede valerse por sí mismo dicha pensión se debe mantener de
forma permanente, tal y como ha acordado el Supremo también en este caso.
Sin
embargo, la madre solicitó el uso indefinido de la casa tratando de convertir
ese derecho en permanente, igual que en el caso de las pensiones
alimenticias, pero tanto el juzgado de instancia como la A. P. de Valencia concluyeron que dicho derecho únicamente se debía
conceder por 3 años.
La
mujer siguió con su reclamación y presentó recurso de casación ante
el Supremo, que ahora ha sido rechazado.
Este
Tribunal no ve posible conceder el derecho de uso permanente de la vivienda
porque es propiedad del padre y acceder a esta petición "supondría
imponer al padre una limitación durante toda su vida que vaciaría de
contenido económico su derecho de propiedad".
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