Hacienda halla un filón al comprobar
deducciones por vivienda.
La Agencia Tributaria exige a titulares de hipotecas que demuestren que
tienen derecho a la ventaja fiscal en el IRPF.
Más de 5 millones de contribuyentes se aplican la rebaja por adquisición de una casa en la declaración de la renta.
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AGUSTÍ SALA, @agustisala, Viernes, 11 de Noviembre del 2016
Si le llega estos días una carta de Hacienda no se asuste. O quizás sí debería hacerlo.
La Agencia Tributaria está enviando liquidaciones y
requerimientos en los que exige a beneficiarios de la deducción del IRPF por vivienda habitual que demuestren
que cumplen los requisitos para beneficiarse de ella.
La reclamación corresponde al ejercicio del 2015, pero se
puede extender a los 4 años anteriores. Esta ventaja tributaria, que dejó de
poder aplicarse para adquisiciones realizadas después del 2013, es la que tiene un mayor nº de beneficiarios en el
impuesto de la renta, con más de 5 millones de contribuyentes, según
datos de las memorias de la administración tributaria. Aunque fuentes de
la Agencia Tributaria aseguran que no existe una campaña concreta, admiten que
la comprobación de esta deducción es habitual, ya que es la más extendida en el
IRPF.
"Diría que esto afecta a un 30% o 40% de las declaraciones
que hacemos", explica Merche Pérez, asesora fiscal de la Gestoría Menfis,
en Barcelona. Otros fiscalistas consultados también han detectado casos, aunque
un menor volumen, que provocan perder la deducción total o parcialmente.
"Desde el 2007 o el 2008 los bancos popularizaron la
modalidad de reunificación de deudas y la ampliación de créditos hipotecarios,
es decir, que destinaran parte del préstamo a otros fines como obras en la
casa o para comprarse un coche", explica Francesc Xavier Masdeu,
portavoz de la Associació Professional de Tècnics Tributaris de Catalunya i
Balears (APttCB). El fisco suele esperar 3 ó 4 años para ver la
magnitud que adquiere una práctica y luego indaga. "Es como cuando se
pesca. Si se echa una red en lugar de pescar con caña, siempre se pillan más
peces", afirma ilustrativamente un asesor.
RASTREAR COMPRAS ANTIGUAS
Después de que en el 2015 desapareciera la deducción para las
nuevas adquisiciones hechas antes del 2013, Hacienda comenzó a rastrear compras
más antiguas en busca de deducciones incorrectamente aplicadas tras una etapa
en la que los bancos ofrecían créditos, una parte de los cuales podían
dedicarse a otros menesteres, como hacer obras, comprarse un coche o hacer
viajes.
Y al llevar a cabo comprobaciones ha encontrado casos de estos,
en los que una parte de los costes que se beneficiaron de la deducción no se
destinaron realmente a comprar la vivienda habitual si no a otras cosas. El
problema es que por buscar estas irregularidades se ha alarmado a muchos
contribuyentes que actuaron de forma correcta, explican los asesores fiscales
consultados.
En caso de que el afectado no pueda demostrar que tenía
derecho a esta ventaja fiscal, deberá hacer una liquidación por la cantidad que
se ha deducido más una sanción que suele ser del 50%. Si muestra su
conformidad, puede aplicar una rebaja del 30% sobre la sanción. Las cantidades
medias en las que podrían reducirse las devoluciones o aumentar las cuotas a
pagar oscilan entre los 1.500 o 2.000 euros por ejercicio comprobado más
la sanción, afirman los expertos consultados.
ESCRITURAS Y GASTOS DE COMPRA
En las comunicaciones se exige un profuso listado de
documentación. En una de las cartas a las que ha tenido acceso este diario se
reclama "la escritura de adquisición de vivienda, o en su caso, contrato
privado de compraventa y justificantes de gastos de compra (notaría, registro
de la propiedad, IVA, impuesto de transmisiones patrimoniales...); escritura de
constitución del préstamo hipotecario o, en su caso, documento acreditativo de
préstamo personal. Y si el préstamo es subrogado o ampliado, también
escrituras de cancelación del préstamo anterior y de constitución del nuevo
préstamo, así como justificantes del capital pendiente de amortizar en el
momento de la cancelación; justificantes de los pagos realizados que hayan
sido objeto de deducción en el presente ejercicio.
Pero se exigen otros muchos comprobantes como un
"certificado histórico de empadronamiento además de cualquier otro
documento que permita acreditar que el inmueble en cuestión constituye la
vivienda habitual". También "documentación justificativa de las
cantidades deducidas" por vivienda habitual en caso de que lo hubiera hecho
con una anterior, así como "facturas de consumo eléctrico de la vivienda
de enero a diciembre del ejercicio comprobado" y "facturas de
consumos realizados en la vivienda por otro tipo de suministros de enero a
diciembre del mismo ejercicio".
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