lalunadealcala.com/ 08/11/2016
La cantidad que cada progenitor ha de pagar en concepto de pensión de alimentos se determina por su capacidad económica, aunque la razón última por la que se establece una cantidad es abastecer las necesidades del menor.
La pensión de alimentos es el pago que se establece en un caso de divorcio o separación a favor de un menor o varios con el objetivo de cubrir aquellos gastos indispensables que son indispensables para su sustento, vestido, habitación, educación y asistencia médica y hospitalaria.
Dicha pensión ha de abonarla el progenitor no custodio, puesto que tiene que contribuir al mantenimiento de los hijos a pesar de que éstos no convivan con el mismo.
La pensión de alimentos debe ser lo suficientemente amplia para mantener al menor económicamente en sus gastos diarios, su educación (incluyendo gastos extraescolares) y su asistencia médica cuando la Seguridad Social no la cubra.
Cómo se calcula la pensión de alimentos
Una de las dudas que siempre surgen en un divorcio o separación es la cantidad que uno de los progenitores tendrá que pagar en concepto de pensión alimenticia para los hijos. Y es algo que no tiene una respuesta sencilla, dado que a diferencia de lo que ocurre en las legislaciones de otros países, como puede ser la del Reino Unido, aquí no tenemos cantidades ni porcentajes fijos.
Si bien es cierto que existen tablas orientativas, su aplicación no es obligatoria, y al estar sometidas a diferentes variables tampoco sirven como cómputo para negociar el importe de la pensión.
Por tanto, ¿cómo se puede saber si la cantidad que pide el otro cónyuge como pensión es poca, apropiada o excesiva? El cálculo es (relativamente) sencillo.
En 1º lugar se debe sumar el salario neto de ambos progenitores. Al total obtenido se le aplica entonces una regla de 3 que determina los porcentajes de los gastos de los hijos que cada progenitor ha de pagar.
Lo siguiente es calcular los gastos de los hijos, en los que se incluyen el colegio, los libros, actividades extraescolares, material, alimentación, ropa, campamentos de verano, ropa y vivienda (aquí entra también el alquiler o hipoteca que paga el cónyuge que tiene la custodia).
De esta manera se obtiene el importe total de esos gastos, al que se le aplican los porcentajes resultantes que se han obtenido en la regla de 3 que se ha calculado anteriormente.
Con el importe total de los gastos de los hijos y el porcentaje que corresponde a cada progenitor, del salario neto del progenitor que no tiene la custodia se deben descontar:
- La cantidad que debe abonar de la hipoteca de la vivienda familiar en la que viven los hijos y el progenitor que tiene la custodia.
- El coste mensual de la nueva vivienda en la que reside.
- La pensión alimenticia que debe pagar.
- Con esto, obtenemos la cantidad líquida que le quedará.
Tras haber realizado los anteriores cálculos, si la situación económica entre los progenitores es muy dispar, entonces se “retoca” la pensión alimenticia establecida para “equilibrar” ambas partes.
En principio puede parecer un cálculo complejo, pero en realidad no lo es. Y la pensión alimenticia resultante puede permitir satisfacer los gastos de los hijos dejando al mismo tiempo a cada cónyuge en una situación económica equilibrada. Algo que, tras una ruptura familiar, no suele ser fácil (.....).
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