lunes, 24 de octubre de 2016

Una juez impone a una lactante un régimen de visitas compartido

C.Z., la mujer que ha de compartir tiempo de su hija lactante con el padre A.M.La menor pasará con su padre varias noches a la semana pese a tomar leche materna.
 Germán González, Barcelona,24/10/2016
La hija de C. Z. cumplirá 1 año en las próximas semanas y lo hará con un gran cambio en su vida. La menor toma una media de 4 veces al día leche del pecho de su madre, además de otros alimentos, ya que necesita ganar peso y no hay nada mejor para una buena nutrición como la lactancia materna, según recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS). 
Pero la alimentación de la lactante sufrirá una importante alteración a causa del régimen de visitas impuesto por el Juzgado de Primera Instancia de Mataró dentro de las medidas provisionales establecidas en la demanda de divorcio de sus padres. Pese a dictaminarse que la guarda y custodia de la niña corresponde a la madre, la magistrada indicó que la potestad es de los 2: varios días a la semana durante el periodo de guardería y durante las vacaciones, la menor debe dormir en casa de su padre, lo que impedirá que se alimente de leche materna como hasta ahora.
«Le dije a la juez que mi hija toma el pecho varias veces cada día y me respondió que en las farmacias venden unos aparatos para sacar la leche, que la congele y que se la dé al padre», señala C.Z. La mujer aportó también en el juzgado un informe ginecológico que determina, a todo esto, que apenas le sale leche si utiliza un aparato específico.
Fuentes judiciales aseguran que se trata de uno de los pocos casos en los que un juzgado determina un régimen de visitas del tipo convencional de custodia compartida con niños tan pequeños, ya que cuando los niños son lactantes quedan habitualmente a cargo de la madre para su crianza, y cuando tienen entre 3 y 4 años ya se establecen los días enteros que pueden pasar con el otro progenitor.
De hecho, la juez ya apunta en el auto las «enormes ventajas que, en abstracto, presenta la llamada custodia compartida frente a la exclusiva», por lo que el procedimiento principal podría acabar consolidando esta guardia de la niña entre los 2 padres.
La juez ha establecido un calendario de visitas para lo que queda de año y hasta más allá de 2017 y una demanda de divorcio puede tardar hasta 2 años en resolverse, según la acumulación del trabajo del juzgado.
La madre había pedido la custodia de la menor y que se establecieran 2 días de visitas para el padre, ya que la separación se produjo cuando la niña tenía poco más de 1 mes. El auto admite que la lactante «ha sido atendida fundamentalmente por su madre durante su corta vida, hasta el punto de que no ha pernoctado en el domicilio paterno desde que sus progenitores se separaron cuando la niña tan sólo tenía 1 mes de vida».
También señala que cuando se produjo la separación, la pequeña tomaba leche materna y ahora la combina con papillas y otros alimentos sólidos, pese a que la madre asegura que la lactancia es la base de su alimentación.
C.Z. no rechaza compartir la custodia de su hija con su ex marido, pero reclama que antes se haga una adaptación de la niña al padre, ya que «es un extraño para ella». «No ha cambiado ni un pañal, ni la ha bañado, ni se preocupó de las vacunas o del pediatra», destaca la demandante quien añadió que «no conoce sus hábitos». La madre también explica que las visitas que el progenitor ha hecho a la niña en los meses que llevan separados han durado poco tiempo y que incluso alguna ha sido violenta, ya que la ruptura tras unos 2 años de matrimonio fue traumática.
Por eso considera que además del tema de la lactancia materna, la juez debe valorar la falta de apego de la menor hacia el padre, que debe solucionarse con una aclimatación paulatina y no de la forma brusca que ha determinado.
Al ser unas medidas provisionales hasta la sentencia de divorcio no pueden ser recurridas por ninguna parte. Por eso, los abogados de C.Z. han presentado un escrito en el que piden un complemento a la resolución judicial y que se permita a la madre poder acudir al domicilio del padre para amamantar a la pequeña como mínimo en 2 ocasiones, por la mañana y por noche, durante los días que no esté con ella, o que se posponga el régimen establecido hasta que la niña deje la lactancia materna o hasta que cumpla 2 años.
En su escrito, los letrados de la demandante recuerdan las diversas declaraciones de organismos mundiales, como la OMS o Unicef, a favor de la leche materna, a las que España se ha sumado. «Y sin embargo, mientras nuestro Estado suscribe un acuerdo de principios, la juzgadora de instancia sorprende con un auto, en el que sin duda, a partir de 2017 imposibilita la lactancia materna de la menor», detalla el escrito. "Por encima de las opiniones y creencias abstractas deben prevalecer los criterios médicos», advierte el escrito. Los letrados insisten en los informes pediátricos y ginecológicos que remarcan la necesidad de que la menor siga tomando leche materna por las dificultades que tiene para ganar peso y alegan que no es posible la extracción de leche por métodos mecánicos de la madre, lo que le podía comportar, según su médico, "una anulación total o parcial de la lactación o un proceso de mastitis aguda».
En este sentido, tras el 1º fin de semana que la menor pasó con su progenitor, la madre tuvo que acudir de urgencias por un inicio de mastitis, según explicaron fuentes próximas a la familia a este diario.
La magistrada también estableció que el padre pague una pensión alimenticia mensual de 800 euros a la menor. El progenitor explicó que ganaba unos 650 euros mensuales pero la juez indicó «hay indicios para presuponer que gana más de lo afirma, no sólo por el alto nivel de vida que disfrutaba la pareja durante su convivencia» sino porque el padre lleva 15 años «trabajando para la empresa familiar».

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