La Ley del Impuesto sobre la Renta establece dos preceptos para que se considera a una persona contribuyente español.
nuevatribuna.es
,Carlos Cruzado Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA), 23 de Octubre de 2016
Igualmente, puede suceder a la inversa, que las condiciones por las que residen en España personas extranjeras no sean suficientes para tener que contribuir con la hacienda española. Teniendo en cuenta la controversia que causa esto es momento de aclarar bajo qué premisas se considera a una persona contribuyente español. Según establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, se entiende que un contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se de alguna de las siguientes premisas.
En 1º lugar, el ciudadano debe permanecer más de 183 días durante el año natural en España. También se considera contribuyente cuando radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades económicas, aunque su residencia habitual esté fuera. Es decir, para que una persona pase por la caja del fisco español deben darse alguna de estas 2 condiciones, no necesariamente las 2 juntas. Con 1ª, vale para que haya que hacer la declaración de la renta.
Así pues, con la ley en la mano, se explica que en muchas ocasiones personas que residen aquí menos de esos 183 días tengan que tributar en España igualmente por ese 2º supuesto, pues tienen ubicada en nuestro país su principal fuente de ingresos. Por eso muchas celebridades y empresarios se ven bajo la lupa de Hacienda cuando fijan, o dicen fijar, su residencia fuera de España. De este modo, quienes trasladan su domicilio al extranjero deberían tener muy claros estos 2 preceptos a la hora de hacer la declaración de la renta para evitar sorpresas desagradables cuando llega el momento de ajustar cuentas con Hacienda.
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