Los jueces dejan a los 'nini' sin pensión de alimentos
EFE
Padres de jóvenes mayores de edad solicitan a los jueces que les retiren a sus hijos la pensión de alimentos impuesta tras un divorcio. A partir de los 18 no es obligatorio mantener a un hijo, a menos que esté justificado.
Durante este año las audiencias de Girona, Soria o Pontevedra han fallado a favor de los progenitores porque sus hijos ni trabajan ni estudian, en lo que el Supremo ha llamado "parasitismo social".
Las consecuencias de la extinción de la pensión suele pesar sobre el progenitor con el que conviven, generalmente la madre, que tiene que asumir todos los gastos
Padres de jóvenes mayores de edad solicitan a los jueces que les retiren a sus hijos la pensión de alimentos impuesta tras un divorcio. A partir de los 18 no es obligatorio mantener a un hijo, a menos que esté justificado.
Durante este año las audiencias de Girona, Soria o Pontevedra han fallado a favor de los progenitores porque sus hijos ni trabajan ni estudian, en lo que el Supremo ha llamado "parasitismo social".
Las consecuencias de la extinción de la pensión suele pesar sobre el progenitor con el que conviven, generalmente la madre, que tiene que asumir todos los gastos
Laura Galaup/21/07/2016
Los 'nini' siguen estando muy presentes en nuestro país. Según la OCDE
el 12,9% de los jóvenes españoles ni trabajan, ni estudian. El fenómeno
surgió antes de la crisis y el paro, y se refería a jóvenes que no
hacían nada por pura desidia. El Tribunal Supremo ha llegado a calificar
su actuación como "parasitismo social" y las audiencias provinciales
les están dejando sin el único ingreso en metálico que reciben, la
pensión alimenticia.
"La falta de mínima aplicación a
los estudios no permite sostener sine die el deber alimenticio de un
hijo ya mayor de edad que, cual si aspirara a mantenerse en un status de
estudiante, se estanca en niveles académicos correspondientes a edades
muy inferiores", explican los jueces de la A.P. de Pontevedra en
una sentencia en la que extinguen la pensión a un joven de 19 años que
llevaba 5 sin hacer nada.
En Soria los magistrados también fueron contundentes.
"No ha desempeñado la diligencia necesaria para acceder a un puesto de
trabajo, dado que el último currículum entregado fue en verano, no
figura inscrito como demandante de empleo", apuntan en una decisión
judicial emitida en abril. Así revocaban la pensión a un joven. Otro
joven de Girona se quedó en junio sin pensión por "desidia" en los
estudios y trabajar solo para pagarse sus "caprichos".
En todos estos casos ha sido posible dejar a estos jóvenes sin
prestación porque son hijos de padres divorciados y sus progenitores
solicitaron a los tribunales la retirada de la pensión. "En cuanto se
demuestra que el hijo no tiene intención ni de trabajar ni de formarse,
la pierde", añade Javier Fuentes, letrado experto en Derecho Civil y de Familia. Los
abogados aclaran que la extinción de la pensión no supone que estos
jóvenes se queden desamparados, pero generalmente el progenitor con el
que conviven asume los gastos de su día a día en el domicilio.
Una decisión que afecta en la mayor parte de los casos a las madres, ya
que como recuerda Mª Dolores Lozano, presidenta de la asociación de abogados de familia
(AEAFA), "hace 20 años se le concedía la custodia a ellas". Por lo
tanto, son ellas las que tienen que decidir qué hacer tras una decisión
judicial que no sea favorable a su hijo. En Vigo, una madre con una
situación económica precaria tuvo que escoger, según declaró su abogada
de oficio a La Voz de Galicia,
entre "quedarse en la calle" o pagar los estudios de su vástago. Su
defensa aseguraba que en este caso el joven sí que quería formarse.
Los letrados afirman que el nº de casos que llegan hasta la sala de
vistas es muy reducido. "Antes de llegar a ese punto los padres les han
dado varios toques de atención. Lo que hay que tener claro es que la
madre no tiene obligación de mantener a un hijo que roza la treintena y
que no quiere trabajar. Ni tiene obligación una, ni tiene obligación
otro", apunta Julia Clavero especializada en Derecho de Familia y Penal.
¿Es posible aplicar esta doctrina a los 'nini' hijos de padres casados?
El procedimiento en este caso es más complejo, según apunta Lozano:
"Los progenitores tienen el derecho a expulsar al joven del hogar
familiar. Si el hijo necesita una pensión para poder vivir el juez
determinará de qué importe. Es una situación extrema para los padres.
Aunque hay casos en los que es más fácil asumir una prestación de 200
euros que tener al niño en casa".
Los letrados
consultados por esta redacción aseguran que la decisión de revocar la
pensión se lleva tomando desde la década de los 90 y que conforme han
pasado los años "la jurisprudencia se ha modernizado". "Ha evolucionado,
hace una década era más conservadora. Los tribunales van corrigiendo la
excesiva protección a los jóvenes dependientes y mayores de edad",
indica la presidenta de AEAFA.
Pensión dictada por el Código Civil
La pensión de alimentos se rige por el Código Civil.
Mientras los hijos sean menores edad, se deberá abonar sin concesiones.
Sin embargo, una vez que han cumplido los 18 años los padres pueden
aferrarse a su retirada ya que según la normativa solo se mantendrá
"cuando no hayan terminado su formación por causa que no le sea
imputable".
"La obligación de prestar alimentos a los
mayores de edad está supeditada a la necesidad del hijo, en caso de que
éste se encuentre en una situación similar a la del hijo menor de edad,
es decir, bien esté estudiando, bien buscando activamente empleo, o
bien realizando sus primeros trabajos, cuya precariedad dificulta aún su
independencia económica", finaliza Fuentes.
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