La sentencia desestima el recurso presentado por la madre de los menores, que impugnó esa asignación por considerarla inadecuada.
Según expuso en el recurso, el juzgado no había tenido en cuenta el cuadro con sintomatología depresiva que, aseguraba ella, sufría el padre, además de que había sido ella la que se había ocupado de los hijos desde que se produjo la ruptura matrimonial.
El fiscal se opuso a la estimación del recurso y se mostró conforme con la guarda y custodia compartida a tenor del contenido de un informe psicosocial incorporado a las actuaciones y de lo manifestado en el juicio por un perito, que aseguró que ambos progenitores eran válidos para el cuidado de los hijos.
La Audiencia coincide plenamente con la sentencia apelada, que tomó aquella decisión teniendo en cuenta también que los menores manifestaron su deseo de vivir con ambos progenitores.
Nota: ¿Dependera la Guarda y Custodia de la opinión de los menores? ¿Y los efectos económicos del divorcio tambien?
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