..... fijada a favor de un
incapacitado mayor de edad al recibir una pensión pública
iustel.com/ 23/11/2015
Se revoca la sentencia recurrida en el sentido de dejar sin efecto la
pensión de alimentos fijada a favor del hijo incapacitado, mayor de edad, y a
cargo del apelante.
Declara la Sala que es de aplicación analógica al presente
caso el art. 152.3 del CC, pues el incapacitado recibe una prestación pública,
por lo que goza de medios propios de fortuna en tal modo que no precisa la
aportación de sustento económico por sus progenitores, teniendo en cuenta,
además, que, junto a la precariedad pecuniaria de los padres, se une que la
pensión pública que recibe el hijo supera el importe de la pensión de alimentos
fijada inicialmente a cargo del apelante.
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