V|Lex/ 17 Julio 2015
Derecho a percibir la pensión de viudedad en los
casos de separación o divorcio cuando exista pensión compensatoria ex
del art. 97 CC, y quede extinguida por causa de muerte del causante.
Limitación de la cuantía de la pensión de viudedad en virtud del
art. 174.2 LGSS. La limitación de la cuantía debe estarse en la
cuantía fijada en la ST de separación o divorcio, y no al importe que de
hecho venía percibiendo el acreedor de la pensión.
Se estima recurso de
casación para la unificación de doctrina. La Sentencia en la web
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