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La custodia compartida de los hijos pretende dejar de ser una excepción para pasar a ser una opción más de los padres con la nueva ley de corresponsabilidad parental.
La custodia compartida es, como su nombre indica, el régimen por el cual los padres comparten la guarda y custodia de los hijos.
Custodia compartida que en nuestro país pasará a ser una opción más, en
lugar de una excepción, con su regulación con la nueva Ley sobre el
Ejercicio de la Corresponsabilidad Parental, y que prima el derecho de ambos padres a mantener un equilibrado y continuo contacto con los niños, contribuyendo conjuntamente a su educación y cuidado.
Ley que permitirá dar un salto adelante, y que ha venido siendo una
demanda de muchos padres al considerar que la custodia exclusiva limita
los derechos de uno de los progenitores. En nuestro país, salvo en
algunas comunidades autónomas (Aragón, Navarra, Comunidad Valenciana o
Cataluña que han aprobado diferentes leyes en los últimos años), la
custodia compartida hasta ahora se concede cuando ambos padres están de
acuerdo. La custodia compartida de los hijos pretende dejar de ser una excepción para pasar a ser una opción más de los padres con la nueva ley de corresponsabilidad parental.
Pero, ¿cuáles son las reglas de la custodia compartida? Vamos a ver, más detenidamente, algunos de los aspectos básicos a tener en cuenta.
1.- Establecer un calendario equilibrado. Siendo la custodia compartida, es importante que los padres estén de acuerdo en el calendario que determinará el tiempo de permanencia de los niños tanto con el padre como con la madre. Es importante que los hijos puedan pasar con cada figura parental un tiempo relativamente largo, lo que posibilita a ambos progenitores vivir el día a día.
Por esta razón se acostumbra a optar por los llamados fines de semana alternos, cuya duración varía en función de los acuerdos alcanzados.
En general, se trata de un fin de semana largo, por ejemplo, de viernes a lunes por la mañana, donde los niños pasan los fines de semana con uno de los padres y los otros 2 días entre semana.
2.- El acuerdo de consenso debe ser presentado ante el juez. El acuerdo consensual puede ser establecido por los padres sin la intervención de los abogados, mediante la presentación de una acción ante los tribunales o mediante la presentación de una declaración de acuerdo.
3.- Cuando la custodia compartida no es posible. La custodia compartida no siempre es posible. Por ejemplo, si uno de los padres manipula psicológicamente al niño generando odio o rencor hacia el otro progenitor o si ejerce violencia física o psicológica contra ellos.
4.- Cuando hay un conflicto entre los padres, es importante que éstos resuelvan sus diferencia, o al menos traten de plantear su relación en términos de cordialidad y respeto, ya que su comportamiento influirá de manera determinante en la educación y desarrollo de los niños. Lo 1º de todo es pensar en el bien de los niños, sobr etodo si se encuentran en una edad temprana. En ocasiones, aunque ambos padres tengan una buena relación tras la separación, no es posible la custodia compartida, por ejemplo en el caso de que los padres residan en lugares con distancias importantes.
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