Magdalena Iglesias (Abogada Mediadora), 18.02.2015/B GLAM Magazine /SOCIEDAD
La mediación familiar: Una gran ayuda para las parejas que buscan lo mejor para sus hijos tras una ruptura familiar.
El proceso facilita el diálogo entre los padres y alivia las tensiones de la situación.
Según el INE, en 2012, en España, se produjeron un total de 110.764
rupturas matrimoniales. De ellas, el 14,6% (8.598) se otorgó la custodia
compartida. En la mayoría de los casos, 44.209 -cifra que representa el
75,1% de los supuestos-, es la mujer la que se queda con la custodia
los hijos. El mayor nº de rupturas -el 84,3% del total-, se
produjeron en la franja de edad de 40-49 años. Y en cerca de 50.000
familias el dramático desenlace se agrava con la existencia de hijos de
las parejas, que empiezan a caminar por una zigzagueante senda de idas y
recogidas de casa de la madre a la del padre y viceversa y un sinfín de
laberintos más.
En España, el Código Civil establece la regulación de la custodia de los menores. Esta puede ser establecida de mutuo acuerdo por los padres o por dictamen del juez en sustitución de los padres que no han llegado a un acuerdo.
Para determinar una custodia compartida es necesario que esta esté amparada por las pruebas con las que el juez cuente que determinen qué es lo más conveniente para los menores. El problema en este asunto es la dificultad que los jueces tienen en los conflictos de familia al darse la inexistencia de pruebas o la existencia de pruebas parciales e interesadas.
El mayor número de rupturas se produce en la franja de edad 40-49 años.
En cualquier otro procedimiento civil, penal o laboral, la falta de pruebas o la existencia de estas interesadas, pero no convincentes, se resuelve con una sentencia desestimatoria. Sin embargo, en los conflictos de pareja, el juez no puede ampararse en una desestimación o estimación de demanda, ya que tiene la obligación de regular la vida de terceros.
El tener que decidir sobre la vida de otros y su capacidad de relación es una labor compleja, que en la mayoría de los casos, se solventa con decisiones genéricas, válidas para todos, como si se tratase de aplicar una plantilla.
Pero establecer por norma que la custodia sea compartida de inicio es simplemente cambiar la plantilla. Por eso, siendo lo adecuado y conveniente que los propios padres resolviesen el conflicto, se responsabilizaran de las consecuencias y llegaran a decidir sobre lo mejor para sus hijos, un recurso extraordinario es recurrir al desconocido proceso de Mediación Familiar.
La mediación contribuye a evitar fricciones en la pareja por el cuidado de los hijos.
La mediación familiar permite a la pareja, cuya relación ha finalizado, llegar a acuerdos para gestionar los días siguientes a ese cese de convivencia con la ayuda de un mediador.
El mediador facilita que los padres que expresen sus inquietudes, sus frustraciones y muestren sus posiciones para poder continuar con la labor de cuidar de sus hijos, sin que su enfrentamiento personal, afecte a esa obligación.
El mediador interviene fomentando la comunicación sin proponer acuerdos, y escucha y analiza cuáles son los verdaderos intereses de cada uno, para extraer de ahí las necesidades que de los padres.
El proceso de mediación tiene como refugio la confidencialidad. Esto permite, que los padres que intervienen en el mismo, puedan expresar con libertad todo lo que consideren necesario, teniendo la seguridad de que no va a ser utilizado en su contra.
Aún no consiguiendo llegar a acuerdos, el proceso de mediación contribuye a mejorar la relación entre los padres.
En España, el Código Civil establece la regulación de la custodia de los menores. Esta puede ser establecida de mutuo acuerdo por los padres o por dictamen del juez en sustitución de los padres que no han llegado a un acuerdo.
Para determinar una custodia compartida es necesario que esta esté amparada por las pruebas con las que el juez cuente que determinen qué es lo más conveniente para los menores. El problema en este asunto es la dificultad que los jueces tienen en los conflictos de familia al darse la inexistencia de pruebas o la existencia de pruebas parciales e interesadas.
El mayor número de rupturas se produce en la franja de edad 40-49 años.
En cualquier otro procedimiento civil, penal o laboral, la falta de pruebas o la existencia de estas interesadas, pero no convincentes, se resuelve con una sentencia desestimatoria. Sin embargo, en los conflictos de pareja, el juez no puede ampararse en una desestimación o estimación de demanda, ya que tiene la obligación de regular la vida de terceros.
El tener que decidir sobre la vida de otros y su capacidad de relación es una labor compleja, que en la mayoría de los casos, se solventa con decisiones genéricas, válidas para todos, como si se tratase de aplicar una plantilla.
Pero establecer por norma que la custodia sea compartida de inicio es simplemente cambiar la plantilla. Por eso, siendo lo adecuado y conveniente que los propios padres resolviesen el conflicto, se responsabilizaran de las consecuencias y llegaran a decidir sobre lo mejor para sus hijos, un recurso extraordinario es recurrir al desconocido proceso de Mediación Familiar.
La mediación contribuye a evitar fricciones en la pareja por el cuidado de los hijos.
La mediación familiar permite a la pareja, cuya relación ha finalizado, llegar a acuerdos para gestionar los días siguientes a ese cese de convivencia con la ayuda de un mediador.
El mediador facilita que los padres que expresen sus inquietudes, sus frustraciones y muestren sus posiciones para poder continuar con la labor de cuidar de sus hijos, sin que su enfrentamiento personal, afecte a esa obligación.
El mediador interviene fomentando la comunicación sin proponer acuerdos, y escucha y analiza cuáles son los verdaderos intereses de cada uno, para extraer de ahí las necesidades que de los padres.
El proceso de mediación tiene como refugio la confidencialidad. Esto permite, que los padres que intervienen en el mismo, puedan expresar con libertad todo lo que consideren necesario, teniendo la seguridad de que no va a ser utilizado en su contra.
Aún no consiguiendo llegar a acuerdos, el proceso de mediación contribuye a mejorar la relación entre los padres.
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