La gran novedad de la reforma del 2005 consistió en dotar
de regulación legal expresa a esta figura, aunque fuese una regulación parcial, muy restrictiva y podríamos decir que
escasa e insuficiente.
En definitiva, se desconfiaba y se distanciaba
la Ley de la realidad social existente en aquel entonces.
Poco
después de la entrada en vigor de la Ley Aragonesa
sobre Custodia Compartida, Cataluña aprobó la
ley 25/2010 de 29 de Julio, por la que se modifica el libro II del
Código Civil relativo a la persona y a la familia, la cual entraría en vigor el
1 de Enero de 2011.
En
el Código Civil de Cataluña que derogó el anterior Código de Familia, no aparece la denominación de guarda y custodia compartida
sino solo custodia y el término guarda casi desaparece
El Documento completo aquí
2ª Intento fallido, tras lo de Aragón. El 3º intento fallido ha sido la Comunidad Valenciana y el Ultimo intento fallido, con apoyo de un sector de los propios afectados, es el "Proyecto Gallardón" sobre Responsabilidad Parental.Más información sobre el proyecto AQUI
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