miércoles, 2 de julio de 2014

Archivada la denuncia contra una jueza por demoras en un divorcio

El Tribunal Supremo rechazó la demanda presentada por una pontevedresa.

El Tribunal Supremo, como anteriormente había hecho el Consejo General del Poder Judicial, acaba de desestimar la denuncia interpuesta por una pontevedresa contra una magistrada capitalina por supuestas demoras en el proceso judicial de divorcio. En concreto, se aludía a los 4 meses que transcurrieron desde que se solicitó una aclaración de sentencia hasta que esta demanda fue respondida, «circunstancia que le impedía conocer los criterios en materia de visitas y régimen de vacaciones de su hijo (...), así como la forma de recogida del ajuar doméstico».
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La pontevedresa, asimismo, hizo referencia a los 2 años que transcurrieron desde que se planteó la demanda de divorcio hasta que se obtuvo sentencia. Frente a tales planteamientos, se recuerda que cualquier demanda sobre un posible anormal funcionamiento de la Justicia debería, inicialmente, haberse planteado ante el ministerio y no ante el CGPJ.
En cualquier caso, esta queja motivó una inspección que concluyó refrendando a la jueza. Asimismo, precisó que «la responsabilidad de la dilación denunciada, creemos que corresponde a la funcionaria en funciones de gestión, que no tramitó ni dio cuenta al Juez de la presentación de los escritos para proveerlos». A este respecto, el Supremo es claro: el Poder Judicial «carece de toda competencia en materia disciplinaria cuando los hechos que pudieren ser constitutivos de tal responsabilidad no aparecen atribuidos a jueces o magistrados».???????????
Costas procesales
A la hora de desestimar la demanda, los magistrados del Tribunal Supremo imponen las costas judiciales a la demandante. No obstante, y dado que esta es beneficiaria de la Justicia gratuita, aclara que «quedará obligada a pagar las causadas en su defensa y las de la parte contraria -las cuales no podrán superar los 3 mil euros-, si dentro de los 3 años siguientes a la terminación del proceso viniere a mejor fortuna».

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