Será
necesaria la presencia física de la persona que solicite el pasaporte y
presentación del DNI, la solicitud, una fotografía y el pago de la tasa.
ECO® EFE. 06.06.2014 –
El
Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto que establece la
obligatoriedad del consentimiento de los dos progenitores a la hora de expedir
un pasaporte para un menor de edad, para evitar posibles problemas de
sustracción de menores. Hasta ahora sólo era necesario el permiso de uno de los
padres.
Según el Gobierno, la reforma clarifica el régimen de expedición
del pasaporte en el caso de los menores e incorpora mejoras técnicas como un
chip en el que consten los datos biométricos y unas características técnicas
que permitirán su lectura mecánica. Entre las principales novedades, el texto
establece que para expedir un pasaporte a un menor será necesario el
consentimiento expreso de los 2 progenitores, si ambos tienen atribuida la
patria potestad, para evitar posibles problemas de sustracción de menores.
Los
cambios introducidos afectan también a la documentación requerida para la
obtención del pasaporte, que se equipara a los documentos que se exigen para
obtener el DNI. Así, será necesaria la presencia física de la persona que
solicite el pasaporte y presentación del DNI, la solicitud, una fotografía y el
resguardo acreditativo del pago de la tasa. Por otra parte, la nueva regulación
introduce un chip en el que consten los datos biométricos como datos de
filiación, fotografía digitalizada e impresiones dactilares, así como los
caracteres técnicos que permitirán su lectura mecánica. Entre las excepciones
al derecho a obtener el pasaporte, el real decreto incluye aquellos supuestos
en que el juez o el tribunal haya prohibido la salida de España o la expedición
del pasaporte al menor o la persona incapacitada judicialmente.
Publicado en el BOE
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La corona y el cetro, las joyas que acompañarán a Felipe VI en su...
Los dos progenitores tendrán que autorizar el pasaporte para un menor de
edad
Control de pasaportes
Una mujer pasa junto a un cartel que indica el control de pasaportes
para ciudadanos europeos en el aeropuerto de Dusseldorf (Alemania).
(EFE)
Será necesaria la presencia física de la persona que solicite el
pasaporte y presentación del DNI, la solicitud, una fotografía y el pago
de la tasa.
La reforma clarifica el régimen de expedición del pasaporte en el
caso de los menores e incorpora mejoras técnicas como un chip con datos
biométricos.
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EFE. 06.06.2014 - 19:33h
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto que
establece la obligatoriedad del consentimiento de los dos progenitores a
la hora de expedir un pasaporte para un menor de edad, para evitar
posibles problemas de sustracción de menores. Hasta ahora sólo era
necesario el permiso de uno de los padres.
La reforma clarifica el régimen de expedición del pasaporte en el caso
de los menores Según el Gobierno, la reforma clarifica el régimen de
expedición del pasaporte en el caso de los menores e incorpora mejoras
técnicas como un chip en el que consten los datos biométricos y unas
características técnicas que permitirán su lectura mecánica. Entre las
principales novedades, el texto establece que para expedir un pasaporte a
un menor será necesario el consentimiento expreso de los dos
progenitores, si ambos tienen atribuida la patria potestad, para evitar
posibles problemas de sustracción de menores.
Los cambios introducidos afectan también a la documentación requerida
para la obtención del pasaporte, que se equipara a los documentos que se
exigen para obtener el DNI. Así, será necesaria la presencia física de
la persona que solicite el pasaporte y presentación del DNI, la
solicitud, una fotografía y el resguardo acreditativo del pago de la
tasa.
Por otra parte, la nueva regulación introduce un chip en el que consten
los datos biométricos como datos de filiación, fotografía digitalizada e
impresiones dactilares, así como los caracteres técnicos que permitirán
su lectura mecánica.
Entre las excepciones al derecho a obtener el pasaporte, el real decreto
incluye aquellos supuestos en que el juez o el tribunal haya prohibido
la salida de España o la expedición del pasaporte al menor o la persona
incapacitada judicialmente.
Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2160671/0/pasaporte-menores/padres/autorizacion/#xtor=AD-15&xts=467263
Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2160671/0/pasaporte-menores/padres/autorizacion/#xtor=AD-15&xts=467263
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