viernes, 18 de abril de 2014

Cómo funciona la deducción por el pago de la vivienda habitual del ex cónyuge

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Si estás pagando la hipoteca del domicilio de tu ex pareja has de saber que puedes desgravártela de tu declaración de la renta.
El individuo que costea la hipoteca de la residencia habitual de su ex conyuge puede desgravar ésta y la de su nueva casa. FOTO: © Photoshow | Dreamstime.co.

23/04/2010 por: Practicopedia
Cuando un matrimonio se rompe y hay una sentencia judicial que obliga a 1 de los 2 miembros de la pareja a seguir pagando la hipoteca de la antigua vivienda familiar, éste puede deducir esta cuantía de la base imponible de su declaración de la renta. En este practicograma te explicamos cómo se hace.

  1. 1 Una sentencia judicial que obliga a seguir el domicilio de la pareja.
    Cuando un matrimonio se rompe, generalmente uno de los dos miembros del mismo continúa viviendo en la hasta ahora residencia habitual de la pareja. Puede ocurrir que no sea capaz de hacer frente al pago de la hipoteca porque no cuente con ingresos suficientes, y cuando esto sucede, el juez suele dictaminar que el miembro económicamente más solvente costee la vivienda, a no ser que antes se llegue a un acuerdo amistoso entre las 2 partes que garantice lo mismo. En estas situaciones, el que paga el inmueble puede desgravarlo de su declaración de la renta. En el supuesto de que los 2 miembros de la pareja se hagan cargo de la hipoteca del antiguo domicilio familiar, cada uno podrá desgravar en su respectiva declaración la cantidad de dinero que destina a la misma.
  2. 2 Dos viviendas habituales, 2 deducciones complementarias.
    Si el miembro del matrimonio disuelto que está costeando el antiguo domicilio de la pareja está viviendo en una nueva residencia en propiedad, tendría derecho a una doble deducción. Por una parte la de la antigua vivienda habitual y otra por la de la nueva. No obstante, en estas situaciones no se puede desgravar el 100% de la nueva casa, sino sólo a partir de la cantidad que ya se dedujo del antiguo domicilio de residencia habitual. Para comprender esto bien resulta muy útil recurrir al siguiente ejemplo:
    La casa que se compró la pareja originalmente costó 300.000 euros y durante los 5 años que duró su matrimonio pudieron desgravarse un total de 25.000 euros (estas cifras no se corresponden con la realidad). Tras separarse, 1 de los 2 abandonó la residencia familiar y se compró una nueva vivienda que también costó 300.000 euros. Pues bien, de este nuevo inmueble no se podrán desgravar los primeros 25.000 euros, ya que ya se dedujeron del primero. La rebaja de la factura fiscal, por lo tanto, se recudirá a los 225.000 euros restantes.
  3. 3 ¿Qué ocurre si el domicilio del ex cónyuge se compró antes del 20 de enero de 2006?
    Si un individuo paga la hipoteca de la vivienda habitual de su ex pareja y ésta se adquirió antes del 20 de enero de 2006, podrá aplicar la compensación fiscal correspondiente.
  4. 4 ¿Qué ocurre si Hacienda se equivoca al confeccionar el borrador?
    Si recibes tu copia de la declaración de la renta y ves que hay un error en el cálculo de la deducción por el pago de la hipoteca de la vivienda habitual de tu ex cónyuge, puedes modificarlo a través de Internet o acudiendo en persona a la oficina de la Agencia Tributaria que te corresponda. Si la modificación que realizas es muy grande puede que Hacienda te pida que los justifiques, para lo que deberás presentar los documentos necesarios para acreditar la fecha de adquisición de la vivienda, la nulidad matrimonial y el pago de la hipoteca de la misma: escrituras, recibos bancarios, facturas, certificado de divorcio, etc.
  5. 5 ¿Vas a hacer la declaración de la renta por tu cuenta?
    Si tienes pensado hacer tu propia declaración con el programa PADRE has de ir al anexo A(I) para realizar la deducción correspondiente al pago de la hipoteca de la residencia habitual de tu ex cónyuge pinchando en el desplegable de la casilla ‘A’ y haciendo constar, entre otros datos, la fecha de adquisición del inmueble, la cantidad destinada al mismo o si se adquirió antes del 26 de enero de 2006 (en tal caso se tendría derecho a la compensación fiscal). Fíjate que en la ventana en la que introduces esta información hay dos columnas, una de ellas es para desgravar la vivienda de tu ex pareja, la otra para realizar la deducción de la tuya propia.
  6. 6 ¿Necesitas más información?
    Si necesitas saber más acerca de la desgravación correspondiente al pago de la hipoteca de tu ex cónyuge puedes contactar con el personal de la Agencia Tributaria llamando al 901 33 55 33 o leer el ‘Manual Práctico de la Renta 2009’ que encontrarás en su página web. También puedes consultar los practicogramas que encontrarás en nuestra sección de declaración de la renta.

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