El padre de la menor, que vive en Tenerife, logra la tutela porque, al estar en paro, tiene "más disponibilidad horaria" para cuidarla
EUROPA PRESS / Santa Cruz de Tenerife /21.03.2014-
La resolución, hecha pública este viernes, sostiene que "no está acreditado" que el cambio de domicilio haya sido "positivo" para la menor, de 4 años, pese a que su padre está en paro y la madre cobra un salario anual de 25.000 euros brutos.
Además, la jueza incide en que Catalunya tiene unas "características especiales de integración", ya que aparte de sus costumbres propias, se añade la "dificultad" del catalán, "que de todos es conocido, es lengua empleada por gran parte de la sociedad catalana así como por los colegios".
El "escollo" del idioma.
De hecho, la sentencia no descarta que el idioma sea un "escollo" en su evolución, a lo que añade la falta de lazos familiares en la ciudad, a excepción de su abuela materna, a diferencia de lo que sucede en Tenerife, donde vive su padre.
Asimismo, reconoce que aunque la madre tenga empleo, tiene más dificultades para conciliar la atención a la hija que el padre, que actualmente está en situación de desempleo y, por tanto tiene "más disponibilidad horaria" para cuidar de la niña.
Por ello, además, de recibir la custodia, la madre deberá pasar una pensión mensual de 200 euros al padre, que cobra algo menos de 800 euros en concepto de desempleo.
Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación en un plazo máximo de 20 días
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