domingo, 26 de enero de 2014

1981: Primeras demandas de divorcio


 la vanguardia.10.08.2011
El  22 de junio de 1981, el Congreso de los Diputados aprobaba definitivamente la controvertida ley de divorcio. En votación secreta, impuesta por el PSOE y otros grupos minoritarios, la mayoría de la cámara rechazaba la enmienda de la UCD introducida en el Senado de la llamada cláusula de dureza. Este artículo estipulaba que el juez podía denegar en determinados casos el divorcio, si consideraba que se ejercía un grave perjuicio a alguno de los implicados.
El rechazo de la enmienda del Senado fue posible por la indisciplina de voto en la coalición centrista.  Alrededor de 30 diputados, la mayoría del sector socialdemócrata, liderado por Francisco Fernández Ordóñez -padre del proyecto- votaron contra la directiva de su grupo, y permitieron la aprobación de una ley de divorcio acorde con las legislaciones de la mayoría de países europeos. Fue la cúspide de la división de la UCD a lo largo de la legislatura 1979-1982. Las diferencias entre las  familias centristas, especialmente entre democristianos y socialdemócratas fueron constantes en muchas materias, pero la legislación sobre la disolución del matrimonio era una pieza angular para la Conferencia Episcopal española y los conservadores, que la veían como un atentado contra la familia.
Pocos meses después, en diciembre de 1981, el papa Juan Pablo II publicaba el documento Familiaris Consortio, en el que reafirmaba la postura tradicional de la Iglesia sobre las principales cuestiones relativas al matrimonio y a la familia. 
En el documento se advertía a los católicos divorciados y vueltos a casar que no se les daría la comunión y se condenaban las uniones libres.
La primera ley de divorcio en España fue aprobada por las Cortes republicanas, con 260 votos a favor y 23 en contra, el 25 de febrero de 1932. Su utilización fue escasa, tanto por los pocos años que estuvo en vigor como por el conservadurismo de una gran parte de la sociedad española, entonces mayoritariamente agraria.
En 1977, cuando se celebraron las 1ª elecciones democráticas, España había cambiado radicalmente y el divorcio era apoyado abrumadoramente por los españoles, según todas las encuestas. Aunque existía, y existe todavía hoy, una importante minoría  que rechaza radicalmente el divorcio. El retraso en su legalización, tras la elaboración de la Constitución de 1978, obedeció a los equilibrios políticos de la transición –especialmente en el seno del partido gobernante: la UCD- y las fuertes presiones de la Iglesia católica.
En la mañana del lunes 10 de agosto de 1981, a las pocas horas de entrar en vigor la ley de divorcio, se presentaron en los juzgados de Barcelona las primeras 29 demandas de divorcio. En el resto de Catalunya 3 más. De estas demandas y las que se fueron registrando en los sucesivos días –primero, 2 o 3 al día; tras unos meses, 10 o 12 diarias- se ocuparon a partir del 1 de septiembre los Juzgados de Familia. 
En  Barcelona se crearon 4, pero ante la falta de espacio material en dependencias de la Audiencia de Justicia, los nuevos juzgados especializados funcionaron provisionalmente en 2 plantas del Col·legi d’Advocats.
En el resto de España, las demandas presentadas fueron mínimas. En Madrid sólo se presentaron 2 y en Bilbao, Sevilla, Valladolid y Valencia ninguna. El hecho de que la ley entrara en vigor en el mes de agosto -que era el mes de vacaciones judiciales-, a los 20 días de su publicación en el BOE del 20 de julio, explica el escaso nº de demandas en el 1º día de vigor de la ley.
En Barcelona a principios de septiembre los Juzgados de Familia aún no estaban disponibles y, además, no habían llegado los psicólogos que habían de mediar en los conflictos matrimoniales; una medida anunciada por  Francisco Fernández Ordóñez para mitigar el rechazo de la ley, aunque sus funciones no estaban  recogidas en el precepto legal. Pese a las dificultades, las demandas de divorcio aumentaban, cerca de 1.400 en los 3 primeros meses, y la maquinaria judicial se ponía lentamente en marcha.
A mediados de octubre de 1981, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Lleida emitía el fallo del 1º divorcio. Rafael Hueso tenía 64 años, a punto de jubilarse, residía en las cercanías de Marsella y hacía 36 años que vivía separado de su ya ex esposa con la que se había casado en Lleida hacía 40 años.
Rafael respondía  a la tipología de un buen nº de las 1ª demandas de divorcio presentadas en España. Personas de edad, separadas desde hacía muchos años, que convivían con nuevas parejas con las que querían contraer matrimonio y regularizar su relación sentimental y patrimonial. Algunas de ellas llegarían tarde, pues fallecerían antes de que sus divorcios fueran reconocidos.

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