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domingo, 3 de noviembre de 2013
¿ Cuándo y por qué ? hacer capitulaciones matrimoniales
03.Noviembre.2013/Madrid
¿En qué consisten las capitulaciones matrimoniales?
¿Qué diferencias hay entre los regímenes jurídicos de separación de bienes y bienes gananciales?
¿Cuándo se pueden realizar capitulaciones o qué son los bienes privativos?
Este folleto da respuesta a estas y otras preguntas sobre el tema.
Las capitulaciones matrimoniales se pueden efectuar antes o después de contraer matrimonio, el único requisito es que los 2 cónyuges estén de acuerdo y que acudan a un notario que les asesore, redacte y autorice la escritura pública, que deberá inscribirse en el Registro Civil.
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