La Audiencia Provincial de Murcia ha rechazado la petición
hecha por un hombre que pretendía que le rebajaran la pensión por
alimentos que paga a su hija porque ésta no ha terminado la Enseñanza
Secundaria Obligatoria (ESO) y no ha tenido "un rendimiento y esfuerzo
óptimo".
Asimismo, según se recoge en la sentencia expuso en apoyo
de su pretensión que su situación económica había empeorado tanto que
incluso había entregado la vivienda en dación de pago al no poder
devolver el préstamo hipotecario.
El tribunal indica que en la sentencia de divorcio dictada
en 2004 por un Juzgado de Primera Instancia de Cartagena se fijó en 240
euros mensuales la cantidad que el apelante debía entregar en concepto
de alimentos a la hija.
En el recurso presentado después ante un Juzgado de Primera
Instancia solicitó que esa cantidad fuera rebajada a 180 euros
mensuales, tras señalar que no podía hacer frente a la cantidad
inicialmente fijada, que, con la actualización del IPC, había llegado a
la cantidad de 286 euros.
El Juzgado de Primera Instancia al que correspondió el
asunto desestimó su demanda, por lo que acudió entonces en apelación
ante la Audiencia Provincial, donde expuso las razones que le movían a
pedir la rebaja de la pensión.
El tribunal, en cuanto al mal rendimiento académico de la
hija alegado como justificación, señala que el mismo no puede ser tenido
en cuenta, al tratarse de una cuestión nueva que ha sido incorporada
aprovechando la presentación del recurso.
Y en cuanto a su alegación de que había ofrecido la
vivienda a una caja de ahorros en dación de pago por no poder hacer
frente a la hipoteca, el tribunal dice que tampoco puede ser tomada en
consideración.
Dice la sala que el documento aportado a la causa para
acreditar esa dación en pago parece tratarse de un documento "fabricado
ex profeso", ya que aparece fechado el mismo día en que se le notificó
la desestimación de su recurso por el Juzgado.
No obstante, la Audiencia sí ha accedido a volver a fijar en 240 euros la pensión que deberá abonar a partir de ahora.
Para ello ha tenido en cuenta que la actualización de la
pensión acordada en 2004 ha llegado a ser de 286 euros, cuando los
ingresos que percibe el demandante no han experimentado un incremento
similar
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