sábado, 20 de abril de 2013

Derechos y Obligaciones de las Parejas de Hecho en España



PAREJAS O UNIONES DE HECHO


La nueva ley de, matrimonios, no ha venido a derogar las disposiciones autonómicas en vigor respecto a las parejas de hecho.

Hasta la fecha de hoy (1-09-2007) hay 12 comunidades autónomas que han aprobado una ley sobre parejas de hecho que son las siguientes: ANDALUCÍA, ARAGÓN, ASTURIAS, BALEARES, CANARIAS, CANTABRIA, CATALUÑA, EXTREMADURA, MADRID, NAVARRA, PAÍS VASCO, VALENCIA.

Debe diferenciarse la pareja de hecho llamada convivencia mutua -que se recoge por algunas leyes existentes- (Cataluña, Ley de 28-12-98), pero que contemplan una unión estable con afectividad de tipo análoga con el matrimonio.


Se puede definir como una unión libre, pública y estable de 2 personas con independencia de su orientación sexual, siempre que guarden entre sí una relación de afectividad análoga con el matrimonio.

La pareja estable impide mantener otra relación similar con efectos jurídicos y es incompatible con cualquier matrimonio de los partícipes.

Documento completo aquí 

Más información al respecto aquí


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