PAREJAS
O UNIONES DE HECHO
La
nueva ley de, matrimonios, no ha venido a derogar las disposiciones autonómicas
en vigor respecto a las parejas de hecho.
Hasta
la fecha de hoy (1-09-2007) hay 12 comunidades autónomas que han aprobado una
ley sobre parejas de hecho que son las siguientes: ANDALUCÍA, ARAGÓN, ASTURIAS,
BALEARES, CANARIAS, CANTABRIA, CATALUÑA, EXTREMADURA, MADRID, NAVARRA, PAÍS
VASCO, VALENCIA.
Debe diferenciarse la pareja de hecho
llamada convivencia mutua -que se recoge por algunas leyes existentes-
(Cataluña, Ley de 28-12-98), pero que contemplan una unión estable con
afectividad de tipo análoga con el matrimonio.
Se
puede definir como una unión libre, pública y estable de 2 personas con
independencia de su orientación sexual, siempre que guarden entre sí una
relación de afectividad análoga con el matrimonio.
La
pareja estable impide mantener otra relación similar con efectos jurídicos y es
incompatible con cualquier matrimonio de los partícipes.
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