LT.com/15 de Febrero de 2013.
Mantiene los periodos de estancia de los menores con cada progenitor de la sentencia de instancia, pero atribuye consecuencias distintas en el uso de la vivienda familiar y la pensión de alimentos a los menores.
La sentencia Sección 5 de la Audiencia Provincial
de Murcia recogiendo la jurisprudencia más reciente sobre guarda y
custodia compartida señala que para que este régimen funcione
correctamente “debe ser algo que de hecho viniera funcionando
anteriormente a la crisis matrimonial” y explica que no se trata de una
implicación “necesariamente al 50%”, sino de que exista un alto grado de
compromiso con los menores en todas las actividades y decisiones
respecto a los mismos.
La sentencia aquí
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