sábado, 2 de febrero de 2013

Reconocimiento de prestación de viudedad a divorciada

 .....sin pensión compensatoria víctima de malos tratos

Se estima el recurso contra la sentencia que declaró no haber lugar a la pretensión de la actora de que le fuese otorgada una prestación de viudedad, por encontrarse divorciada del causante mediante sentencia sin fijación de pensión compensatoria. 
La actora alega que, al ser víctima de malos tratos por parte del fallecido, y en aplicación de la modificación introducida en el art. 174 LGSS por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, tenía derecho a la pensión con independencia de la falta de fijación de pensión compensatoria, pero el Tribunal “a quo” desatendió esta circunstancia por haberse tramitado la solicitud con anterioridad a la modificación citada.

Tras la presentación de recurso de casación contra esta decisión, el TS resuelve afirmando que la aplicación de la Disposición Transitoria XVIIIª de la Ley 26/2009, que permite aplicar la exención del requisito de la pensión compensatoria a supuestos de separación o divorcio anteriores al 1 de enero de 2008, exige que se den algunas condiciones, pero termina diciendo que será también de aplicación a los hechos causantes producidos entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, e igualmente les será de aplicación lo dispuesto en el art. 174.2 LGSS, con lo que se adelanta en 2 años la aplicación de la exención del requisito de la pensión compensatoria y sin condicionamiento alguno.

 La sentencia completa aquí

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