El Gobierno ha presentado hoy en el Consejo de Ministros un documento en el que anuncia su intención de retrasar la edad de jubilación hasta los 67 años de forma progresiva, lo que no afectará a los actuales pensionistas. Además, el Ejecutivo quiere modificar las pensiones de viudedad para parejas sin hijos y de breve convivencia.
Ep - Madrid - 29/01/2010
(........) Pensión de viudedad
En el campo de la pensión de viudedad, el Gobierno destaca la
conveniencia de estudiar si en los casos de convivencias familiares
breves y sin descendientes, en vez de una pensión vitalicia, se asigne
una indemnización en pago único o una prestación temporal.
Asimismo, propone analizar la posibilidad de establecer una relación más flexible entre las rentas de trabajo y la pensión de viudedad para mejorar la situación de los pensionistas que perciban una única renta.
El Gobierno cree que la consideración de una edad determinada a partir de la cual sobrevive un cónyuge al otro o su pareja de hecho, "que podría hacerse coincidir en torno a la edad legal de jubilación, "también debería ser motivo para una reestructuración de la pensión de viudedad, tanto para acceder a la misma como en lo referente a su cuantía, especialmente en aquellos casos en que la pérdida del cónyuge o pareja de hecho ha supuesto una reducción de la renta disponible y no se percibe otra pensión que la de viudedad.
En el apartado de la incapacidad, el Ejecutivo no ve "razonable" que trabajos que se desarrollan exclusivamente en una parte de la vida generen pensiones vitalicias ni que prestaciones pensadas para cubrir la imposibilidad de trabajar (como la incapacidad permanente absoluta) se compaginen con el trabajo.
En ambos casos, señala, sería razonable reducir la prestación.
El Gobierno propone otras medidas en este campo, como la posibilidad de estudiar una prestación que fomentara la reducción de jornada para el cuidado de familiares, compensando en una parte suficiente las pérdidas de renta, así como incentivar que los trabajadores incapacitados que hayan accedido a una pensión a edades tempranas se reincorporen más fácilmente al mercado de trabajo, en la medida en que su situación lo permite, mediante ayudas económicas a la contratación.
Asimismo, propone analizar la posibilidad de establecer una relación más flexible entre las rentas de trabajo y la pensión de viudedad para mejorar la situación de los pensionistas que perciban una única renta.
El Gobierno cree que la consideración de una edad determinada a partir de la cual sobrevive un cónyuge al otro o su pareja de hecho, "que podría hacerse coincidir en torno a la edad legal de jubilación, "también debería ser motivo para una reestructuración de la pensión de viudedad, tanto para acceder a la misma como en lo referente a su cuantía, especialmente en aquellos casos en que la pérdida del cónyuge o pareja de hecho ha supuesto una reducción de la renta disponible y no se percibe otra pensión que la de viudedad.
En el apartado de la incapacidad, el Ejecutivo no ve "razonable" que trabajos que se desarrollan exclusivamente en una parte de la vida generen pensiones vitalicias ni que prestaciones pensadas para cubrir la imposibilidad de trabajar (como la incapacidad permanente absoluta) se compaginen con el trabajo.
En ambos casos, señala, sería razonable reducir la prestación.
El Gobierno propone otras medidas en este campo, como la posibilidad de estudiar una prestación que fomentara la reducción de jornada para el cuidado de familiares, compensando en una parte suficiente las pérdidas de renta, así como incentivar que los trabajadores incapacitados que hayan accedido a una pensión a edades tempranas se reincorporen más fácilmente al mercado de trabajo, en la medida en que su situación lo permite, mediante ayudas económicas a la contratación.
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